
Desde el viernes entró en vigencia la nueva Ley de Memoria Democrática de España, más conocida como “ley de Nietos”, a través de la cual los argentinos descendientes de españoles que sufrieron la persecución del franquismo podrán acceder a la ciudadanía española.
Durante las principales olas migratorias que recibió la Argentina durante las últimas décadas del siglo XIX y las primeras del XX, los españoles representaron cerca del 31,5% del total. Solo fueron superados por los italianos (44,9%), según los datos de la Dirección Nacional de Migraciones. Por eso, hay una gran cantidad de argentinos descendientes de españoles que podrían acogerse a la “ley de Nietos”, ya que la misma otorga varios beneficios.
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¿Qué beneficios traería la ley de nietos para los argentinos descendientes de españoles?
Los argentinos que desciendan de españoles, sean hijos o nietos, que fueron perseguidos en España y tuvieron que exiliarse por motivos políticos, ideológicos o de creencia, podrán obtener el pasaporte español, es decir, la ciudadanía del país.

Esto no es todo, la nueva normativa también contempla a aquellos hijos de mujeres españolas que se hayan casado con extranjeros antes de la Constitución de 1978 y que, por tal motivo, hayan perdido la nacionalidad de España.
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La tercera opción es ser mayor de edad e hijo de padre o madre a quien se le haya reconocido la nacionalidad española de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo con la Ley de Memoria Histórica -instrumentada entre 2007 y 2011- o la nueva “Ley de Nietos”.
Una aclaración importante: la declaración debe formalizarse en el plazo de dos años a contar desde este viernes, día en que entró en vigencia la Ley de Memoria Democrática, tal como detalló el Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación de España a través de su cuenta oficial de Twitter.
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La primera gran diferencia entre esta nueva ley y la Ley de Memoria Histórica, que funcionó entre el 2007 y 2011, es que ésta sólo daba la posibilidad de acceder a la ciudadanía a aquellas personas menores de edad, y apuntaba únicamente los hijos directos de españoles, no así para nietos, bisnietos, tataranietos y sucesivos.
Mientras tanto, la nueva ley no determina ningún límite de edad para aplicar, es de aplicación directa y sin la necesidad de que el solicitante viva en suelo español por una determinada cantidad de tiempo.
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Con todo esto en cuenta, los argentinos deben saber que, de obtener la ciudadanía, se les otorgará el derecho a acceder al mercado laboral formal y al sistema educativo educativo español, además de la libre circulación por el espacio Schengen, el área sin controles fronterizos que comparten 26 países de Europa (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Suecia y Suiza).
Con todo esto en consideración, los argentinos interesados en obtener la ciudadanía española en el marco de la nueva ley deberán presentarse con cita previa ante el Consulado General de España correspondiente a su lugar de residencia en Argentina con la siguiente documentación:
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- Acta de opción por la nacionalidad española.
- Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
- Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil argentino, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con postilla de La Haya.
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- Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
- Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
- DNI argentino del progenitor español.
- DNI argentino del interesado.
- En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo de adopción junto con la partida de nacimiento del adoptado.
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