El Ejecutivo de El Salvador propone eliminar la restricción a la venta de lácteos elaborados con leche en polvo

La reforma enviada a la Asamblea Legislativa modifica el artículo 21 de la norma vigente y mantiene únicamente la prohibición para la comercialización de leche, crema y quesos elaborados con adulterantes

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La iniciativa enviada por el Ejecutivo modifica el artículo 21 y mantiene el veto únicamente para la leche, la crema y los quesos con adulterantes, según el documento remitido el 10 de junio (Freepik)
La iniciativa enviada por el Ejecutivo modifica el artículo 21 y mantiene el veto únicamente para la leche, la crema y los quesos con adulterantes, según el documento remitido el 10 de junio (Freepik)

La Asamblea Legislativa de El Salvador recibió el 10 de junio una propuesta de reforma a la Ley de Fomento de la Producción Higiénica de la Leche y Productos Lácteos y de Regulación de su Expendio impulsada por el Ejecutivo para modificar la normativa sobre leche y productos lácteos. La iniciativa busca eliminar la restricción a la comercialización de productos elaborados con leche en polvo y mantener la prohibición sobre los adulterados.

El escrito fue remitido por el viceministro de Agricultura y Ganadería, Óscar Domínguez Ruiz, por instrucciones del presidente de la República. La propuesta apunta a armonizar la legislación nacional con las normativas centroamericanas.

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Según el proyecto, la reforma modifica el artículo 21 de la normativa vigente. Hoy, esa disposición prohíbe la venta de leche, crema y quesos provenientes de la reconstitución o recombinación de leche en polvo, así como la comercialización de productos lácteos adulterados.

¿Qué cambiaría en la ley?

La iniciativa suprime la restricción sobre los productos hechos con leche en polvo, por lo que solo seguiría vigente la prohibición para la comercialización de leche, crema y quesos adulterados. El texto propuesto indica: “Se prohíbe la comercialización de leche, crema y quesos elaborados con adulterantes”.

El viceministro Óscar Alejandro Domínguez Ruiz remitió el escrito por instrucciones del presidente, con el argumento de actualizar reglas y eliminar trabas al intercambio comercial, en línea con instrumentos de integración regional (Freepik)
El viceministro Óscar Alejandro Domínguez Ruiz remitió el escrito por instrucciones del presidente, con el argumento de actualizar reglas y eliminar trabas al intercambio comercial, en línea con instrumentos de integración regional (Freepik)

En la correspondencia oficial, Domínguez Ruiz señaló que el objetivo central de la reforma es eliminar obstáculos a la comercialización de leche y productos lácteos, facilitar el comercio y la competitividad del sector, y armonizar las regulaciones locales con los instrumentos normativos de la integración centroamericana.

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Los argumentos del Ejecutivo

Según el escrito, la medida beneficios directos a los consumidores y permitiría actualizar la ley para responder a los estándares y prácticas de la región. La carta enviada a la Asamblea Legislativa subraya además que la iniciativa cumple con lo establecido en el ordinal segundo del artículo 133 de la Constitución.

El documento también recuerda que la Ley de Fomento de la Producción Higiénica de la Leche y Productos Lácteos y de Regulación de su Expendio fue emitida en 1960 con el fin de incrementar la producción y elaboración higiénica de leche y productos derivados, y regular su expendio para proteger la salud pública.

El marco vigente y el trámite

La normativa actual establece requisitos y procedimientos para la operación de plantas lecheras e industrializadoras, la distribución y venta de productos, y sanciones para quienes incumplan los parámetros higiénicos o de calidad.

La iniciativa invoca el artículo 133 de la Constitución y plantea beneficios para consumidores y competitividad. Entre objetivos y sanciones, queda una prohibición que marca el límite del cambio (correspondencia legislativa).
La iniciativa invoca el artículo 133 de la Constitución y plantea beneficios para consumidores y competitividad. Entre objetivos y sanciones, queda una prohibición que marca el límite del cambio (correspondencia legislativa).

Entre sus disposiciones figuran la prohibición de comercializar productos provenientes de la recombinación o reconstitución de leche en polvo y aquellos adulterados, además de multas y otras medidas administrativas para quienes infrinjan la ley.

El proceso legislativo aún debe ser discutido por las comisiones correspondientes antes de pasar al pleno para su eventual aprobación.

El pleno legislativo determinó que sean los diputados de la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente quienes estudien la solicitud para determinar si se emitirá un dictamen favorable.

La Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente está convocada a reunirse el lunes 15 de junio a las 14:00 horas (dos de la tarde, como se identifica en el territorio local).

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