
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) le solicitó al gobierno de Javier Milei que reduzca el monto de las multas fijado para las pequeñas y medianas empresas por incumplir con los plazos de presentación de las declaraciones juradas en el marco de la Ley de Inocencia Fiscal.
La nueva normativa fijó una actualización de las cifras superiores al 100.000 por ciento. “Es nuestra intención destacar el alto perjuicio que ello puede provocar en una empresa Pyme”, advirtieron sobre el porcentaje del incremento. La carta de CAME al ministro de Economía, Luis Caputo, pide que se establezcan normas complementarias a fines de reducir porcentualmente los importes de las sanciones previstas, teniendo en cuenta la capacidad económica de los contribuyentes.
“En consonancia con observaciones y consideraciones previamente presentadas al ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo, y con el objetivo de preservar al entramado pyme federal y promover su desarrollo, CAME envió al titular de la cartera económica una propuesta para que, a través de sus facultades, instruya a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a dictar normas complementarias que morigeren la incidencia de las multas previstas en la llamada Ley de Inocencia Fiscal, a través de una reducción porcentual de los importes“, explicaron desde la entidad empresarial.

En tal sentido, plantearon que el esquema se divida de la siguiente manera:
- Micro empresa y persona humana (que no califique como “gran contribuyente individual”): 90%
- Pequeña Empresa: 70%
- Mediana Empresa Tramo I: 40%
- Mediana Empresa Tramo II: 20%
Multas automáticas
A fines de diciembre, CAME ya había advertido por las multas automáticas. Incluso había sugerido al Palacio de Hacienda a que autorice al contribuyente a solicitar un plazo mayor para la presentación de la declaración jurada, “a través de una Presentación Digital en la que detalle cuáles son las razones de su requerimiento, exceptuándolo del vencimiento del recordatorio para aplicar la multa prevista en la Ley”.
Por su parte, Caputo había indicado antes de la aprobación de la Ley de Inocencia Fiscal que los contribuyentes que no cumplan con la presentación de declaraciones juradas en tiempo y forma no recibirán una multa automática. Según explicó, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) primero notificará a quienes registren incumplimientos para que regularicen su situación antes de imponer una penalidad monetaria.
“Hablé con el equipo de ARCA y van a trabajar en la reglamentación de una solución que irá en el siguiente sentido: en cuanto ocurra el vencimiento del plazo para presentar la DDJJ, en vez de intimar y aplicar la multa directamente, ARCA va a enviar un recordatorio por 10/15 días hábiles. Una vez transcurrido ese plazo, recién ahí se va a intimar y aplicar la multa", definió Caputo en su cuenta oficial de X.
Y añadió: “Lo importante es que ARCA va a merituar la cantidad de días de demora en la presentación, para aplicar una multa menor, según el caso, y de este modo poder distinguir los incumplimientos frecuentes, de aquellos ocasionales, y no aplicar automáticamente una medida inflexible”.
En tal sentido, el titular del Palacio de Hacienda remarcó que la advertencia de los 10 días para que los contribuyentes cumplan con los compromisos impositivos “es una alternativa que va a permitir el cumplimiento de las obligaciones fiscales sin ahogar al sector privado”.
Según cálculos de Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, la sanción fijada en el artículo 38, que antes era de $200 para personas físicas, se elevó a $220.000, mientras que para personas jurídicas subió de $400 a $440.000.
Estas penalidades corresponden a los casos en que las declaraciones juradas no se presentan dentro de los plazos establecidos. Domínguez remarcó que “puede haber una pyme que se atrasa un día por problemas administrativos, porque faltan los empleados o una persona humana tamaño. Y tener una multa es bastante oneroso para este tipo de empresas pequeñas”.
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