El TS pregunta a las partes sobre la petición de Torres y Armengol para testificar por escrito en el juicio a Ábalos

El máximo órgano judicial consulta a acusaciones y defensas si los actuales responsables de Canarias y el Congreso podrán responder por escrito en el proceso vinculado a presuntas irregularidades en la compra de suministros sanitarios durante la emergencia sanitaria

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La petición de Ángel Víctor Torres y Francina Armengol de responder por escrito a las preguntas judiciales ha puesto el foco en la relación entre sus actuales responsabilidades institucionales y el proceso por las presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la crisis sanitaria. El Tribunal Supremo ha dado margen de tres días a las partes, tanto acusaciones como defensas, para pronunciarse sobre esta solicitud. Según informó Europa Press, la decisión final podría condicionar la forma en la que ambos actuales altos cargos participarán como testigos en el juicio.

De acuerdo con Europa Press, el Tribunal Supremo consultó a las partes personadas tras recibir la solicitud del ministro Torres y la presidenta del Congreso, Armengol. Ambos han alegado su condición de expresidentes autonómicos y sus funciones actuales: Torres ocupa la cartera de Política Territorial y Memoria Democrática en el Gobierno central, mientras que Armengol es presidenta del Congreso de los Diputados. Se amparan en la normativa que permite a determinadas autoridades no comparecer de forma presencial para testificar y, en su lugar, comparecer por escrito.

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El proceso judicial se centra en las presuntas irregularidades cometidas durante la adquisición de material sanitario en la pandemia, siendo investigados el exministro José Luis Ábalos, su exasesor Koldo García y el empresario Víctor de Aldama. La causa investiga los contratos adjudicados a la compañía Soluciones de Gestión, señalada en la instrucción como epicentro de la trama.

Tal como publicó Europa Press, el Tribunal Supremo ha preguntado tanto a las defensas como a las acusaciones si consideran adecuado que los testigos Torres y Armengol puedan acogerse a la prerrogativa legal para testificar por escrito. El órgano judicial especificó que el testimonio admitido deberá estar vinculado estrictamente al ejercicio de sus cargos al momento de producirse los hechos investigados. Además, los magistrados solicitaron a las partes que determinen cuál debe ser el contenido concreto sobre el que versará el informe conforme al artículo invocado por los comparecientes.

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Según detalló el medio, Torres y Armengol están citados para el próximo 22 de abril, fecha en la que se plantea su comparecencia acerca de la concesión de contratos de mascarillas en sus respectivas etapas como presidentes autonómicos de Canarias y Baleares. La instrucción estudia la adjudicación a favor de Soluciones de Gestión durante el periodo de emergencia sanitaria, así como la posible implicación de diferentes responsables públicos y privados en los hechos bajo investigación.

Europa Press recoge que la providencia dictada por el Tribunal Supremo requiere a las partes que respondan en un plazo de tres días hábiles si consideran pertinente que los testigos declaren por escrito en función de su condición institucional, o si estiman que el contenido de su testimonio supera las competencias propias de sus cargos. El alto tribunal también solicitó a las partes que concreten los aspectos sobre los que debería versar el informe escrito, en caso de considerar procedente esta modalidad de declaración.

En todo el procedimiento, el Tribunal Supremo evalúa los límites de la prerrogativa que asisten a quienes ostentan determinados cargos institucionales, y cómo aplicarla a testigos cuya declaración resulta relevante por su posible conocimiento de hechos vinculados a la causa.

La decisión sobre si Torres y Armengol testificarán presencialmente o por escrito gravita sobre interpretaciones jurídicas que deberán realizar tanto los letrados de las partes como los propios magistrados, en función del contenido de los testimonios que haya sido declarado pertinente. Europa Press indica que este pronunciamiento influirá en la dinámica del juicio, ya que el testimonio de ambos asistentes institucionales se considera relevante para esclarecer los términos en los que se adjudicaron contratos de material sanitario a la empresa investigada durante la gestión de la emergencia por parte de sus gobiernos autonómicos.

En este contexto, las testificales solicitadas aportarán información sobre los procedimientos y decisiones adoptadas a lo largo del proceso de contratación, lo que podría arrojar luz sobre el grado de conocimiento y la participación directa o indirecta de los entonces presidentes autonómicos en las gestiones bajo sospecha. Según Europa Press, los implicados en la causa deberán poner de manifiesto si ven ajustado a derecho que los testigos ejerzan su derecho a la declaración por escrito, y cómo esto puede afectar al desarrollo de la vista oral.

El interrogante que plantea el Tribunal Supremo sobre la relación del testimonio con el ejercicio del cargo de Torres y Armengol se fundamenta en la subsistencia o no de sus competencias administrativas al momento de los hechos, lo que incidirá en la validez y utilidad probatoria de la declaración que eventualmente realicen, ya sea presencialmente o mediante respuesta escrita según las previsiones legales.

El calendario procesal fijado dispone que ambos responsables institucionales comparezcan como testigos el 22 de abril, día en que deberán abordar cuestiones vinculadas a las decisiones tomadas por sus respectivos gobiernos autonómicos acerca de los contratos investigados. Las respuestas de las partes al tribunal serán determinantes para orientar cómo se celebrará la comparecencia y en qué términos se podrán formular y responder las preguntas que resulten oportunas para el esclarecimiento de los hechos, tal como ha publicado Europa Press.

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