
Cuando uno tiene un contrato temporal no está tranquilo. Con uno indefinido tampoco... todo puede pasar. Lo importante es conocer bien tus derechos para que no te la cuelen y saber qué puede pasar en cada uno de los escenarios. En este artículo hablamos de qué ocurre si finaliza tu contrato laboral pero estás con la baja médica. Parte de una situación real: una persona que le realiza a una abogada la siguiente consulta: “Estoy de baja, llevo dos meses, pero el contrato lo termina ahora y no me vuelven a hacer contrato. ¿Qué pasará una vez finalice mi contrato de trabajo?“.
En estos casos, en primer lugar hay que saber que si el contrato finaliza durante la baja médica y el motivo de la extinción es ajeno a la incapacidad temporal (como un despido o finalización del contrato temporal), hay varias opciones. Por ejemplo, si el trabajador está de baja en el momento en que finaliza su contrato, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) continuará abonando la prestación por baja médica, pero siempre y cuando el trabajador haya cotizado el tiempo necesario.
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“Que sepas que tienes un plazo de 15 días para solicitar el pago directo al Instituto Nacional de la Seguridad Social para seguir cobrando tu baja médica”, responde la abogada conocida en Tiktok como Inma.jurista. Y añade: Ahora bien, cuando te den el alta médica y quieras solicitar o tengas derecho a la prestación por desempleo, todo este tiempo que has estado de baja médica desde la finalización del contrato, se consumirá de tu desempleo en el caso de que se trate y la causa sea por consecuencia común“.
Si el trabajador puede acceder a la prestación por desempleo, el SEPE iniciará el proceso para la asignación de la prestación. Sin embargo, no se puede percibir ambas prestaciones (incapacidad temporal y desempleo) al mismo tiempo. El trabajador deberá elegir entre continuar recibiendo la baja médica (incapacidad temporal) o solicitar el paro (desempleo).
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Y en el caso de que finalice el contrato y sea a causa de consecuencias profesionales, “no se descontará en ningún caso el desempleo”, indica Inma. Por lo tanto, a la pregunta que le realizaba uno de sus seguidores, la letrada insiste en que hay un plazo de 15 días “una vez has tenido tu contrato de trabajo para seguir cobrando la baja médica y solicitar ese pago al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
De baja médica a incapacidad permanente
Hay otra cuestión importante, un tercer escenario que se puede dar: si la baja médica se convierte en una incapacidad permanente. Es decir, si el trabajador pasa a ser declarado incapaz de trabajar de forma permanente (por ejemplo, si sufre una incapacidad permanente total o absoluta), podrá acceder a las prestaciones por incapacidad permanente del INSS, independientemente de si su contrato se ha terminado.
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Es importante que, en cualquier caso, el trabajador comunique su situación al INSS y al SEPE para que se valoren las opciones disponibles, ya que las prestaciones varían en función de los detalles específicos de cada caso.
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