
Jiménez Villalobos fue señalada por la Fiscalía de Costa Rica como pieza clave en la estructura financiera de una organización investigada por tráfico de drogas, contrabando de cigarrillos y licores y venta clandestina de lotería.
El señalamiento sostiene que no solo mantenía una relación sentimental con Alejandro Arias Monge, alias “Diablo”, identificado como líder del grupo, sino que también participaba activamente en el manejo de los fondos, llevando registros detallados de los movimientos de dinero.
Según la Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, Villalobos era responsable de anotar los ingresos y egresos en una función de “contaduría empírica”, consciente de que el dinero provenía de actividades delictivas.
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Este papel, según la acusación presentada ante el Juzgado Penal de Delincuencia Organizada, es fundamental para rastrear el flujo de fondos ilícitos. El Observador informó que el expediente “Colorado” fue la base para dictar tres meses de prisión preventiva a Arias Monge y cinco meses a Jonathan Méndez Pérez, alias “Tan”.
El teléfono y los registros financieros como centro de la causa
Uno de los elementos centrales es el teléfono celular decomisado a Villalobos. De acuerdo con la Fiscalía, el análisis del aparato permitió extraer fotografías, conversaciones, registros financieros y otros documentos que aportaron detalles sobre la operación interna del grupo.

En esas imágenes y archivos se encontraron registros de gastos operativos como recargas telefónicas, combustible, cigarrillos, municiones y pagos a miembros identificados como “Músculo” y “Anllel”.
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Los apuntes también incluían referencias a cantidades y tipos de droga, utilizando los términos “perico” para cocaína, “cajeta” para crack y “mota” para marihuana. Para el Ministerio Público, estos registros forman parte del sistema de control de ingresos, egresos y cuentas pendientes por venta de drogas.
También se hallaron elementos que, según la Fiscalía, permiten vincular a Villalobos directamente con Arias Monge, familiares suyos y otros integrantes de la organización.
Manejo de bienes y pruebas de vida incompatible
La acusación sostiene que Villalobos administraba recursos económicos, resguardaba dinero en efectivo y participaba en la adquisición de bienes muebles e inmuebles para ocultar el origen ilícito del dinero. La policía judicial atribuye a la imputada el uso de testaferros para encubrir la propiedad de inmuebles y vehículos, dificultando el rastreo de los bienes.
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En el expediente se describen operaciones relacionadas con propiedades, vehículos, cuentas bancarias y establecimientos comerciales. Uno de los bienes analizados no estaba a nombre de la acusada, pero los indicios recogidos sugieren que, según el Ministerio Público, se utilizó un testaferro para ocultar la identidad del verdadero propietario.

La Fiscalía destaca que el nivel de vida documentado supera los ingresos reportados por la mujer. Entre las pruebas, se incluyen imágenes de remodelaciones en la vivienda, cambios de pisos, mejoras estructurales, adquisición de mobiliario de alto valor, joyas y el uso de un Range Rover blindado.
El análisis del teléfono permitió documentar una cirugía estética practicada a Villalobos. Se recopilaron presupuestos médicos, facturas, pagos a la clínica, depósitos bancarios, recetas médicas y dictámenes postoperatorios, así como conversaciones sobre la intervención y la recuperación. El informe detalla transferencias bancarias por miles de USD y pagos realizados por terceros, así como un seguimiento completo del procedimiento.
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Proceso judicial y postura de la defensa
El abogado defensor, Gregorio Briglia Peralta, manifestó a El Observador que la acusación de la Fiscalía constituye una hipótesis que debe ser probada y que la carga de la prueba corresponde al Ministerio Público. Remarcó que el proceso se encuentra en una fase inicial, a la espera de la audiencia preliminar, durante la cual la defensa podría presentar gestiones adicionales.
Será el juez de la etapa intermedia quien determine si la acusación cumple los requisitos legales contemplados en el artículo 306 del Código Procesal Penal y si el expediente debe ser elevado a juicio oral y público. Briglia Peralta subrayó que, si el caso avanza, el Ministerio Público deberá “desvirtuar el estado de inocencia” de su representada, como establece la legislación costarricense.
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