Bienes Personales: los tributaristas advierten que las opciones para invertir los fondos repatriados son muy limitadas

Las opciones que ofrece el Gobierno son la venta en el Mercado Único y Libre de Cambios; la participación en fideicomisos de inversión productiva que constituya el BICE; y la participación en fondos comunes de inversión. Quedaron afuera, por ahora, las inversiones inmobiliarias

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El Gobierno flexibilizó el destino
El Gobierno flexibilizó el destino que se puede dar a los fondos repatriados que ya no deberán ser inmovilizados

A través de un decreto, el Gobierno detalló en qué opciones se podrán invertir los fondos del exterior que sean repatriados antes del 31 de marzo. Una forma de incentivar a los contribuyentes que tienen dinero fuera del país para que traigan una parte de esos fondos —al menos el 5%— y lograr una baja en el impuesto a los Bienes Personales (la alícuota para activos fuera del país alcanza el 2,25%). Sin embargo, algunos tributaristas y analistas financieros estimaron que no son lo suficientemente atractivas para los que dudan sobre los beneficios de traer sus dólares a la Argentina.

Las opciones que ofreció el Gobierno, son tres: la venta de las divisas en el Mercado Único y Libre de Cambios; la participación en fideicomisos de inversión productiva que constituya el BICE (Banco de Inversión y Comercio Exterior); y la participación en fondos comunes de inversión (existentes o nuevos) regulados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Con todo, quedaron fuera las inversiones inmobiliarias. La Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos (Cedu) era una de las que habían solicitado esa posibilidad y no descarta que pueda incorporarse más adelante.

“De las consultas que recibimos, el 50% nos dice que prefiere no traer los fondos y pagar la alícuota del 2,25% y otro 25% que todavía lo va a analizar. Aunque los fondos no tengan que estar inmovilizados, siempre está el ‘riesgo argentino’. Pero creo que las opciones que da el Gobierno son muy limitadas, explicó Carlos Quian, especialista del estudio Teresa Gómez, Carlos Quian & Asociados.

“La opción de vender los dólares, con una brecha arriba del 30% entre el dólar del mercado único y libre de cambios y el dólar bolsa (que ronda los $83) no es atractivo para el pequeño contribuyente. Quizás para el dueño de una empresa o un grupo económico que tenga que hacer frente al pago de impuestos y requiera de esos fondos o para capitalizar sus propias empresas”, agregó Quian.

Con todo, los especialistas en temas impositivos destacan que el esquema es mucho más flexible que lo previsto en la norma previa, donde los fondos debían permanecer inmovilizados en una cuenta bancaria, aunque los incentivos no sean tan claros. “Para poder usar el dinero libremente, invertir en una empresa o para el pago de impuestos, se obliga a pesificarlo al valor oficial. Esos $20 que se pierden por dólar quizás es lo mismo que se ahorra en la alícuota de bienes personales, no tiene ningún incentivo”, destacó Florencia Fernández Sabella, socia en Laiún, Fernández Sabella & Smudt.

Para disponer libremente de los
Para disponer libremente de los fondos que se traen al país, se deben pesificar previamente (REUTERS/Marcos Brindicci)

Que no se haya incorporado la inversión inmobiliaria también es considerado como un desincentivo para los contribuyentes más pequeños, con más temor a otro tipo de inversiones a nivel local. “Todos estábamos esperando que permitan invertir en proyectos inmobiliarios en el país. Esa hubiera sido una opción real para los que tienen activos en el exterior y hubiera servido para reactivar un rubro fundamental de la economía del país”, indicó Ezequiel Passarelli, especialista en impuestos y docente de la UBA.

También coincidió en que las alternativas son muy poco atractivas. “¿Quién va a traer dólares para venderlos en el mercado oficial (a $63) y perder el spread del 30% que hay con el dólar Bolsa o el contado con liquidación? En definitiva, la cuestión consiste en ahorrar el 1% del total de los activos en el exterior o perder el 30% del 5% que hay que traer al país, al pesificar los dólares?”, evaluó.

Por otro lado, otros especialistas consideraron que frente a la opción de tener el dinero inmovilizado, las opciones de inversión son positivas. En el decreto se aclara también que para acceder al beneficio los fondos deben permanecer depositados en una cuenta (caja de ahorro o cuenta corriente), pero también se incluye a los plazos fijos. “Que se permita invertir los fondos inmovilizados y obtener rendimientos mientras dure la inmovilización es un incentivo más a la repatriación”, indicó Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

El especialista también resaltó que al incorporar la pesificación como una opción más, en forma implícita se está indicando que los fondos repatriados se pueden mantener inmovilizados en dólares y no es necesario convertirlos en pesos. Y destacó que el decreto contempla que se pueden dar múltiples destinos a la vez y no es necesario optar por uno solo de ellos.

 Prensa AFIP 162
Prensa AFIP 162

Para Iván Sasovsky, titular de Sasovsky & Asociados, lo positivo de la reglamentación es que otorga cierta “certidumbre” frente a la posibilidad de que los fondos repatriados sean pesificados y se dio un abanico de opciones para tornar más viable traer el dinero del exterior a la Argentina. “Aunque lo que se logra con la repatriación es una baja de la tasa de 2,25% a 1,25%, la máxima que se pagaría en la Argentina, tampoco es una tasa muy baja. Para un patrimonio que genera una rentabilidad de tres puntos al año, es demasiado alto y se puede tornar incluso confiscatorio. Igualmente el Poder Ejecutivo tomó los mejores caminos que se le permitirán dentro de la ley que ya fue aprobada”, explicó.

“Es más seductor traer los fondos al permitir que no queden inmovilizados en el banco. Inclusive algún contribuyente puede pensar en traer más del 5%. Se parece a la repatriación que hicieron con uno de los blanqueos previos", coincidió Silvio Rizza, presidente de la Federación de consejos profesionales de Ciencias Económicas.

En tanto, el tributarista Humberto Bertazza sostuvo que “es una decisión positiva porque se había cuestionado que la única alternativa fuera tener el dinero congelado sin ninguna renta contra la renta que se puede conseguir de hasta el 5% en el exterior. Este decreto abre otras posibilidades, como los fondos comunes de inversión que existen o los que se pueden crear. Quizás el aspecto negativo es que el plazo para la repatriación es corto, hasta el 31 de marzo”.

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