
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó un cambio clave en la gestión de permisos para la importación y exportación de armas, municiones, pólvora y explosivos en la Argentina.
A partir de la Resolución General 5789/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, el organismo dispuso que estos trámites deberán realizarse exclusivamente a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), un sistema digital que centraliza y simplifica los procedimientos vinculados al comercio internacional.
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Esta medida responde a la necesidad de modernizar y transparentar el control estatal sobre materiales considerados de alto riesgo, en línea con lo dispuesto por la Ley N° 20.429 y sus decretos reglamentarios. Hasta ahora, la autorización para importar o exportar armas y explosivos requería una serie de gestiones presenciales y presentaciones ante distintos organismos, lo que generaba demoras y dificultades para el seguimiento de cada operación. Con la nueva disposición, la totalidad del proceso quedará digitalizada y bajo un único canal oficial.
La resolución se apoya en antecedentes recientes, como la Resolución N° 51/25 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), que ya había dispuesto la digitalización de estos trámites para “brindar transparencia, digitalización y simplificación”.
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La implementación fue posible gracias al trabajo conjunto de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y distintas áreas técnicas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que desarrollaron los mecanismos informáticos necesarios para incorporar las autorizaciones al sistema nacional.

El nuevo régimen también prevé la publicación de un “Manual de Usuario Externo” en el micrositio oficial de la VUCE, donde se detallarán los pasos y requisitos para la declaración de las autorizaciones. Además, la resolución faculta a la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones y a la Dirección General de Aduanas a dictar normas complementarias para la implementación de la medida en sus respectivos ámbitos.
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La decisión se enmarca en una política de fortalecimiento de los controles sobre el tráfico internacional de armas y explosivos, un tema de alta sensibilidad tanto en materia de seguridad pública como de cumplimiento de compromisos internacionales asumidos por la Argentina.
La resolución recuerda que la Ley N° 20.429 y sus decretos reglamentarios establecen “las prescripciones de adquisición, uso, tenencia, portación y transmisión por cualquier título, de armas de fuego, repuestos principales, municiones y otros materiales controlados y, asimismo, reglamentan la importación, el tránsito internacional y la exportación de las mismas en todo el territorio de la Nación”.
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La resolución general entrará en vigencia a los 10 días hábiles contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, a partir del 2 de diciembre de 2025.
El nuevo esquema exige que toda persona o empresa que desee importar o exportar pólvora, explosivos, armas, municiones y otros materiales controlados cuente previamente con un acto administrativo emitido por el Registro Nacional de Armas (RENAR).
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El proceso de declaración aduanera se digitaliza a través del Sistema Informático MALVINA (SIM), donde el declarante debe ingresar el código identificador de la autorización RENAR como información de referencia en el campo correspondiente.
Para la importación de pólvora y explosivos, el código a utilizar es “LPCOVUCE0033”, mientras que para la exportación corresponde “LPCOVUCE0034”. En el caso de armas, municiones y otros materiales controlados, los códigos asignados son “LPCOVUCE0035” para importación y “LPCOVUCE0036” para exportación.
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La normativa aclara que “solamente podrá comprometerse una autorización por ítem de la mencionada destinación”, lo que implica que cada producto declarado debe estar respaldado por una autorización individual.
El sistema prevé un mecanismo de control y validación automática. Una vez ingresados los datos, si no se detectan inconsistencias, “se permitirá la oficialización de la declaración aduanera”. En caso contrario, el SIM bloqueará la operación e informará al declarante los motivos del rechazo, para que pueda corregir los errores y volver a presentar la documentación.
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