
El caso de Maximino contra AXA Seguros Generales, S.A. por el robo de un coche ha dado un nuevo giro tras la última resolución de la Audiencia Provincial de Murcia, que obliga a la aseguradora a pagar los intereses de demora tras descartar que existiera una razón válida para posponer la indemnización.
Una indemnización en disputa desde 2009
En diciembre de 2009, Maximino denunció el robo de su vehículo, asegurado bajo una póliza suscrita el 5 de noviembre de ese mismo año con AXA Seguros Generales, S.A.. La negativa inicial de la compañía de seguros a abonar la indemnización pactada desató un conflicto judicial que se ha prolongado durante más de quince años.
PUBLICIDAD
Todo comenzó con la presentación de la demanda por parte de Maximino, en la que reclamó el pago de la indemnización y el cumplimiento del contrato. El Juzgado de Primera Instancia número ocho de Murcia estableció en 2021 que existía un incumplimiento contractual por parte de la aseguradora, ordenando el pago de 34.596,37 euros más los intereses legales a contar desde la fecha de la demanda. Parte de ese dinero debía ingresar en la cuenta del Juzgado de Primera Instancia número dos, debido a un embargo parcial de hasta 50.363,74 euros, y el resto directamente al demandante.
La sentencia inicial rechazó la hipótesis de robo simulado, a pesar de las inconsistencias detectadas en la versión aportada por Maximino y fijó la indemnización conforme al valor venal indicado en la tasación pericial. Sin embargo, negó la aplicación de los intereses de demora del artículo 20.4 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS), argumentando contradicciones en la narración de los hechos y en las cuotas pendientes supuestamente adeudadas a la financiera.
PUBLICIDAD
Ambas partes apelaron la resolución. El demandante defendió la coherencia de su relato y sostuvo que las dudas de la aseguradora carecían de un fundamento sólido en las pruebas, destacando que el informe del detective presentado por AXA Seguros Generales, S.A. se contradecía con las afirmaciones del jefe de taller de la marca sobre la facilidad para sustraer ese modelo.
Desde el lado de la aseguradora, la defensa insistió en que las contradicciones en la declaración de Maximino justificaban las dudas, refiriéndose a su situación laboral, los motivos de su desplazamiento el día del acontecimiento y las deudas pendientes. Añadió que la jurisprudencia no permite sustituir la apreciación objetiva del juez por la interpretación de la parte recurrente y reconoció la existencia del robo, aunque insistió en la presencia de múltiples contradicciones hasta el juicio.
PUBLICIDAD
La Audiencia Provincial de Murcia articuló su fallo en torno a una cuestión: la procedencia de los intereses de demora. Según la doctrina del Tribunal Supremo citada en la sentencia, la compañía solo puede eludir el pago de esos intereses si existe una causa justificada. El tribunal afirmó: “No existe justa causa para exonerar de los intereses del art. 20 LCS”, dado que la aseguradora no abonó el importe mínimo en el plazo de cuarenta días desde la comunicación del siniestro, limitándose a dudar de la realidad del robo sin hechos concretos que avalaran la sospecha de simulación.
El tribunal consideró irrelevantes aspectos como el desconocimiento por parte de Maximino del importe de sus deudas, su situación laboral y la ubicación de su puesto de trabajo, al no tener relación con el supuesto robo ni existir una denuncia por simulación. Remarcó la contradicción entre el informe del detective, que describía el vehículo como difícil de sustraer, y el testimonio del jefe de taller, que defendió lo opuesto. “No existieron causas más que alambicar la situación económica del demandante con la sustracción para dudar de la realidad de la misma y ello no es suficiente”, subrayó la sentencia.
PUBLICIDAD
En consecuencia, la Audiencia Provincial ha estimado el recurso de Maximino, ordenando aplicar los intereses del artículo 20 de la LCS. No se imponen las costas de la apelación al recurrente y se mantiene la ausencia de condena en las costas de la primera instancia por la estimación parcial de la demanda. Tanto AXA Seguros Generales, S.A. como el demandante disponen ahora de un plazo de veinte días para presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo, tras consignar 50 euros en la cuenta del tribunal.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Zendaya apuesta por el ‘Made in Spain’ para su segundo look en Madrid: la firma sevillana que ha vestido a la actriz
La intérprete estadounidense ha acompañado a su pareja, Tom Holland, en la presentación de ‘Spider-Man: Brand New Day’ en Madrid

Científicos de Málaga identifican por primera vez cómo protegerse de las intoxicaciones alimentarias provocadas por bacterias
La bacteria ‘Bacillus cereus’ es responsable de intoxicaciones alimentarias e infecciones humanas

De Baleares a Ceuta: las otras comunidades que también piden empadronarse para usar su transporte público
Muchas regiones excluyen a los no residentes de sus descuentos y abonos especiales

El spray casero con el que puedes repeler a las moscas este verano
Un simple mejunje de tres ingredientes, utilizado con regularidad y en puntos clave del hogar, puede evitar que las moscas invadan el hogar

Un salto del Imperio Romano a la Edad Media: una investigación cambia la historia escrita sobre los 43 cascos encontrados por casualidad en el fondo del mar en Castellón
El entorno químico generado por el hierro corroído creó microambientes en el agua que frenaron la degradación de unos textiles que aguantaron 600 años junto a los metales y sobre los que se ha realizado la prueba del carbono 14



