
El proceso de regularización de extranjeros que el Gobierno tiene previsto aprobar este martes abrirá su fase inicial el 16 de abril, momento en el que los solicitantes podrán iniciar su trámite de forma telemática o solicitar cita para acudir presencialmente. A partir del 20 de abril será posible formalizar la petición en persona en las oficinas habilitadas. Lo ha adelantado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en una entrevista en la Cadena Ser.
Las solicitudes para acceder a la regularización requerirán, según lo indicado, que las personas interesadas se encuentren en situación irregular, hayan residido en España de forma ininterrumpida durante cinco meses previos y estén en territorio nacional desde antes del 1 de enero. El plazo de presentación concluirá el 30 de junio, lo que establece una ventana de aproximadamente dos meses y medio para completar todos los trámites previstos.
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Saiz ha explicado que el procedimiento podrá realizarse desde el primer día de forma telemática o, tras solicitar cita, de manera presencial a partir del 20 de abril. En sus declaraciones ha subrayado que esta medida sitúa a España como “un país mejor, que reconoce derechos en lugar de recortarlos”, aludiendo a la decisión del Ejecutivo de abrir un proceso de regularización que considera amplio y planificado.
Dónde puede presentarse la solicitud
El Ministerio ha dispuesto que la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería, ubicada en Vigo y dependiente de Seguridad Social y Migraciones, será la responsable de tramitar las peticiones que se reciban a través de este procedimiento extraordinario. La ministra ha insistido en que el sistema está “absolutamente dimensionado” para responder a todas las peticiones, razón por la que los equipos han sido reforzados y ampliadas las capacidades operativas.
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Para facilitar el acceso en todo el territorio, las solicitudes podrán también entregarse en oficinas de la Seguridad Social y de Correos repartidas por toda España hasta el 30 de junio, fecha límite del proceso. El Ejecutivo prevé así garantizar la cobertura y capacidad de respuesta, independientemente de cuántas sean finalmente las personas interesadas en acogerse al proceso.
Cuáles son los requisitos
Los requisitos que, según la ministra, rigen la regularización incluyen encontrarse en situación irregular, acreditar la presencia en España desde antes del 1 de enero y demostrar una residencia continuada de al menos cinco meses. Todos estos criterios pretenden establecer el marco necesario para canalizar las solicitudes conforme a los parámetros fijados.
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Cambios en el borrador y colectivos excluidos de la medida
Entre las modificaciones introducidas respecto al borrador inicial, Saiz ha confirmado que los solicitantes del estatuto de apátrida quedan excluidos de la regularización, de acuerdo con el dictamen del Consejo de Estado. Según ha detallado la ministra, la razón es que quienes disponen de dicho estatuto no se encuentran en situación irregular y cuentan con un régimen jurídico específico en virtud de su condición.
La ministra ha recalcado no obstante que esta circunstancia no implica “desprotección” para este colectivo, ya que su tratamiento legal se realiza por otras vías. Tampoco quedan incluidos los ciudadanos ucranianos desplazados por la guerra, dado que estos se benefician de la protección temporal instaurada para este colectivo concreto.
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