
Además de la reforma laboral que enviara el Gobierno durante las sesiones extraordinarias, la discusión sobre la legislación y sus impactos en la economía tomaron nuevo impulso en las últimas semanas con un caso particular. Cuando un juzgado dictó una indemnización de $250 millones en favor de un mozo con 26 años de antigüedad vinculado a un restaurante. El caso abrió el debate sobre la sustentabilidad del régimen de indemnizaciones y sus efectos sobre empresas y aseguradoras.
El origen del conflicto reside en la forma en que la normativa laboral operó durante la emergencia sanitaria. La prohibición de despidos en el período de pandemia multiplicó el valor de las indemnizaciones en los juicios, al combinarse con el criterio judicial que consideró las propinas como parte del salario para el cálculo final. Ese enfoque arrojó, para el caso mencionado, un valor de $9,4 millones en 2020. A ese monto, el tribunal aplicó la actualización por Índice de Precios al Consumidor (IPC) más 3% anual, una fórmula definida por el entonces Gobierno de Alberto Fernández, que resultó en la cifra actual de $250 millones.
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Alarma empresarial
Este fallo reciente encendió alarmas en sectores empresariales y en el sistema de aseguradoras, al proyectar un posible efecto multiplicador sobre futuras sentencias. El fenómeno no resulta exclusivo de los despidos individuales. Operadores del sector destacaron que un proceso similar afecta a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), como lo evidencia la inhibición impuesta por la Superintendencia de Seguros de la Nación a una de las compañías de mayor peso en ese mercado. En esa oportunidad, el disparador fue la presión financiera de los juicios acumulados y sus actualizaciones, que absorbieron una porción significativa de los ingresos y complicaron la operatoria habitual de la aseguradora.
Un informe del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa) con base en datos aportados por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, expuso que el universo de litigios laborales incluye un volumen extraordinario de expedientes. El stock de juicios por riesgos del trabajo alcanza los 308.082 casos actualmente en trámite. El segmento de despidos, la otra gran fuente de litigiosidad, suma 329.248 expedientes adicionales. Considerados de manera conjunta, el total de causas en curso por ambas vías judiciales trepa a 637.330 procesos pendientes de resolución.
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La magnitud cobra otra dimensión al relacionar el stock de juicios con los asalariados registrados en el sector privado, que suman alrededor de 6,3 millones. La relación indica que los litigios pendientes representan cerca del 10% del empleo formal, proporción que inquieta a especialistas y destaca el peso del pasivo pendiente sobre las cuentas empresariales y el sistema judicial.
La legislación laboral vigente habilita mecanismos de actualización que, en el contexto inflacionario y con las reformas implementadas durante la emergencia sanitaria, transformaron el universo de pasivos judiciales en cifras de difícil cobertura. Las propias reglas utilizadas por la justicia en distintas jurisdicciones, incluyendo la capitalización de intereses y la indexación por inflación, generan montos “históricos” que comprometen la sostenibilidad de las empresas afectadas.
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Amenaza a las empresas y las aseguradoras
Desde la óptica de quienes siguen la evolución de estos expedientes, la dimensión del stock de juicios amenaza el funcionamiento normal del sector asegurador y de múltiples empresas de servicios y comercio. Al respecto, se señalan que los sistemas de actualización aprobados o sugeridos en las normas actuales convierten en una deuda impagable la suma de pasivos judiciales acumulados.
La preocupación oficial y privada coincide en que la única forma de controlar hacia adelante esta problemática consiste en eliminar o acotar los elementos que potencian la litigiosidad, aunque ese enfoque solo impactaría en los casos futuros. Resta resolver cómo enfrentar el pasivo ya generado con las reglas que tensionan financieramente a los distintos actores.
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“El Código Civil y Comercial de la Nación, en su artículo 768, habilita al Banco Central a fijar una tasa de intereses moratorios de referencia para uso de los tribunales en la actualización de deudas. Extremar la prudencia en la definición de esta tasa de interés es la única manera de hacer viable el pago de los juicios acumulados”, destacaron en el informe de Idesa.
En respuesta a este escenario, el Banco Central abrió una consulta pública sobre la nueva Tasa de Intereses Moratorios (TIM). La propuesta contempla calcular la tasa como un promedio ponderado entre la tasa pasiva de depósitos y la tasa activa de préstamos, estableciendo un rango entre un piso y un techo definidos por CER más 3% anual. El planteo busca preservar el valor real de los créditos judiciales, evitando “arbitrariedades” y escaladas mayores o pérdidas severas en los montos finales. El esquema se considera razonable para el futuro, siempre y cuando se logren cambios en los factores que generan una litigiosidad incompatible con el desarrollo normal del mercado.
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No obstante, ese modelo choca con el objetivo de aliviar el pasivo asociado a los millones de juicios que esperan sentencia. Analistas proponen para ese universo aplicar hasta el 31 de diciembre de 2025 la metodología de la Comunicación BCRA 14.290, que combina los rendimientos de caja de ahorro y plazos fijos, y luego, a partir de enero de 2026, empalmar ese índice con la fórmula incorporada por el Decreto 70/2023 (IPC + 3% anual).
La Comunicación BCRA 14.290 nació en 1991 para enfrentar los saldos judiciales surgidos de la hiperinflación de 1989 y 1990. Voceros apuntan que el mismo recurso resulta útil en el presente, al enfrentar las consecuencias de la inflación de los años recientes y la acumulación de litigios laborales. No disponer de un mecanismo de emergencia adecuado para estas circunstancias pondrá en riesgo la viabilidad de innumerables empresas e impactará sobre el empleo en el sector formal.
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El debate permanece abierto sobre cuál será el índice de actualización definitivo que los tribunales aplicarán para los juicios actuales. Tanto las empresas como las cámaras empresariales y las aseguradoras de riesgos laborales aguardan definiciones normativas que aporten previsibilidad a los pagos y permitan dimensionar el tamaño real del pasivo. Mientras tanto, el stock de juicios laborales sigue creciendo y compite por el centro de la agenda en la definición de la próxima reforma laboral.
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