Pedro Sánchez ha reclamado este domingo al Tribunal Supremo que levante la suspensión cautelar del voto de determinados españoles nacionalizados al amparo de la conocida como ‘ley de nietos’. “Le pido al Supremo que frene este intento de atropello de Feijóo y Abascal porque en una democracia el derecho al voto no se prohíbe, se garantiza”, ha afirmado el presidente del Gobierno durante un mitin en Ponferrada (León), a pocas horas de que el Alto Tribunal se pronuncie sobre el alcance de la medida de cara a las elecciones generales del 29 de noviembre.
El jefe del Ejecutivo ha puesto el foco en los descendientes del exilio español que han adquirido la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática y que pueden verse afectados por la decisión judicial. Durante su intervención, ha cuestionado que alrededor de 400.000 españoles puedan quedarse sin votar y ha planteado sus dudas sobre la constitucionalidad de la medida. “¿Esto qué significa? ¿Que los nietos de los exiliados del franquismo no van a poder votar y los nietos del régimen franquista sí?“, ha preguntado ante los asistentes.
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Sánchez ha insistido en que el derecho al sufragio debe quedar garantizado y ha aprovechado la controversia para volver a arremeter contra Feijóo, al que también ha reprochado sus declaraciones sobre el voto por correo. El presidente ha recordado que el líder del PP presidió Correos y ha cuestionado que ahora manifieste desconfianza hacia los responsables de la empresa pública. “Nos queda claro, Alberto, que Feijóo no confía ni Feijóo”, ha ironizado.
El secretario general del PSOE ha vinculado esa crítica con un llamamiento a la participación electoral. “Es importante no olvidar el derecho que tenemos los ciudadanos a votar por correo. Si llenamos las urnas, gana la gente, pero si no, van a ganar los de arriba”, ha defendido durante el acto, el segundo de la precampaña socialista para las generales del 29-N.
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Vox e Iustitia Europa, detrás de los recursos que han llegado al Supremo
La suspensión cautelar acordada por el Tribunal Supremo el 10 de septiembre no es consecuencia de una demanda presentada por el PP, sino de los recursos promovidos por Iustitia Europa y Vox contra un acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) del pasado 16 de julio. Ambos partidos habían acudido al órgano electoral para cuestionar la aplicación de los criterios de nacionalización y sus efectos sobre el censo de españoles residentes en el extranjero. La JEC consideró que no le correspondía resolver algunas de las cuestiones planteadas, lo que llevó a ambas formaciones a trasladar la disputa a la jurisdicción contencioso-administrativa.
El Supremo abrió dos procedimientos diferenciados. En el primero, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estimó las medidas cautelares solicitadas por Iustitia Europa; en el segundo, adoptó una resolución propia sobre la petición de Vox. Las resoluciones suspendieron determinados efectos electorales de las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) vinculadas a la aplicación de la normativa de nacionalidad, con excepciones para quienes acrediten los supuestos de exilio previstos en la ley.
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La diferencia es relevante porque Sánchez suele presentar a Feijóo y Abascal conjuntamente como responsables de la controversia, aunque la actuación procesal que ha desembocado en la suspensión no corresponde a ambos por igual. Vox sí ha recurrido ante el Supremo y ha solicitado que se impida votar a los beneficiarios de la ‘ley de nietos’ que no acrediten los requisitos exigidos por el alto tribunal. En sus escritos más recientes, la formación también ha defendido que la suspensión se aplique de manera efectiva en las elecciones del 29 de noviembre.
Iustitia Europa, por su parte, ha pedido al Supremo que concrete cómo debe ejecutarse la medida cautelar en los próximos comicios. La formación presentó un escrito urgente el 5 de octubre para advertir de que el censo electoral de referencia quedó cerrado el 1 de agosto, antes de que el alto tribunal acordara la suspensión. Por ello, sostiene que es necesario identificar qué inscripciones están afectadas y garantizar que las incluidas en la medida no produzcan efectos electorales.
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El partido ha defendido que su recurso no pretende anular las nacionalidades concedidas, sino cuestionar los efectos censales y electorales de determinadas inscripciones. Su iniciativa se centra en la aplicación de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática y en la instrucción administrativa que amplió los criterios para reconocer la condición de exiliado a determinados españoles que abandonaron el país durante la Guerra Civil y la dictadura.
La actuación del PP ha seguido otra vía. Feijóo ha denunciado públicamente lo que considera irregularidades en la aplicación de la ‘ley de nietos’ y, tras conocerse la decisión cautelar del Supremo, reivindicó que su partido tenía razón. Sin embargo, el PP no figura entre los recurrentes en los procedimientos que dieron lugar a la suspensión. La Junta Electoral Central sí recibió impugnaciones y peticiones relacionadas con la controversia, pero el partido de Feijóo no presentó el recurso contencioso-administrativo que ha desembocado en las resoluciones del 10 de septiembre.
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El problema de distinguir a los electores afectados
En su auto del 10 de septiembre, el Supremo apreció un “peligro fundado, real y serio” para la objetividad y transparencia de los procesos electorales y acordó suspender cautelarmente determinados efectos de las inscripciones. La medida no supone retirar la nacionalidad española a los afectados, sino limitar temporalmente su participación electoral en los términos fijados por las resoluciones, mientras se resuelve el fondo de los recursos.
La proximidad de las elecciones generales ha complicado la aplicación práctica de la decisión. El censo de referencia para los comicios del 29 de noviembre se cerró antes de que se dictara la suspensión y la Administración debe determinar qué inscripciones proceden de la aplicación de la instrucción cuestionada y cuáles responden a otros supuestos. La Abogacía del Estado ha pedido al Supremo que revoque las medidas cautelares y ha alegado que resulta materialmente imposible distinguir a tiempo entre todos los nacionalizados afectados y el resto de los españoles inscritos en el CERA.
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El Gobierno sostiene que no es viable realizar esa comprobación individualizada en el plazo disponible y ha solicitado que se levante la suspensión para que los ciudadanos puedan votar. La Fiscalía también se ha pronunciado a favor de permitir la participación electoral, mientras que Iustitia Europa y Vox han reclamado que se mantengan y se apliquen las cautelares acordadas por el Alto Tribunal.
El Supremo debe resolver ahora cómo se aplica la suspensión en las elecciones anticipadas, después de haber dado a las partes un plazo para presentar alegaciones tras la convocatoria del 29-N. La decisión determinará si los electores comprendidos en la medida cautelar pueden participar en los comicios y cómo debe proceder la Administración electoral ante las dificultades para identificar las inscripciones afectadas.
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