
El pago de la prima de junio para trabajadoras domésticas en Colombia es un deber legal que cubre tanto a las que trabajan por días como a quienes prestan servicios a tiempo completo. La ley exige que el cálculo de la prestación sea proporcional, teniendo en cuenta todos los conceptos salariales recibidos durante el semestre.
Una trabajadora doméstica contratada por días debe recibir la prima de junio acorde al número de jornadas que laboró en realidad entre enero y junio. Para determinar el monto, se suman el salario base diario y el auxilio de transporte, se multiplican por la cantidad de días trabajados y el resultado se divide entre 360.
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En Colombia, todas las personas empleadas de manera formal en el sector doméstico están amparadas por la Ley 1788 de 2016, que garantiza el pago de la prima de servicios, sin importar si se trata de empleo de tiempo completo o por días. El beneficio aplica a quienes ejecutan labores de:
- Aseo.
- Cocina.
- Lavado.
- Planchado.
- Cuidan niños.
- Conducen vehículos familiares.
- Trabajan como jardineros, mayordomos o cuidadores de fincas.
Los empleadores deben reconocer la prima de servicios de forma proporcional al tiempo trabajado, lo que abarca también los contratos a jornada parcial o con frecuencia semanal o quincenal. No hay exclusión para los que solo cumplen determinadas jornadas, siempre que exista una relación laboral dependiente y regular.
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Las consultas sobre cómo proceder con la liquidación de esta prestación suelen surgir cada mes de junio, por lo que se resalta la importancia de comprender los fundamentos legales y los procedimientos correctos de pago.
Plazos y valor global de la prima de junio
La prima de servicios equivale a un mes de salario por cada año trabajado, distribuido en dos pagos:
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- El primero debe efectuarse antes del 30 de junio.
- El segundo, en los primeros 20 días de diciembre.
Para las trabajadoras domésticas con contrato a tiempo completo, esto significa 15 días de salario en cada cuota. Si el vínculo laboral fue inferior al semestre completo, el pago debe hacerse por el tiempo efectivamente laborado. El empleador está obligado a respetar los plazos definidos por ley, pues cualquier retraso genera consecuencias legales e incluso sanciones económicas.
Cálculo proporcional y ejemplos prácticos de la prima
Para los trabajan por días, la fórmula oficial de cálculo es:
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- Salario base + auxilio de transporte × días trabajados ÷ 360.
- Deben incluirse horas extras, recargos y todo concepto que constituya salario.
- El auxilio de transporte debe sumarse siempre que la remuneración no exceda de dos salarios mínimos.
Por ejemplo, una empleada que asiste un día por semana durante el semestre de enero a junio cumple unas 24 jornadas. Si el valor total diario que percibe, incluidas todas las prestaciones, es de $76.393, el cálculo de la prima se obtiene al multiplicar esa suma diaria más el auxilio de transporte por los 24 días y dividendo el resultado por 360.

Quienes reciben el salario mínimo legal vigente con auxilio de transporte suelen obtener una prima de junio en torno a $1.000.000 por semestre. El método asegura que la liquidación refleje únicamente los días trabajados, nunca un valor estándar mensual, para así garantizar un pago equitativo y ajustado a la realidad laboral.
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Qué conceptos se incluyen al calcular la prima
El cálculo de la prima debe considerar todos los rubros salariales:
- Salario base.
- Auxilio de transporte.
- Horas extras.
- Recargos.
- Cualquier suma que legalmente se integre al salario.
Omitir cualquiera de estos puede derivar en reclamaciones legales y en sanciones al empleador.
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Se debe tener en cuenta que el auxilio de transporte es un componente obligatorio para salarios de hasta dos mínimos legales ($4.000.000) y resulta indivisible en la liquidación de la prima. Además, se debe respetar siempre el derecho al descanso dominical cuando corresponda según la jornada y legislación vigente.
Una liquidación correcta de todos estos conceptos garantiza que los derechos de este grupo de trabajadores, históricamente frágil en términos laborales, sean protegidos en cada ciclo de pago.
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Sanciones y nuevas reglas de la Reforma Laboral para el trabajo doméstico
La omisión en el pago de la prima de junio tiene repercusiones legales inmediatas. Cada día de retraso corresponde a una multa equivalente a un día de salario, conforme al artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.
La Reforma Laboral de 2025 insiste en la obligación de formalizar el empleo doméstico mediante contratos por escrito, pago por canales bancarios y documentación precisa de todas las prestaciones, incluida la prima. Así se promueve mayor seguridad jurídica tanto para la parte empleadora como para quien trabaja.
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La prima de junio se gestiona al margen de los aportes a la seguridad social, que también deben ser cumplidos para efectos tributarios. Es fundamental asegurar que cada obligación laboral esté respaldada por la evidencia documentada y el respeto pleno a los derechos, entre los que sobresalen el auxilio de transporte y el descanso semanal reglamentario.
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