Los pequeños contribuyentes porteños serán eximidos del pago de Ingresos Brutos

Para eso deberán estar inscriptos en el Régimen Simplificado. Se trata de una medida que ayuda a quienes vayan a iniciar sus actividades, como así también a quienes estén analizando inscribirse y formalizar actividades

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La eximición de ingreso no
La eximición de ingreso no aplica para contribuyentes locales de Ciudad de Buenos Aires no adheridos al Régimen Simplificado ni para contribuyentes de Convenio Multilateral que desarrollen actividades en territorio porteño (Gettyimages)

Los pequeños contribuyentes que se inscriban en el Régimen Simplificado de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) durante 2022, tendrán bonificadas todas las cuotas del año correspondientes a Ingresos Brutos. Así lo dispuso la Resolución 80/2022 del Gobierno de la Ciudad que, para tornarse operativa, requiere la reglamentación por parte de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).

Serán considerados pequeños contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aquellos por las actividades alcanzadas hayan obtenido en el periodo fiscal 2021, ingresos brutos totales (gravados, no gravados, exentos) inferiores o iguales a $2.600.000, cifra que representa un aumento del 49,47% con relación al año anterior.

“En principio, la reglamentación no debería cambiar el objetivo de la Resolución y todos los contribuyentes del Régimen Simplificado que se inscriban durante 2022, debería quedar eximidos de ingresar las cuotas de este año”, explicó el tributarista Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.

A su criterio, se trata de una medida “que ayuda a quienes vayan a iniciar sus actividades, como así también a quienes estén analizando inscribirse y formalizar actividades”. No obstante, advirtió que “dados los efectos muy negativos que tiene el impuesto sobre los Ingresos Brutos, debería tenderse a su eliminación y reemplazo por una combinación de otros impuestos”.

Cabe destacar que el Régimen Simplificado es optativo para quienes sólo realizan actividades en la Ciudad de Buenos Aires y son personas humanas, sucesiones indivisas o las sociedades que tengan hasta tres socios.

Al iniciar las actividades, hay que encuadrarse en la categoría que corresponda según la superficie afectada a la actividad y la estimación de los ingresos anuales esperados.

Luego, transcurridos seis meses, deben anualizarse los ingresos brutos devengados y la energía eléctrica consumida en el período, a fin de confirmar la categorización, modificarla o excluirse del Régimen.

La eximición de ingreso no aplica para contribuyentes locales de Ciudad de Buenos Aires no adheridos al Régimen Simplificado ni para contribuyentes de Convenio Multilateral que desarrollen actividades en territorio porteño.

Un impuesto distorsivo

Ingresos Brutos es un impuesto que genera una reprobación muy importante. Lo que sucede es que habría que reemplazarlo por un impuesto a las ventas en la última etapa, como sucede en Estados Unidos, el tax, que se cobra al consumidor final”, dijo Domínguez a Infobae.

Para el tributarista Sebastián Domínguez,
Para el tributarista Sebastián Domínguez, Ingresos Brutos es un impuesto distorsivo

En ese sentido, destacó que el problema es que la recaudación que puede generar ese impuesto al consumidor final no alcanza para reemplazar ingresos brutos.

“Por eso sería necesario reemplazarlo por varios impuestos. Uno a la venta en la última etapa, aumentar las valuaciones fiscales del impuesto inmobiliario en las jurisdicciones donde es muy bajo, aumentar las valuaciones de los autos en jurisdicciones donde es baja”, detalló.

El impuesto sobre los ingresos brutos grava las diferentes etapas del ciclo productivo, incluida la inversión en bienes de capital. “Es un tributo plurifásico genera efecto acumulación y efecto de piramidación, distorsionando la economía y promoviendo la integración vertical de los negocios”, explicó el tributarista.

En ese sentido, afirmó que se ven beneficiadas las empresas más grandes que tienen la posibilidad de integrarse en detrimento de las pymes, a las que se les dificulta poder hacerlo. Por otro lado, mencionó que el impuesto sobre los ingresos brutos afecta las exportaciones debido a la imposibilidad de devolver en frontera, el impuesto efectivamente ingresado en las etapas anteriores.

“De esta forma, las exportaciones de bienes y/o servicios contendrán dentro de sus costos impuesto sobre los ingresos brutos, perdiendo competitividad respecto a proveedores de otros países. Por las razones comentadas, el impuesto sobre los ingresos brutos debería ser reemplazado”, concluyó.

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