La CNV resolvió que los Fondos de Inversión identifiquen a las personas con tenencia del Bono Dual por menos de USD 20.000 para su liquidación

Lo hizo a través de la Resolución General 827/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial. Rige para los inversores con tenencia de dicho título al 20 de diciembre de 2020 que deseen capitalizar la inversión

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Comisión Nacional de Valores (Reuters)
Comisión Nacional de Valores (Reuters)

Luego de que el Gobierno de la Nación reglamentara el reperfilamiento hasta septiembre del pago del bono Dual (AF20), que debía pagarse el jueves 13 de febrero, la Comisión Nacional de Valores (CNV) resolvió que los Fondos Comunes de Inversión individualicen a las personas físicas con tenencia de dicho título por USD 20.000 o menos al 20 de diciembre de 2020 para que puedan cobrar por su inversión, teniendo en cuenta que fueron excluidos del reperfilamiento.

A través de la Resolución General 827/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, la CNV estableció que los órganos activos de los fondos comunes de inversión abiertos que contaban en sus carteras al 12 de febrero de 2020, con los “Bonos de la Nación Argentina en Moneda Dual Vencimiento 2020” podrán segregar del resto de los inversores las posiciones correspondientes a personas humanas cuya tenencia indirecta del título público antes referido registrada al 20 de diciembre de 2019 sea inferior o igual a USD 20.000 y se hubiese mantenido a la fecha de pago, a través de procedimientos o instrumentos idóneos que aseguren los derechos de los cuotapartistas respecto de los activos.

Asimismo, estableció que los órganos activos de los fondos que decidieran proceder de acuerdo a lo establecido deberán informar en forma inmediata a la Comisión a través de la publicación de un “Hecho Relevante” la fecha a partir de la cual han decidido ejercer dicha opción y dentro de las 48 horas remitir las actas de directorio de ambos órganos acreditando la aprobación de esta decisión.

“Deberán tener a disposición de la Comisión el listado del total de los cuotapartistas, la cantidad de cuotapartes en tenencia de cada uno y la composición de la cartera del fondo a la fecha en la cual se hizo ejercicio de la opción”, indica la Resolución.

En tanto, señala que los órganos activos de los fondos comunes de inversión mencionados en el artículo 60 deberán presentar, a la Comisión, con carácter de declaración jurada, la nómina de inversores personas humanas cuya tenencia indirecta del título público antes referido registrada al 20 de diciembre de 2019 sea inferior o igual a USD 20.000 y se hubiese mantenido a la fecha de pago, “con el detalle de la cantidad de cuotapartes en tenencia de cada uno por cada fondo común de inversión”.

Mientras que los órganos activos de los fondos comunes de inversión abiertos aludidos en el artículo precedente, deberán presentar a CAJA DE VALORES S.A., “con carácter de declaración jurada, por cada fondo común de inversión, las posiciones en “Bonos de la Nación Argentina en Moneda Dual Vencimiento 2020” correspondientes a personas humanas cuya tenencia indirecta registrada al 20 de diciembre de 2019 sea inferior o igual a USD $ 20.000 y la misma se hubiera conservado a la fecha de pago del título, debiéndose detallar: i) Denominación del Fondo Común de Inversión; ii) Número de Cuenta Depositante; iii) Número de subcuenta comitente del Fondo Común de Inversión; iv) Código de la especie a liquidar; v) Denominación de la especie a liquidar y vi) valor nominal de la especie a liquidar”.

Agrega además que los órganos activos de los fondos comunes de inversión deberán asegurar la protección de los intereses de los cuotapartistas.

Cabe recordar que a través del Decreto 141/2020, publicado en el Boletín Oficial, se oficializó la semana pasada que “el pago de la amortización correspondiente a los 'Bonos de la Nación Argentina en Moneda Dual Vencimiento 2020′ será postergado en su totalidad al día 30 de septiembre de 2020, a la vez que se interrumpe el devengamiento de los intereses”.

El Gobierno sustentó la decisión haciendo referencia a la declaración de emergencia económica sancionada por el Congreso de la Nación, que contempla “entre las bases de la delegación, la creación de condiciones para asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, que deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos”.

En este marco planteó el objetivo de lograr la normalización del mercado local de deuda pública en pesos, luego de su disrupción tras el diferimiento de los pagos de las letras del tesoro dispuesto por decreto a fines de agosto del año pasado, durante la presidencia de Mauricio Macri.

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