La Secretaría de Energía autorizó este martes a YPF S.A. a construir el gasoducto que atravesará el perímetro de la Concesión del Complejo Hidroeléctrico Cerros Colorados, en la provincia de Neuquén.
La medida quedó formalizada mediante la resolución 141/2026, publicada en el Boletín Oficial, luego de que la estatal presentara a principios de mes la documentación requerida para dar inicio a la obra ante la autoridad ambiental de la provincia. YPF “solicitó la autorización correspondiente a fin de realizar el cruce del dique Planicie Banderita”, especificó el texto.
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La obra corresponde al proyecto denominado "Gasoducto PC LAS a Colector 13 ISTMO“, que conecta las áreas de concesión de explotación no convencional La Angostura I y II con el área Loma La Lata – Sierra Barrosa. El tramo autorizado es el que atraviesa el perímetro concesionado a Cerros Colorados Hidroeléctrica Argentina S.A., cuya concesión es ejercida por la empresa Edison Inversiones S.A.U.
Para avanzar en la decisión, se consultó a la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas de los Ríos Limay, Neuquén y Negro (AIC), al Organismo Regulador de Seguridad de Presas (ORSEP), a la Concesionaria y la Secretaría de Ambiente y Recursos Naturales de la Provincia del Neuquén.
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El ORSEP determinó que la obra del gasoducto no genera interferencias con la obra de cierre ni con los instrumentos de auscultación que fiscaliza, aunque advirtió sobre un tramo de atención que se encuentra por debajo de los niveles máximo normal y máximo extraordinario del embalse Mari Menuco.
La postura adoptada por la AIC indicó que, en cuanto a su competencia, se limita a la evaluación de afectaciones sobre recursos hídricos y ecosistemas acuáticos, y que la autorización de la obra en territorio provincial corresponde a la Provincia del Neuquén. En su análisis del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), el organismo concluyó que la construcción no representa una afectación significativa respecto de las normas de protección del ambiente y de manejo de aguas del Contrato de Concesión, aunque formuló recomendaciones para mitigar riesgos en un área de alta sensibilidad hídrica.
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El aval definitivo llegó en abril, cuando la Secretaría de Ambiente y Recursos Naturales de Neuquén aprobó el informe ambiental del proyecto mediante la Resolución N° 672. La licencia impone a petrolera estatal una serie de obligaciones operativas y ambientales: la reposición de tareas de cierre del zanjeo en sectores específicos, la instalación de válvulas de corte a ambos lados de los cruces bajo cuerpos de agua, el uso de agua proveniente de fuentes con autorización vigente y la contratación de un seguro ambiental con cobertura suficiente.
Las empresas contratistas a cargo de la gestión de residuos deberán contar con el Certificado Ambiental Especial (CAE) y las inscripciones provinciales correspondientes. La norma provincial también exige que YPF informe a la autoridad ambiental la fecha de inicio, el plazo de ejecución y la finalización de los trabajos, y que mantenga en el sitio de obra una copia del informe ambiental y sus resoluciones aprobatorias.
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El incumplimiento de esas condiciones puede derivar en la caducidad de la licencia y en sanciones administrativas. Que, con fecha 31 de marzo de 2026, mediante la Nota SJAO N° 114/2026, YPF S.A. informó que constituyó caución juratoria a favor de Cerros Colorados Hidroeléctrica Argentina S.A. para afianzar el pago de las indemnizaciones que pudieran corresponder por eventuales daños y/o perjuicios.
La concesionaria Edison Inversiones también prestó conformidad a la obra, pero condicionó el inicio de los trabajos a la acreditación de una solución definitiva sobre un incidente ambiental vinculado a una excavación en Loma La Lata pendiente desde 2020. YPF informó que “los muestreos del material extraído y tratado no registraron concentraciones de hidrocarburos totales de petróleo (HTP), benceno, tolueno, etilbenceno y xilenos (BTEX), hidrocarburos aromáticos policíclicos (PAH) ni metales por encima de los niveles guía vigentes, y solicitó autorización para el tapado definitivo del sitio”.
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