
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado improcedente el despido disciplinario de un camarero de La Zurri Jatetxea en Donostia, quien había sido cesado por su empleadora tras descubrirse que, mientras se encontraba en situación de incapacidad temporal por motivos psiquiátricos, impartía clases de pádel en otro establecimiento. La sentencia revoca el fallo de primera instancia y ordena a la empresa optar entre la readmisión del trabajador o el pago de una indemnización de 9.318,37 euros.
El hombre llevaba trabajando para la empresa desde febrero de 2017 mediante un contrato indefinido, con un salario de algo más de 1.300 euros mensuales. Durante años, la relación laboral se mantuvo sin incidentes destacables, hasta que la salud del trabajador se convirtió en un elemento central de la controversia.
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En mayo de 2021, el camarero inició un proceso de incapacidad temporal por enfermedad común que se prolongó durante más de un año. Tras agotar el plazo máximo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social le dio de alta en octubre de 2022 y a partir de entonces, la reincorporación al trabajo se tornó problemática: el empleado alegaba no estar en condiciones de volver a su puesto, encadenando nuevas bajas médicas, muchas de ellas anuladas posteriormente por el INSS, lo que alimentó un clima de tensión creciente con la dirección del restaurante.
Impartía clases de pádel
El punto de inflexión llegó cuando la empresa tuvo conocimiento de que, pese a estar oficialmente de baja, el trabajador impartía clases de pádel en el Club Deportivo Internacional de Intxaurrondo.
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Una inspección de trabajo constató su presencia en las pistas enseñando a menores y recogió que percibía una remuneración de 17 euros por hora, sin haber tramitado el alta correspondiente en la Seguridad Social. Aquella actividad paralela derivó en la suspensión de la prestación económica por incapacidad y fue el detonante para que la empresa comunicara un despido disciplinario en julio de 2023, invocando falta muy grave por fraude y transgresión de la buena fe contractual.
El caso no se limitó al despido. Paralelamente, el trabajador litigaba contra el INSS, que en un primer momento le había denegado la incapacidad permanente. Un juzgado social terminó reconociéndole una incapacidad permanente total para su profesión habitual de camarero, al considerar acreditados los problemas psicológicos que le impedían desempeñar esa labor.
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Indemnización de 9.318,37 euros
Tras analizar el caso, el TSJ del País Vasco ha tomado la decisión de declarar procedente el cese. En su resolución, los magistrados han ordenado a la empresa elegir entre dos opciones: readmitir al trabajador en su puesto, en las mismas condiciones previas al despido, o bien abonarle una indemnización de 9.318,37 euros, calculada a razón de 33 días de salario por año trabajado desde 2017, fecha en la que se inició la relación laboral.
A ello han añadido, en caso de readmisión, la obligación de pagar los salarios que el empleado había dejado de percibir desde julio de 2023, momento de la extinción del contrato, hasta la notificación de la sentencia.
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El fallo deja claro que las clases de pádel impartidas por el demandante no constituían una falta grave suficiente para justificar la sanción más extrema en el ámbito laboral. La Sala recalca que aquella actividad, esporádica y distinta en naturaleza al oficio de camarero, no demostraba simulación de enfermedad ni perjuicio para la recuperación de sus dolencias psicológicas.
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