
En la tarde del martes 12 de mayo, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) confirmó la expulsión definitiva del general retirado Mauricio Alfonso Santoyo Velasco, exjefe de seguridad del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
La decisión, confirmada por la Sección de Apelación, implica la remisión de su caso a la Fiscalía y la pérdida total de los beneficios que otorga la justicia transicional en medio del proceso que se adelanta por desapariciones forzadas y vínculos con el paramilitarismo.
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El proceso contra Santoyo se centra en dos investigaciones penales por la desaparición de Patricia Monsalve Pulgarín y Ángel José Quintero Mesa, defensores de derechos humanos desaparecidos en Medellín en octubre del año 2000. Ambos pertenecían a la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (Asfaddes) y habían denunciado la intervención de uniformados en desapariciones ocurridas en la región.
La JEP determinó que Santoyo incumplió de manera grave e injustificada el régimen de condicionalidad, al no aportar verdad suficiente ni colaborar plenamente con el esclarecimiento de los hechos.

El tribunal transicional consideró insuficiente la información proporcionada, que se limitó a referencias bibliográficas institucionales y afirmaciones genéricas, y advirtió que admitir tales contenidos equivaldría a defraudar tanto a las víctimas como a la justicia.
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“Por el contrario, el acceso y permanencia en el SIP exigen un esfuerzo verificable y significativo de contribución a la verdad de lo ocurrido. Dicho aporte debe permitir la constatación de lo afirmado, la identificación de las acciones propias y de terceros, así como de las redes, motivaciones, patrones y prácticas criminales”, señaló la JEP en su fallo.
El tribunal también descartó la solicitud de Santoyo de enfrentar un juicio adversarial dentro de la JEP, recordando que esta ruta es subsidiaria y excepcional, y que solo puede ser activada por las salas y secciones, no por el compareciente.
De acuerdo con los magistrados, el incumplimiento del exoficial no se limita a la voluntad formal de comparecer, sino a la ausencia de verdad plena y útil sobre su relación con estructuras paramilitares y la eventual desviación de funciones institucionales.
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Detalles del caso y antecedentes judiciales

Al momento de la desaparición de Monsalve Pulgarín y Quintero Mesa, la Fiscalía General de la Nación identificó la interceptación ilegal de más de 2.020 líneas telefónicas, incluidas las de los activistas. Para entonces, Santoyo dirigía el Gaula de Medellín, y las interceptaciones se habrían realizado mediante órdenes falsas firmadas por integrantes de esa unidad.
A pesar de los indicios recopilados por la Fiscalía, Santoyo no fue judicializado por estos hechos en ese momento y continuó su carrera militar. En agosto de 2012, fue condenado en Estados Unidos por conspiración para proveer apoyo material y recursos a una organización terrorista extranjera, específicamente las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Tras cumplir una condena de siete años, fue deportado a Colombia en abril de 2019, donde fue capturado para responder por los casos de desaparición forzada.
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Consecuencias de la expulsión y traslado del caso
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP ordenó la puesta a disposición inmediata de Santoyo ante la Fiscalía 56 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de Bogotá, para que continúe el proceso penal, que se encuentra en etapa de acusación y con medida de detención preventiva vigente desde abril de 2019.

Durante su estadía en la JEP, Santoyo había solicitado la libertad, alegando vencimiento de términos y falta de responsabilidad en los hechos imputados. Además, sostuvo que su aceptación de cargos en Estados Unidos formó parte de una estrategia de defensa y no de una confesión real de culpabilidad.
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“PONER A DISPOSICIÓN INMEDIATA de la Fiscalía 56 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de Bogotá D.C. al señor GR (r) Mauricio Alfonso Santoyo Velasco, con el fin de continuar con el trámite del proceso No. 10179, que actualmente se encuentra en etapa de acusación, y de continuar con el cumplimiento de la medida de aseguramiento de detención preventiva impuesta por dicho despacho el 26 de abril de 2019, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 522 del 16 de febrero de 2026”, confimó la resolución.
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