
En medio de la búsqueda de los elementos que faltan por recuperar de Mateo Pérez Rueda, el periodista y estudiante de ciencia política de la Universidad Nacional de Colombia, sede Medellín, torturado y asesinado, al parecer, por hombres del frente 36 de las disidencias de las Farc, un detalle llamó la atención como parte de la revisión de las redes sociales del joven de 24 años.
Como era de conocimiento público, Pérez Rueda fundó y lideró una serie de publicaciones desde su medio regional El Confidente, en el que denunció problemas en Yarumal y Briceño, y en una de las publicaciones que el joven realizó por sus perfiles en Facebook e Instagram, antes de viajar al municipio en el que encontró la muerte por ejercer el periodismo.
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Sin embargo, en una de las publicaciones que hizo Mateo, el apuntado fue uno de los máximos cabecillas de las disidencias de las Farc, Néstor Gregorio Vera Fernández, alias Iván Mordisco.
En esa ocasión, abril de 2025, y un año antes, el periodista escribió: “Hay que tener fe en nuestro Ejército Nacional de Colombia. De este año no va a pasar y con la experiencia en inteligencia del Estado colombiano se le dará de baja a este criminal”.

Las palabras venían acompañada de una imagen con el volante de anuncio del pago de la millonaria recompensa por el líder guerrillero: $4.450′000.000.
No obstante, casi más de un año después el joven periodista se aventuró en solitario a conocer de primera mano la realidad que atraviesa Briceño, y aunque no fue abordado por hombres de Mordisco (Estado Mayor Central —EMC—), al final terminó siendo retenido por sujetos armados liderados por Jhon Édison Chalá Torrejano, alias Chalá, y que comanda el frente 36 de la disidencia de las Farc bajo el dominio de Alexander Díaz Mendoza, alias Calarcá (l Estado Mayor de Bloques y Frente —Embf—).
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El revés de la Fiscalía a Gustavo Petro
La Fiscalía General de la Nación ha decidido mantener activas las órdenes de captura contra 29 integrantes del Clan del Golfo, decisión que frena de momento la petición del Gobierno de Gustavo Petro para suspenderlas y así habilitar el traslado de estos miembros del grupo armado a las Zonas de Ubicación Temporal.
Según el ente investigador, las capturas solo se suspenderán cuando se verifique que cada uno de los incluidos en la lista cumple con las condiciones legales estipuladas, lo que representa un requisito imprescindible para cualquier avance en el proceso de diálogo formal con esta organización criminal.
Entre los implicados figura Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, conocido como Chiquito Malo, jefe máximo del Clan del Golfo y solicitado en extradición por Estados Unidos.
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La Corte Suprema de Justicia emitió en diciembre de 2025 concepto favorable para su entregabilidad, pero la decisión final sigue en manos de la presidencia, tal como detalló la Fiscalía en comunicación oficial recogida por Infobae.
El 8 de mayo de 2026, el Ejecutivo nacional había solicitado la suspensión temporal de estas órdenes de captura, argumento que fundamentó en la necesidad de garantizar condiciones para la desmovilización y para iniciar conversaciones con el Clan del Golfo.
Antes, y mediante la Resolución Occp No. 120, fechada el 29 de abril de 2026, el Gobierno autorizó el traslado preparatorio de los 29 integrantes a dos Zonas de Ubicación Temporal (ZUT), situadas en los departamentos de Córdoba y Chocó, cuyo funcionamiento arrancará a partir del 25 de junio de 2026.
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Dicha medida fue coordinada por la Oficina del Consejero Comisionado de Paz y tiene como propósito central facilitar el tránsito de los miembros del grupo armado hacia el sometimiento a la justicia, la entrega de armas y la desarticulación de las estructuras ilegales.

No obstante, la Fiscalía detalló en su informe: “La ZUT debe entenderse como un medio para facilitar la desmovilización, el sometimiento a la justicia y el desmantelamiento del grupo, no como el punto final del proceso ni como una habilitación general de movilidad”.
El Ministerio Público también advirtió sobre la necesidad de establecer mecanismos de monitoreo “claros y verificables” para garantizar control estatal efectivo sobre estos individuos.
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