Un albañil sufre un accidente laboral en su primer día de trabajo sin estar dado de alta en la Seguridad Social, pide indemnización y le despiden: la Justicia absuelve a la empresa

La empresa, tras el accidente, puso fin a la relación laboral y el trabajador se vio obligado a impugnar su despido ante los tribunales. El despido fue improcedente, pero el Tribunal Superior de Justicia de Madrid no ve que haya pruebas suficientes para una indemnización

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Ilustración de un albañil con casco amarillo cayendo de un andamio, con ladrillos y herramientas en el aire. Abajo, otros trabajadores observan horrorizados.
En esta ilustración, un albañil cae de un andamio en una obra en construcción al atardecer, con ladrillos y herramientas volando, mientras sus compañeros observan impactados desde el suelo. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El primer día de trabajo de Ángel como peón de albañil en una empresa de construcción de Madrid terminó en la sala de urgencias. Sin estar dado de alta en la Seguridad Social, se cayó de un andamio y se lesionó la rodilla izquierda, iniciando así un largo periplo de bajas médicas, trámites judiciales y muchos problemas con la empresa. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado que la empresa queda exonerada de indemnizarle por el accidente, pese a que la relación laboral comenzó en la más absoluta precariedad.

La historia de Ángel muestra la vulnerabilidad en la que pueden encontrarse algunos trabajadores del sector. Contratado verbalmente el 14 de abril de 2021, Ángel empezó a trabajar en New Life Forms sin estar dado de alta en la Seguridad Social. Esa misma jornada, sufre un accidente bajando de un andamio y comienza una incapacidad temporal que se extendería hasta marzo del año siguiente. No fue hasta el 18 de junio de 2021 cuando recibió un SMS de la Tesorería General de la Seguridad Social, informándole de que la empresa había tramitado su baja en la Seguridad Social con efectos desde ese día. La sentencia no aclara en qué momento la empresa regularizó —si es que lo hizo— su alta, únicamente deja constancia de la fecha de baja y que el accidente sucedió sin cobertura.

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Por lo tanto, la empresa, tras el accidente, puso fin a la relación laboral y Ángel se vio obligado a impugnar su despido ante los tribunales. El Juzgado de lo Social número 43 de Madrid dictó sentencia en 2022, declarando la improcedencia del despido. Sin embargo, la batalla judicial por el accidente siguió un rumbo distinto.

Muchos trabajadores, al ser despedidos, se enfrentan a diversas complicaciones. Los despidos improcedentes son una práctica frecuente y aquí te explicamos los que es.

Pese a la gravedad de las consecuencias físicas y personales, la reclamación de Ángel para que la empresa le indemnizase por los daños sufridos en el accidente laboral no prosperó. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratificó la decisión del juzgado de instancia: no existían pruebas suficientes para responsabilizar a la empresa por falta de medidas de seguridad. Tampoco se acreditó el vínculo directo entre el accidente y la supuesta negligencia empresarial, más allá de la ausencia de alta en la Seguridad Social.

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El tribunal subrayó que, aunque la omisión del alta en la Seguridad Social constituye una infracción laboral, no es suficiente para establecer una relación de causa-efecto con el accidente sufrido. La demanda de Ángel se apoyaba en la idea de una “falta absoluta de medidas de seguridad”, pero la sentencia remarca que no se aportó ninguna prueba objetiva que acreditara un defecto en el andamio, el suelo o la dinámica de trabajo. Tampoco existía acta de infracción por parte de la Inspección de Trabajo ni expediente de recargo de prestaciones por la Seguridad Social.

El historial médico de Ángel

A esto se sumó un elemento determinante: el historial médico de Ángel incluía lesiones previas en la misma rodilla, producto de un accidente de tráfico ocurrido dos meses antes de incorporarse a la obra. El informe médico forense, incorporado al proceso, concluyó que únicamente una pequeña fractura marginal de la meseta tibial podía asociarse al accidente laboral y que no existían secuelas permanentes derivadas de este incidente. El tribunal consideró que la falta de pruebas sobre un incumplimiento concreto de la normativa de prevención por parte de la empresa impedía establecer su responsabilidad indemnizatoria.

Por resumir los hechos: Ángel logró en los tribunales una victoria parcial al lograr que el despido se declarara improcedente. Continuó luchando en los tribunales para reclamar una indemnización por los daños del accidente y en marzo de 2023 presentó papeleta de conciliación ante el SMAC, sin acuerdo, y en febrero de 2025 el juzgado desestimó su demanda contra New Life Forms. Finalmente, en enero de 2026, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirmó la absolución de la empresa.

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