
El patrimonio a partir del cual los contribuyentes deben pagar Bienes Personales se mantiene en $2 millones desde 2019. Este año, el Senado dio media sanción a un Proyecto de Ley que eleva ese mínimo a $6 millones, pero aun no fue tratado en la Cámara de Diputados. Esa ley debería aprobarse antes del 31 de diciembre para poder tener vigencia en las declaraciones de impuestos que se presentan en 2022.
En un contexto de alta inflación y devaluación del peso, mantener el mínimo pisado en $2 millones genera que cada vez más contribuyentes comiencen a pagar este impuesto. El Impuesto a los Bienes Personales —que comenzó como un tributo temporal pero ya lleva una vigencia de 30 años— se aplica sobre los bienes, en el país y en el exterior, al 31 de diciembre de cada año.
Cuando la valuación total de los bienes supera los $2 millones, hay que inscribirse en el impuesto y presentar una declaración jurada. Están exentos los inmuebles destinados a vivienda familiar (casa-habitación) con una valuación inferior a $18 millones, los depósitos (en pesos y dólares) en cajas de ahorros y en plazo fijo y los títulos y bonos locales.
“Los mínimos actuales están fijos desde el 2019, es decir, desconocen la existencia de la inflación. Dicho desconocimiento lejos de ser accidental, es premeditado, dado que es un aumento de impuestos encubierto”, señaló el tributarista Mariano Ghirardoti.

Según detalló el especialista, cuando se estableció el mínimo de $2 millones este monto representaba aproximadamente USD 33.333. Hoy son apenas USD 10.000. Mientras que el monto exento para la vivienda (casa-habitación) de $18 millones eran USD 300.000 en 2019 y ahora son cerca de USD 90.000 (tomando un dólar no oficial).
“Esto es solo tomando como referencia la moneda extranjera, pero en un país donde la inflación ronda el 50% anual, no ajustar estos valores significa desnaturalizar el impuesto que fue creado a efectos de impactar en un determinado contribuyente, con una determinada capacidad contributiva. Entonces, en base a un fenómeno monetario y al no modificar los mínimos, se alcanza un número mucho más elevado de ciudadanos. Se vuelven contribuyentes de Bienes Personales no porque una ley lo indique sino porque el parámetro monetario indicado por la ley en su momento quedó desactualizado”, explicó Ghirardoti.
Fuentes legislativas consultadas por Infobae indicaron que aun no hay una fecha prevista para el tratamiento del Proyecto de Ley que eleva el piso del impuesto, una iniciativa presentada por el Senador Carlos Caserio, que originalmente proponía un monto mínimo de $8 millones. Durante toda la semana próxima, la Cámara de Diputados estará abocada al debate del Presupuesto 2022.
“La media sanción se obtuvo antes de las elecciones legislativas y después parece que no hay demasiado interés. Si se aprueba antes de fin de año, el tema está solucionado. Si no, como ya tiene media sanción y no pierde estado parlamentario, se puede tratar el año próximo; pero en ese caso, Diputados debería indicar que la vigencia sea retroactiva al 31 de diciembre de 2021. Como es en beneficio de los contribuyentes no hay ningún impedimento”, aclaró el tributarista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

“Lamentablemente si no se aprueba, es otro año más sin actualización. Alguien que tenga poco más de USD 19.000, que son $2 millones al tipo de cambio de divisas del Banco Nación que se debe tomar para el cálculo, ya está alcanzado y podría terminar pagando. La alícuota más alta para bienes en el país es de 1,25%. Esto afectaría a mucha gente que sacó los dólares de las cajas de ahorro por versiones que generaron incertidumbre. Ahora se le genera el el problema de tener que pagar sobre esos dólares”, agregó Domínguez.
Si se toman en cuenta, los índices de variación de la inflación (IPC) desde diciembre de 2019 hasta ahora el ajuste del monto mínimo debería ser del 93%. Y si se suman los dos meses más que restan del año, habría que ajustarlo un 100% como mínimo.
“Está bien que se suba a $6 millones porque ya viene retrasada de antes. Pero en la Ley se debería contemplar la actualización automática por la variación del IPC. Si no, en términos reales el impuesto aumenta todos los años si no hay una nueva ley que lo modifique”, alertó Domínguez.
Iván Sasovsky, socio fundador y CEO de Sasovsky & Asociados, coincide en la necesidad de una actualización automática del mínimo, como sucede con otros impuestos (el Monotributo o las deducciones personales de Ganancias).
“Al tratarse de un impuesto anual, cuya liquidación y pago se realiza por lo general a mediados de año, el proyecto puede aprobarse durante el año próximo sin problemas. Sin embargo, las modificaciones de último momento, si bien son esperadas cuando se trata de un alivio, traen complicaciones a la hora de realizar una planificación fiscal adecuada. Lo ideal sería conocer con antelación las modificaciones que vienen en materia impositiva. Por eso insistimos en la necesidad de que existan actualizaciones automáticas, para trabajar sobre certezas”, dijo Sasovsky.
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