Este martes, el Gobierno reglamentó la Ley de Góndolas, que establece cómo debe ser la oferta y la exhibición de los productos en las grandes cadenas de supermercados —tanto en los locales físicos como en las plataformas de venta online—, con el objetivo de que pymes, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar tengan un “espacio equitativo” en el espacio que ocupen en las góndolas.
Entre sus principales puntos, la Ley de Góndolas —que fue sancionada por el Congreso el 28 de febrero de 2020— establece que las grandes cadenas de supermercados deben:
- Destinar un máximo del 30% del espacio de venta físico o virtual para una categoría de producto por proveedor.
- Tener al menos cinco proveedores de distintos grupos empresarios.
- Otorgar al menos un 25% del espacio de venta a las micro y pequeñas empresas por cada categoría de productos.
- Otorgar al menos un 5% del espacio de venta a las cooperativas, mutuales, empresas de la agricultura familiar y economía popular.
- Exhibir los artículos de las pymes con la leyenda “Compre Mipyme” destacada en las góndolas. Esto es para productos nacionales de micro y pequeñas empresas, agricultura familiar, campesina, cooperativas y mutuales.
Aunque aún no se manifestaron oficialmente, fuentes del sector de los grandes supermercados advirtieron que la ley, tal como está articulada, no brinda protección a pequeñas cadenas de supermercados frente a los grandes proveedores. Y, además, perjudica a las pymes fabricantes de alimentos y productos —especialmente a las empresas medianas—, porque el marco de protección es para las microempresas y las de agricultura familiar.
Una de las críticas que venían haciendo desde las grandes cadenas es que el cumplimiento de la nueva regulación exige un sistema de reposición de los productos cada una o dos horas, lo que hace imposible su aplicación. Además dudaron que las pymes tengan la capacidad de abastecer el espacio que se les asigna, por fuera de las grandes empresas. También destacaron que la ley deja afuera a los supermercados y comercios más chicos, que representan el 65% del mercado.

Desde la Cámara Argentina de Supermercados (CAS) y la Federación Argentina de Supermercados y Almacenes (FASA), que agrupan a las cadenas y comercios más chicos y que no quedan abarcados por la Ley de Góndolas, apoyaron la iniciativa de impulsar la presencia de productores pymes en las góndolas de todo el país y destacaron que sus socios ya tienen acuerdos en varias provincias (como Córdoba, Santa Fe y Chaco) con productores pymes regionales.
Sin embargo, no consideraron que sea eficaz para frenar aumentos de precios. “En cuanto a la efectividad de la Ley de Góndolas como herramienta antiinflacionaria debemos esperar a ver su funcionamiento en la práctica, aunque nos parece poco probable que por esa vía se pueda frenar la suba de costos, que redunda en aumentos de precios al público”, indicaron.
Regulación de los espacios de venta
Además, la Secretaría de Comercio Interior podrá fijar un porcentaje máximo de espacio de venta para los productos importados por cada categoría. Y los productos que se comercialicen bajo un programa acordado con el Estado, como por ejemplo Precios Cuidados, tendrán criterios específicos de exhibición que deberá elaborar la Secretaría de Comercio Interior.
La legislación también regula los plazos de pago: la ley otorga un máximo de 60 días para que los grandes supermercados abonen a las micro y pequeñas empresas y de 40 días cuando se trate de emprendimiento de la economía campesina, agricultura familiar, cooperativas y mutuales. “La reglamentación establece que esas condiciones deberán acordarse por escrito entre las partes y computarse a partir de la entrega de la mercadería por parte del proveedor o de la proveedora”, explicaron desde el ministerio.
“Los supermercados podrán ser relevados del cumplimiento de la norma en los supuestos en que se acredite fehacientemente la falta del número mínimo de proveedores o la insuficiencia de producción entre oferentes de micro y pequeñas empresas de una determinada categoría de productos y zona geográfica”, según establece el artículo 13 de la ley.
Para llevar adelante el control de los proveedores se creará el Registro Nacional de Proveedores, en colaboración con la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, para permitir monitorear el universo de proveedores para garantizar su acceso a las góndolas de las cadenas de comercialización. Y, por su parte, los consumidores dispondrán de un enlace virtual para denunciar infracciones.

Con todo, aún restan conocer algunos detalles más sobre la aplicación. A través del decreto 991/2020, publicado en el Boletín Oficial, se estableció que la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo será la autoridad de aplicación de la ley y se determinó que en un plazo máximo de 90 días se elaboren las resoluciones complementarias. Por ejemplo, estará a cargo de elaborar un listado con todos los productos alcanzados por la ley —agrupados por categorías de acuerdo a los diversos formatos de espacios de ventas— que será publicado y actualizado en la web de la secretaría para que pueda ser consultado libremente.
“La Secretaría también dispondrá los requisitos de señalización de los congeladores exclusivos o los exhibidores patrocinados para que estén claramente identificados y diferenciados de las góndolas o locaciones virtuales, para prevenir la confusión de las y los consumidores. Además, podrá fijar un porcentaje máximo de ese tipo de exhibidores en relación con las góndolas para evitar una sobre presentación de algunos productos”, informaron desde el ministerio.
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