
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la Dirección General de Aduanas (DGA), implementó una nueva simplificación en el proceso de exportaciones por vía aérea. El objetivo de la actualización de la normativa vigente es optimizar los procedimientos y así impulsar las ventas al exterior.
La medida, formalizada a través de la Resolución General 5756/2025 y publicada en el Boletín Oficial, avanza hacia la digitalización de los trámites aduaneros.
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El sistema renovado integra y automatiza dos documentos clave para las exportaciones aéreas: la Relación de Carga (Manifiesto de Carga de Exportación) y el Manifiesto de Consolidación de Exportación. Ambos pueden gestionarse de manera digital, gracias a un aplicativo web conectado al Sistema Informático Malvina (SIM). Esto elimina la necesidad de procedimientos manuales y acorta los plazos de tramitación.

La normativa establece el nuevo procedimiento operativo para el registro de los manifiestos, además de incorporar la ratificación de autoría, la confirmación de partida y la presentación automática de los documentos ante el servicio aduanero.
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Los agentes de transporte aduanero del medio de transporte y los agentes de transporte consolidador quedan a cargo de la documentación, con la responsabilidad de garantizar la custodia, transparencia y trazabilidad de todas las operaciones.
Según ARCA, las empresas que realizan exportaciones se beneficiarán de una gestión más ágil, con reducción en los tiempos de tramitación y mayor trazabilidad durante todas las etapas del proceso.
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La automatización disminuye la posibilidad de errores en la generación de documentación, lo que simplifica el cumplimiento de requisitos y mejora la seguridad de las operaciones.

La nueva resolución deja sin efecto las disposiciones 2.458/94 y 3.148/88 de la ex Administración Nacional de Aduanas, con más de tres décadas de vigencia. Este reemplazo busca optimizar la calidad de los servicios aduaneros, promover el cumplimiento de las obligaciones impositivas y fortalecer los controles de la DGA sobre las mercaderías exportadas.
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El instructivo, el manual de usuario y los pasos detallados para adoptar este procedimiento están disponibles en el micrositio “Manifiestos de Carga de Exportación” del sitio web oficial de ARCA.
La disposición de este jueves se suma a la simplificación para las exportaciones aéreas lanzada a mediados de agosto, enmarcada en un proceso más amplio de adecuación de los mecanismos. A través de la Resolución General N° 5745/25, ARCA eliminó el requerimiento de cruce informático entre el Sistema Informático Malvina (SIM) y el Manifiesto de Exportación (MANE).
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Esta decisión busca optimizar los controles previos y eliminar procedimientos redundantes, especialmente para el sector agroindustrial y operaciones incluidas en el Régimen de Envíos en Consignación.
Hasta el momento, los envíos consignados y las exportaciones de cueros exigían autoliquidaciones obligatorias de derechos de exportación. En relación con los cueros, previamente se había dejado sin efecto la participación de entidades privadas en la verificación aduanera de exportaciones para consumo.
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La nueva disposición elimina la exigencia de autoliquidación para estos casos, en línea con la Resolución N° 727/2025, que tiene como objetivo simplificar y unificar los procedimientos administrativos destinados a los operadores de comercio exterior.
Respecto a la liquidación de beneficios, el esquema actualizado determina que el proceso será automático mediante el SIM, siempre y cuando los operadores cumplan los requisitos operativos y documentales exigidos.
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De este modo, se agilizan los trámites vinculados a derechos y beneficios de exportación, facilitando la operatoria habitual para las empresas del sector.
Entre ellos figuran: ser exportador habilitado y sin embargos, contar con el cumplido de la operación registrado, presentar la factura comercial y demás documentos exigidos, tener declarada y vigente una CBU, haber abonado los derechos de exportación cuando corresponda, y contar con la conformidad del Banco Central de la República Argentina (BCRA) respecto de la liquidación de divisas, en los casos en que sea aplicable.
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