Hoy vence el plazo para declararle bienes a la AFIP: quiénes están alcanzados y qué se debe presentar

La AFIP prevé sanciones en caso de no presentar las declaraciones juradas informativas de Ganancias o de Bienes Personales o por omisión de información

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Están incluidos en la obligatoriedad
Están incluidos en la obligatoriedad aquellos empleados en relación de dependencia y jubilados que hayan tenidos ingresos anuales iguales o superiores a los 2,5 millones de pesos

Este martes será el último día para que un grupo de contribuyentes puedan hacer llegar declaraciones juradas ante la AFIP, que si bien tienen carácter informativo y no “determinativo”, como las que tuvieron lugar este mes para Ganancias y Bienes Personales, pueden conllevar fuertes sanciones del organismo tributario en caso de omisión o de falta de cumplimiento con la presentación.

Se trata de las declaraciones informativas sobre el patrimonio que tenía cada contribuyente con fecha de corte el 31 de diciembre de 2020. Están incluidos aquellos empleados en relación de dependencia y jubilados que hayan tenidos ingresos anuales iguales o superiores a los 2,5 millones de pesos, según el mínimo no imponible que determinó la AFIP a mediados de junio.

La cifra se actualizó un 25% respecto a la que rigió en 2020 para el estado patrimonial de 2019, que fue de 2 millones. Como ese reajuste fue menor a la inflación acumulada en ese período, en términos prácticos podría haber más personas alcanzadas ya que quedarían incluidas con un patrimonio real menor al que se tuvo en cuenta para 2019.

La AFIP prevé sanciones en
La AFIP prevé sanciones en caso de no presentar las declaraciones juradas informativas o por omisión de información. (Foto: AFIP)

Según resumió la contadora Yanina Beade, las declaraciones informativas de Ganancias o de Bienes Personales, según corresponda, deberán ser presentadas por:

-Desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de Ciudad de Buenos Aires, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación.

-Trabajo en relación de dependencia.

-Jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto.

-Servicios personales prestados por los socios de las sociedades cooperativas de trabajo, que trabajen personalmente en la explotación, inclusive el retorno percibido por aquéllos.

-Planes de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia previsional.

-Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.

O rentas obtenidas por:

-Actividades como Monotributista.

-Dividendos y utilidades asimilables.

-Rendimiento producto de la colocación de capital en valores.

-Intereses (o rendimientos) y descuentos o primas de emisión.

-Exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias.

Hasta esta noche habrá tiempo
Hasta esta noche habrá tiempo para presentar declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales.

“Dos consideraciones importantes a tener en cuenta para saber si el ciudadano debe presentar este tipo de declaraciones juradas son que no deben arrojar saldo a pagar y en caso de estar obligado a estas presentaciones, no necesita inscripción en el impuesto”, explicó Beade.

“Esta es la principal diferencia con las que ya vencieron y que son conocidas como declaraciones juradas determinativas de Bienes Personales o Impuestos a la Ganancias, pues el contribuyente tiene que estar registrado en la página de AFIP, previamente en estos impuestos y además siempre resulta un saldo a pagar o bien a favor del contribuyente”, continuó.

El contribuyente deberá informar sus bienes al finalizar el 2020 de acuerdo a la valuación que rige para el impuesto a los Bienes Personales. Este tipo de presentaciones como las que vencen hoy son parte del proceso de control que tiene la AFIP, pero el hecho de que sean informativas y no determinativas no deja de ser un causal de sanción por parte del organismo tributario.

“Cuando vos presentás una declaración jurada informativa no podés omtiir información, porque si lo hacés genera posibilidad de una sanción. La AFIP te puede decir que estás ‘debiendo’ información en esa presentación formal y las multas por omisión llegan a 100% del impuesto omitido más intereses. Y si el ajuste supera el $1,5 milones es pasible de denuncia penal”, comentó a Infobae Marcelo Rodríguez, de MR Consultores.

Las declaraciones determinativas de Ganancias y Bienes Personales tuvieron como fecha de presentación entre 9 y 13 de este mes mientras que entre el 24 y 26 de agosto tuvo el primer anticipo de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2021. A pesar del pedido de los contadores, la AFIP decidió no otorgar una extesión de tiempo para cumplir con esas obligaciones tributarias.

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