
El Tribunal ha impuesto, además de la pena principal, una medida de libertad vigilada que se aplicará una vez finalice el tiempo en prisión. Según fuentes judiciales citadas por Europa Press, la mujer deberá cumplir cinco años bajo control judicial adicional tras completar la condena por el asesinato de su pareja en Sant Adrià de Besòs, Barcelona. La sentencia responde a la admisión de los hechos cometidos en noviembre de 2023, cuando se produjo el apuñalamiento mortal de la víctima en el domicilio que compartían.
De acuerdo con la información difundida por Europa Press, la acusada aceptó una condena de 20 años y un día de cárcel, tras alcanzar un acuerdo en el marco del proceso judicial. La Fiscalía Provincial de Barcelona había solicitado inicialmente una pena de 25 años de prisión, pero la aceptación de los hechos por parte de la imputada condujo a una reducción de la solicitud de pena. La condena se basa en la calificación de asesinato con alevosía y ensañamiento, con la concurrencia de la agravante de parentesco y la atenuante analógica de confesión.
Según el escrito presentado por el Ministerio Público, el homicidio se produjo el 16 de noviembre de 2023, sobre las 13:30 horas, en el salón de la vivienda donde la pareja residía. En ese momento, ambos se encontraban en el domicilio y, conforme recoge la acusación, la mujer convenció a la víctima de que participaban en una práctica sexual. Este engaño le permitió atar las manos del hombre por la espalda, dejándolo completamente inmovilizado y sin posibilidades de defenderse ante el posterior ataque.
El Ministerio Público sostiene, según recogió Europa Press, que la acusada apuñaló a la víctima en 118 ocasiones mientras aún se encontraba con vida. El número de heridas y las circunstancias en que se produjeron los hechos motivaron la inclusión del ensañamiento en la calificación, al incrementar de manera innecesaria y gratuita el sufrimiento de la víctima, quien no pudo oponer resistencia alguna bajo la creencia de estar iniciando una actividad de carácter íntimo.
La Fiscalía argumentó que la mujer asesinó a su pareja aprovechando la confianza que mantenía con la víctima y el contexto doméstico seguro en el que este se sentía, ya que ambos se hallaban en el salón de su propia vivienda. Los hechos ocurrieron, según detalla el escrito fiscal, cuando el hombre permanecía confiado, sin sospechar que se encontraba ante una situación de peligro.
La calificación jurídica final se apoyó en la existencia de alevosía, al ejecutarse el ataque mediante el engaño y la inmovilización previa para garantizar que la víctima no pudiera defenderse. El ensañamiento se justificó en el número de puñaladas y el aumento del padecimiento causado. La agravante de parentesco deriva de la relación de pareja existente entre el agresor y la víctima, mientras que la atenuante analógica de confesión se debió a la aceptación de responsabilidad por parte de la acusada.
Durante el proceso judicial, la acusada reconoció los hechos ante las autoridades, lo que facilitó el acuerdo de conformidad y redujo la pena solicitada originalmente por la Fiscalía, según Europa Press. La medida de libertad vigilada se aplicará al finalizar la condena en prisión, lo que implica que la mujer deberá someterse a supervisión judicial durante cinco años más, con el objetivo de evitar situaciones de reincidencia y garantizar la protección social tras su salida del centro penitenciario.
El caso recibió una atención mediática particular debido al número de heridas infligidas y al contexto en que se desarrollaron los hechos. El Ministerio Público subrayó, en su argumentación, el carácter especialmente violento del ataque y la imposibilidad de la víctima de defenderse, dado que fue engañado para quedar completamente atado de manos por su pareja en un supuesto juego de ámbito privado.
Tanto la calificación del delito como la determinación de la pena respondieron a los elementos probatorios y a la declaración de la acusada durante el proceso, informó Europa Press. De este modo, la mujer enfrentará una estancia prolongada en prisión, seguida por un periodo de restricción y vigilancia para el seguimiento de su conducta y su reintegración social bajo el control judicial correspondiente.
El Tribunal ha dictado la sentencia tras considerar todas las pruebas y las circunstancias que rodearon el crimen, incluyendo la relación personal entre víctima y agresora, el método empleado para someter a la víctima y el reconocimiento de los hechos por parte de la condenada. Europa Press confirmó la imposición de la libertad vigilada, que complementa la pena de prisión y refuerza las medidas de seguridad y prevención en este tipo de delitos.

