
El Banco Central dispuso hoy que las empresas que accedan a líneas de créditos con tasas subsidiadas y aquellas que realicen operaciones de compra venta de títulos valores con liquidación en moneda extranjera tendrán que pedirle autorización para acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para la adquisición de divisas, según informaron fuentes de la entidad.
Asimismo, el Central determinó que las mipymes beneficiadas con las líneas de créditos promocionales dispuestas en el marco de la pandemia podrán acceder a dólares para pagar nuevas importaciones de bienes o insumos requeridos en su proceso productivo, pero no podrán cancelar deudas anteriores al 19 de marzo de 2020. Si desean hacerlo, deberán pedir la conformidad del BCRA.
Las disposiciones del BCRA apuntan a impedir la operatoria del “contado con liquidación” para las compañías que tomaron préstamos. “Las empresas, en la medida que tengan vigente esas líneas de crédito, tendrán también limitado el acceso a operaciones de venta de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferirlos a entidades depositarias del exterior”, explicaron en el BCRA.

Al mismo tiempo, el Banco Central determinó que aquellas empresas que no tomaron los créditos promocionales y quieran comprar divisas, deberán certificar que no hicieron operaciones de “contado con liqui” o “dolar Bolsa” en el último mes ni van a hacerlo en el mes siguiente.
La resolución del Banco Central establece que “para acceder al mercado para la adquisición de divisas las empresas tendrán que presentar una declaración jurada de que ese día y en los 30 días corridos anteriores no ha efectuado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior. También se deberá comprometer a no realizar esas operaciones a partir del momento en que requiere el acceso y por los 30 días corridos subsiguientes.”
El BCRA puntualizó que las empresas con créditos pendientes en condiciones preferenciales, tales como los ofrecidos a tasas del 24% y menores a las pymes “no podrán, hasta su total cancelación, vender títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferirlos a entidades depositarias del exterior.”
Además, estableció que los bancos “deberán requerir a sus clientes la presentación de una declaración jurada en la que conste que, en el día en que solicita el acceso al mercado y en los 30 días corridos anteriores, no han efectuado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior”
La resolución del BCRA establece que para el acceso al mercado de cambios para la cancelación de deudas con el exterior pendiente al 19 de marzo de 2020, “se deberá contar con la conformidad previa del BCRA excepto que la entidad cuente con declaración jurada del cliente dejando constancia que no tiene pendientes financiaciones en pesos previstas en la Comunicación “A” 6937 y complementarias ni las solicitará en los 30 días corridos siguientes”.
Según datos oficiales al 24 de abril, la línea para mipymes con tasas del 24% lleva desembolsados $120.596,3 millones entre 81.993 empresas que, a partir de la resolución conocida hoy, quedarían sujetas a estas restricciones. Aproximadamente el 53% de estas financiaciones se destinó a capital de trabajo y un 36% a líneas destinadas al pago de sueldos.
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