
El Consejo de Estado suspendió el lunes 11 de mayo de 2026 los apartes finales del decreto expedido por el Gobierno nacional que exigía a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) transferir anticipadamente recursos a Colpensiones, lo que implica la detención inmediata del traslado de cerca de $5 billones programados para las próximas semanas.
La medida, informada por la Sección Segunda del alto tribunal, responde a la inminencia de la operación y a la urgencia de garantizar un control judicial eficaz antes de que se ejecuten movimientos de suma relevancia en el sistema pensional colombiano.
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Frente a la decisión del máximo tribunal, que actúa como principal órgano consultivo del Gobierno nacional, los fondos privados determinaron que no realizarán el giro de los recursos a la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC). En consecuencia, la entidad técnica adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, anunció el 13 de mayo de 2026 la apertura de procesos investigativos sobre el traslado de recursos de fondos privados a Colpensiones.

El tema involucra $8,7 billones y afecta a 32.803 afiliados que consolidaron su derecho pensional tras cambiarse del régimen de ahorro individual al de prima media. Según la SFC, estas acciones responden a instrucciones expresas del presidente de la República, Gustavo Petro.
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“A la fecha, el monto total de estos recursos asciende a COP 8,7 billones, y corresponden a 32.803 afiliados que ya consolidaron su derecho pensional, de los cuales 24.331 ya están recibiendo su mesada por parte de Colpensiones”, puntualiza el comunicado.
En efecto, cita que “el Decreto 415 de 2026 estableció condiciones y plazos para el traslado de estos recursos. No obstante, dicha norma se encuentra suspendida por los autos del 28 de abril y del 11 de mayo de 2026, proferidos por el Consejo de Estado”.
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El organismo de vigilancia señaló que “las investigaciones anunciadas permitirán tomar las decisiones que legalmente correspondan para proteger los derechos de los consumidores financieros y velar por la estabilidad del sistema financiero colombiano”. Esta medida surge por el estado de suspensión del Decreto 415 de 2026, marco regulatorio del proceso, como consecuencia de los autos emitidos por el Consejo de Estado el 28 de abril y el 11 de mayo de 2026.
Dentro del grupo de beneficiarios, 24.331 personas ya cuentan con el pago de su pensión a través de Colpensiones, mientras sigue pendiente el traspaso efectivo de los fondos asignados.
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Petro anunció nuevos decretos sobre fondos privados y traslado de recursos a Colpensiones
El presidente de la República, Gustavo Petro, anunció la expedición de nuevos decretos y resoluciones para regular el traslado de recursos desde los fondos privados de pensiones hacia Colpensiones, en respuesta a la suspensión temporal del Decreto 415 de 2026 por parte del Consejo de Estado.
Esta decisión, comunicada durante un Consejo de Ministros en la Casa de Nariño, implica la continuidad de la estrategia gubernamental para movilizar cerca de $5 billones desde las AFP hacia el régimen público de pensiones, a pesar de las objeciones judiciales.
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La intervención de Petro estuvo marcada por una advertencia central: si los fondos privados no realizan el traslado de los ahorros de los afiliados que han decidido migrar a Colpensiones en cumplimiento de la ley y sentencias judiciales, el Gobierno iniciará acciones administrativas y penales.
“Si los fondos privados no devuelven los ahorros conforme a las sentencias de la Corte Suprema, se iniciarán acciones administrativas y penales”, sentenció el mandatario.
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En su postura, reiteró críticas directas hacia los propietarios de las AFP y las Entidades Promotoras de Salud (EPS), afirmando que estarían vulnerando las competencias constitucionales del Gobierno e incurriendo en delitos al desinformar sobre el proceso de traslado.
Petro fue enfático al señalar: “Frases como: ‘si se trasladan, pierden sus ahorros’, eso no está en la ley, eso es una trampa y un engaño al pueblo y es un delito”. Además, el Jefe de Estado recordó las facultades de inspección, vigilancia y control contempladas en el artículo 189 de la Constitución Política de 1991, que otorgan atribuciones al Ejecutivo sobre entidades financieras y aseguradoras.
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