
El Tribunal de Instancia número 15 de Valencia ha condenado a una clínica quiropráctica en Torrent (Valencia) por provocarle un síndrome de cola de caballo a una paciente que acudió a tratarse un problema de ciática. El juzgado ha impuesto el pago de una indemnización de 150.866 euros como subsanación por las “graves lesiones neurológicas” que sufre la mujer tras “una actuación completamente contraria a la lex artis“, según ha informado la asociación El Defensor del Paciente.
Los hechos se remontan a septiembre de 2020 cuando la afectada, una mujer de 32 años, acudió al centro quiropráctico con una sintomatología compatible con una ciática en la parte izquierda. La paciente comentó a los trabajadores del centro que sufría una patología lumbar previa, una hernia discal extruida, pero los profesionales hicieron caso omiso a la advertencia y la sometieron a “diversas manipulaciones vertebrales agresivas” que estaban “expresamente contraindicadas” para su situación, según el Defensor del Paciente.
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El tratamiento provocó un empeoramiento progresivo del estado neurológico de la paciente, que derivó finalmente en un síndrome de cola de caballo, una de las complicaciones más graves de la columna vertebral. Esta patología suele originarse por la presencia de una hernia discal en la zona lumbar, especialmente en personas con un conducto raquídeo estrecho desde el nacimiento.
El síndrome de cola de caballo provoca un dolor intenso en la zona lumbar, pérdida de sensibilidad en las nalgas, región genital, vejiga y recto, una circunstancia que puede llegar a causar anestesia en silla de montar. Entre los síntomas se incluyen, asimismo, alteraciones de la función urinaria e intestinal, retención o incontinencia urinaria y fecal, y deterioro de la respuesta sexual.
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Múltiples cirugías y secuelas funcionales importantes
La paciente de 32 años ha necesitado múltiples intervenciones quirúrgicas, realizadas en el Hospital Universitari i Politècnic La Fe de Valencia, para tratar su síndrome de cola de caballo. Pese a ello, le han quedado “importantes secuelas funcionales y neurológicas”, entre las que citan problemas urinarios y de control de esfínteres, limitaciones funcionales severas y una evidente pérdida de calidad de vida.
El testimonio de la joven ha quedado acreditado por un informe pericial, que el juez ha considerado como “creíble, coherente y consistente”, y las declaraciones de los neurocirujanos del Hospital La Fe que intervinieron su caso. Los especialistas confirmaron que las lesiones y la evolución clínica desfavorable de la mujer fueron consecuencia directa de las manipulaciones desaconsejadas del centro quiropráctico y que las secuelas eran “perfectamente previsibles y evitables”.
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Por todo ello, el tribunal ha condenado al centro quiropráctico al pago de una indemnización de 150.866 euros. “Este caso es un ejemplo claro de lo peligroso que puede resultar a veces acudir a centros quiroprácticos donde en muchas ocasiones no disponen de personal cualificado para tratar patologías óseas y musculares para las que no tienen ni la formación ni la competencia adecuada”, han valorado los abogados Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre, pertenecientes al Defensor del Paciente y encargados de la representación legal de la demandante valenciana.
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