
El Ministerio de Salud publicó un proyecto de resolución mediante el cual busca adoptar un nuevo “Protocolo de Atención Integral en Salud para Personas Víctimas de Violencias Sexuales”, una medida con la que actualizaría las obligaciones y criterios que deben aplicar las entidades del sistema de salud en la atención de estos casos. La iniciativa también derogaría la Resolución 459 de 2012, vigente desde hace más de una década.
De acuerdo con el documento, el nuevo protocolo pretende armonizar la atención integral en salud con las disposiciones legales, jurisprudenciales y de política pública expedidas después de 2012, incluyendo normas relacionadas con derechos sexuales y reproductivos, salud mental, protección de niñas, niños y adolescentes, enfoque diferencial y atención a mujeres víctimas de violencia.
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El proyecto señala que el protocolo tendría carácter de “obligatorio cumplimiento en todo el territorio nacional” para los actores definidos dentro de la resolución; y establece que no se limitaría a la atención clínica inmediata, sino que incluiría criterios mínimos para el abordaje integral de las víctimas, el restablecimiento de derechos, la articulación intersectorial y la garantía de calidad en los servicios de salud.
Nuevas obligaciones para EPS, IPS y entidades territoriales

Uno de los principales cambios planteados en el proyecto es la ampliación expresa del ámbito de aplicación de la resolución. El ministerio indicó que las disposiciones serían obligatorias para las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales; las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB); las entidades que administren planes voluntarios de salud; las entidades adaptadas; los prestadores de servicios de salud y otras instituciones responsables de acciones relacionadas con promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación.
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El documento también contempla que los regímenes especiales, de excepción y otros sistemas específicos puedan ajustar y adaptar las disposiciones conforme a su autonomía administrativa y al marco normativo aplicable.
Dentro de las disposiciones incluidas en el proyecto se señala que la inspección, vigilancia y control quedaría a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud y de las entidades territoriales, las cuales deberán verificar que las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud cumplan con las normas de habilitación y acreditación, así como con la disponibilidad de servicios especializados para víctimas de violencia sexual en sus redes de atención.
Atención integral y actualización permanente

El Ministerio de Salud indicó que la actualización del protocolo contó con la participación de expertos temáticos, organizaciones no gubernamentales, academia, asociaciones científicas, organizaciones sociales y entidades del Estado con experiencia en atención integral a víctimas de violencia sexual. Según el documento, estos actores realizaron aportes para la revisión técnica y conceptual de la nueva propuesta normativa.
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El articulado también establece que el documento técnico del protocolo será revisado y actualizado de manera periódica conforme a avances técnicos, normativos y conceptuales, así como a nueva evidencia científica o cambios regulatorios que se presenten en el país.
En la parte final del proyecto, el ministerio señala que la resolución entraría en vigencia una vez sea publicada oficialmente y derogaría las disposiciones contenidas en la Resolución 459 de 2012.
Cabe destacar que el proyecto cita un amplio conjunto de normas nacionales e instrumentos internacionales que sirven de soporte jurídico para la actualización del protocolo. Entre ellos aparecen la Constitución Política, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
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Además, menciona la Sentencia C-754 de 2015 de la Corte Constitucional. En el texto se recuerda que esa decisión estableció que “todas las entidades del sistema de salud están en la obligación de implementar el Protocolo y el Modelo de Atención Integral en Salud para las Víctimas de Violencia Sexual”, incluyendo procedimientos relacionados con la interrupción voluntaria del embarazo, la objeción médica y la asesoría a las mujeres frente a la continuidad o interrupción del embarazo.
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