
El Gobierno nacional, a través del Boletín Oficial, dio a conocer algunos detalles de los términos del nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) que en estos días se sigue negociando. La medida habilita la renegociación de la deuda bajo un Programa de Facilidades Extendidas (EFF, por sus siglas en inglés), con un período de gracia de cuatro años y medio y un plazo total de amortización de diez años.
Según lo detallado en el documento oficial, los fondos del FMI serán utilizados exclusivamente para la cancelación de letras intransferibles en dólares en poder del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y para la reprogramación de vencimientos del acuerdo de 2022. Además, el decreto estableció que la operación incluirá el pago de intereses y cargos con las condiciones establecidas por el organismo de crédito.
El texto justificó la decisión de recurrir a un DNU en lugar de enviar un proyecto de ley al Congreso, argumentando que la aprobación parlamentaria es necesaria únicamente para autorizar la operación de crédito público, no para validar los términos específicos del acuerdo. En paralelo, legisladores de la oposición presentaron una denuncia penal contra el presidente Javier Milei, señalando que la medida viola artículos de la Constitución Nacional.
Puntos principales del acuerdo
El programa negociado entre el Ejecutivo y el FMI incluye varios aspectos clave relacionados con el financiamiento y el pago de compromisos previos. Los puntos más relevantes son los siguientes:
- Plazo de devolución: la amortización del préstamo se extenderá por diez años, con pagos programados luego de un período de gracia.
- Período sin pagos: el Estado argentino no realizará desembolsos por cuatro años y seis meses, lo que implica que la devolución de los fondos comenzará en octubre de 2029.
- Destino de los fondos: los montos asignados por el FMI estarán dirigidos únicamente a cancelar deudas del Tesoro Nacional con el BCRA y refinanciar los vencimientos del Programa de Facilidades Extendidas de 2022.
- Condiciones del financiamiento: los intereses y cargos se pagarán conforme a las tasas y plazos establecidos por el organismo financiero internacional.
El decreto también estableció que el Gobierno mantendrá su política de déficit cero y que no utilizará los fondos obtenidos para intervenir en el mercado cambiario.

Renovación de vencimientos y letras intransferibles
El acuerdo contempla la reprogramación de vencimientos por un total de USD 13.000 millones en capital, lo que implica que el país pospondrá una parte significativa de sus pagos previstos hasta 2029. Este esquema permitirá liberar recursos en el corto plazo y mejorar la posición de reservas internacionales del Banco Central.
Un aspecto central del nuevo esquema es la cancelación de letras intransferibles en poder del BCRA. Estas letras representan una parte importante del activo de la autoridad monetaria, aunque fueron revaluadas por la administración actual, reduciendo su valor de USD 67.000 millones a USD 23.000 millones.
Según lo detallado en el DNU, las cancelaciones se realizarán en orden cronológico, comenzando por la letra con vencimiento el 1° de junio de 2025, cuyo valor nominal asciende a USD 10.000 millones. La cantidad de títulos que podrán ser rescatados dependerá del monto final que se obtenga a través del FMI.
Además, los vencimientos de estos instrumentos se mantienen en niveles más bajos en 2026 y 2027, pero vuelven a superar los USD 10.000 millones en 2029. Entre 2031 y 2033, los compromisos anuales por este concepto rondarán los USD 12.000 millones.
Trámite parlamentario
El Gobierno nacional anunció que enviará el Decreto de Necesidad y Urgencia al Congreso, aunque el texto tiene validez legal desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial. Para que sea rechazado, ambas Cámaras del Parlamento deben votar en contra, un escenario que no se ha registrado hasta el momento con otros decretos similares.
El procedimiento legislativo para estos casos incluye los siguientes pasos:
- El Ejecutivo envía el DNU al Congreso dentro de un plazo máximo de diez días.
- La Comisión Bicameral de Trámite Legislativo analiza el documento y emite un dictamen sobre su validez.
- Si la comisión no se expide en diez días hábiles, las Cámaras pueden tratar el decreto directamente en el recinto.
- El texto se aprueba o rechaza sin modificaciones. Para ser anulado, ambas Cámaras deben votar en contra.
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