
La Sala Constitucional de Costa Rica condenó al Estado por no transferir a las universidades públicas ¢11,521 millones del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) 2025.
La sentencia, hecha pública mientras ya se negocia la asignación presupuestaria del FEES para 2027, determina que la omisión del Ministerio de Hacienda violó el derecho a la educación y debilitó la capacidad operativa de las instituciones, según informó el medio Diario Extra.
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El fallo de la Sala Constitucional, divulgado también por La República, señala que la deuda corresponde a un aumento del 2% aprobado por la Comisión de Asuntos Hacendarios en 2024, luego de que la Comisión de Enlace —integrada por el Poder Ejecutivo, los rectores universitarios y representantes estudiantiles— no lograra acordar el incremento.
Aunque los fondos fueron incluidos en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para 2025, no se transfirieron debido a la decisión del entonces ministro de Hacienda, Nogui Acosta, quien calificó la medida legislativa como “irresponsable para las finanzas públicas” y advirtió que los recursos solo serían liberados “si sobraba la plata”, según publicó La República.
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Según la resolución de la Sala IV, “la Constitución obliga al Estado a garantizar el financiamiento de la educación superior pública y a respetar la autonomía de las universidades estatales, tanto en su funcionamiento como en su gestión financiera”. La omisión del Ministerio de Hacienda —indicada en la resolución 2026-012063— vulneró derechos fundamentales y tuvo impacto directo en la operatividad universitaria.

El Consejo Nacional de Rectores (Conare) y una representante estudiantil presentaron el recurso de amparo al considerar que la retención del monto comprometía “la capacidad para atender las necesidades de la población estudiantil y del personal funcionariado”, de acuerdo a lo consignado en ambos medios.
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Motivos de la retención y reacciones del Gobierno
Los magistrados sostienen que “Hacienda omitió girar ¢11.521.740.110, correspondientes al aumento del 2% aprobado para el FEES”, pese a que ese dinero ya estaba aprobado en la ley de presupuesto. La partida provenía de fondos originalmente destinados al pago de intereses de la deuda pública, decisión que el actual ministro de Hacienda, Rudolf Lücke, calificó como una “irresponsabilidad”.
Lücke explicó en Diario Extra que el Gobierno mantuvo los recursos congelados desde el inicio de su mandato, alegando que tal reasignación genera incertidumbre fiscal, dado que la disponibilidad depende de operaciones financieras como canjes o subastas inversas.
El tribunal ordenó el giro inmediato de los fondos pendientes y condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios. No obstante, la Sala IV aclaró que el dinero ya no debe ser depositado porque el presupuesto del 2025 ya fue ejecutado. Invocando el principio de anualidad presupuestaria, los magistrados advirtieron a las autoridades que eviten en el futuro omitir transferencias de recursos para la educación superior.
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Futuras transferencias y escenario para el FEES

El presidente Rodrigo Chaves comunicó que en 2027 no habrá aumentos en el FEES ni en los recursos asignados a las universidades públicas. Chaves declaró: “El 0% es el 0%. Aquí delante del pueblo de Costa Rica instruyo a los miembros de la Comisión del FEES que de aquí al 8 de mayo se acabó, más bien agradezcan que no les podemos quitar o que no vamos a tratar de quitarles los 17 mil millones de colones, que significaría el ajuste debido a la inflación negativa”, según citó La República.
Esta decisión marca un cambio respecto a la práctica de incrementar los fondos, y detiene cualquier discusión sobre aumentos, incluso ante el debate sobre si la Constitución exige mantener el financiamiento en valores nominales o reales.
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El reciente fallo de la Sala Constitucional y la postura presidencial sobre la congelación de los montos definen el rumbo inmediato de la financiación de la educación superior pública en Costa Rica. Para las universidades estatales, el resultado de la controversia establece un precedente en la protección judicial de los recursos otorgados por ley y en las futuras negociaciones presupuestarias en un contexto de restricción fiscal.
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