El Supremo da 48 horas a las partes para pronunciarse sobre qué nacionalizados por la ‘ley de nietos’ podrán votar en las elecciones del 29 de noviembre

La convocatoria electoral acelera la causa abierta contra las altas en el CERA y obliga al Supremo a pedir alegaciones urgentes antes de decidir sobre los recursos contra su auto cautelar de septiembre

Tarjetas censales durante unas elecciones autonómicas en Cataluña. (Europa Press)
Tarjetas censales durante unas elecciones autonómicas en Cataluña. (Europa Press)
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El Tribunal Supremo ha dado a las partes personadas en los procedimientos sobre los efectos electorales de la llamada ‘ley de nietos’ un plazo de 48 horas para pronunciarse sobre la situación de los nacionalizados por esta vía ante las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. La Sala de lo Contencioso-Administrativo fija como límite las 15.00 horas del jueves 8 de octubre, en un trámite acelerado por la convocatoria de los comicios y que afecta tanto a quienes ya figuran en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) como a quienes todavía no han sido inscritos.

Las dos providencias, dictadas este martes por la Sección Cuarta de la Sala Tercera, responden a los escritos presentados el lunes por Iustitia Europa y Vox después de que el Gobierno convocara oficialmente las elecciones generales. Los dos partidos tienen recurridas ante el Supremo las actuaciones de la Junta Electoral Central relacionadas con las altas en el CERA derivadas de las nacionalizaciones tramitadas al amparo de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática.

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Ahora, el tribunal incorpora la celebración de las elecciones del 29-N al procedimiento y da traslado de los escritos al resto de las partes para que formulen las alegaciones que consideren oportunas. La Sala les pide, además, que extiendan esas alegaciones al emplazamiento de las personas que hayan obtenido la nacionalidad española de origen mediante el derecho de opción previsto en esa disposición de la Ley 20/2022.

El plazo es especialmente corto: las partes deberán presentar sus alegaciones en 48 horas y, en cualquier caso, antes de las tres de la tarde del jueves. Una vez recibidas, el Supremo deberá abordar las cuestiones planteadas en estos nuevos escritos en un procedimiento en el que está pendiente de resolver el recurso de reposición presentado por la Abogacía del Estado contra las medidas cautelares acordadas en septiembre.

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Unas urnas durante unas elecciones. (Europa Press)
Unas urnas durante unas elecciones. (Europa Press)

Un plazo exprés ante unas elecciones ya convocadas

El adelanto electoral ha cambiado los tiempos de una causa que hasta ahora se estaba desarrollando sin unos comicios generales concretos en el horizonte. El 29 de noviembre habrá elecciones y el censo que se utilizará para esos comicios quedó cerrado el 1 de agosto, un mes antes de que el Supremo adoptara sus medidas cautelares.

Precisamente esta circunstancia es la que ha llevado a Iustitia Europa a acudir de nuevo al Alto Tribunal. El partido presentó el lunes un escrito urgente en el que advertía de que el censo electoral de las elecciones ya estaba cerrado y reclamaba que se concretara cómo debían ejecutarse las medidas acordadas por el Supremo el pasado mes de septiembre. La formación sostiene que permitir que produzcan efectos electorales inscripciones afectadas por la suspensión cautelar podría comprometer las garantías del proceso. Vox, por su parte, también presentó un escrito ante el Supremo tras la convocatoria de las elecciones. Las dos iniciativas han desembocado en las providencias dictadas este martes.

La cuestión de fondo no es la validez de las nacionalidades concedidas al amparo de la llamada ‘ley de nietos’. Lo que está en discusión ante el Supremo son sus efectos en el censo electoral y, en particular, las condiciones en las que determinadas personas nacionalizadas mediante esta vía pueden ejercer el derecho de sufragio desde el extranjero.

El líder del partido político cuestiona las altas registradas en municipios como Tres Cantos, Murtas o Madracos y reclama que se determine cuántas nacionalizaciones se concedieron.

La Sala ya estableció en septiembre una serie de medidas cautelares después de estudiar los recursos de Iustitia Europa y Vox contra un acuerdo de la Junta Electoral Central. El tribunal consideró entonces que existía un riesgo que justificaba actuar antes de resolver definitivamente el fondo del litigio. En concreto, el Supremo acordó suspender determinados efectos electorales de las inscripciones en el CERA vinculadas a la aplicación de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática. La decisión distinguía entre quienes ya estaban inscritos en el censo exterior y quienes todavía no habían completado su inscripción.

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