
El Gobierno nacional, a través de la Unidad para las Víctimas, anunció avances en la estrategia de giros de atención y ayuda humanitaria dirigida a las personas afectadas por el conflicto armado en Colombia.
Gracias a la habilitación de más de 21.900 puntos de atención en todo el país, la cobertura de estos pagos humanitarios alcanzó el 94% del territorio nacional, facilitando el acceso a recursos fundamentales para la estabilización de miles de hogares en situación de vulnerabilidad.
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Cobertura y alcance de los giros humanitarios
Según cifras oficiales, en lo que va de 2026 se han realizado más de 51.000 giros de ayuda humanitaria en 25 departamentos, beneficiando a víctimas previamente incluidas en las rutas de atención. Estos pagos forman parte de la política nacional de reparación integral y buscan atender las necesidades básicas de quienes han sufrido hechos victimizantes, asegurando recursos para alimentación, vivienda, transporte y atención inmediata.

La ampliación del número de giros y puntos de pago ha tenido un impacto directo en la calidad de vida de los beneficiarios, permitiendo que más familias accedan a la asistencia sin desplazarse grandes distancias ni exponerse a riesgos adicionales.
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Cómo acceder a los beneficios: requisitos y pasos
Para ser beneficiario de las ayudas humanitarias que otorga la Unidad para las Víctimas, es imprescindible estar incluido en el Registro único de Víctimas (RUV). El proceso inicia con la declaración de los hechos victimizantes ante una oficina del Ministerio Público (Personerías, Defensorías, Procuradurías), puntos de atención de la Unidad o consulados en el exterior.
En la declaración, la persona debe narrar con detalle las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos, aportar la documentación requerida y firmar el formato único establecido. Una vez realizada la declaración y tras una valoración técnica y jurídica, la Unidad emite una resolución de inclusión o no inclusión en el RUV. En caso de negativa, el interesado puede interponer un recurso de reposición o apelación dentro de los cinco días siguientes a la notificación.
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Consulta y gestión en línea
Los beneficiarios pueden consultar su estado y gestionar ayudas a través de la plataforma Unidad en Línea (unidadenlinea.victimas.gov.co), donde es posible actualizar datos, solicitar ayudas y acceder a información sobre los próximos giros usando la cédula y el correo electrónico. La entidad insistió en que todas las gestiones deben hacerse por canales oficiales y sin intermediarios, para evitar fraudes.
Canales y modalidades de entrega
La entrega de los recursos se realiza principalmente a través del operador 4/72, con una red de puntos de atención que abarca el 94 % de los municipios. El objetivo es alcanzar el 100 % de cobertura, en especial en zonas rurales dispersas y de difícil acceso. Los pagos se efectúan en modalidad de giro, permitiendo que los beneficiarios retiren el dinero en puntos autorizados de manera rápida y segura.
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Los servicios ofrecidos por la Unidad de Víctimas incluyen, además de la ayuda humanitaria inmediata, la indemnización administrativa, el acceso a subsidios de vivienda, ayudas educativas y atención médica y psicosocial.
Para quienes requieran atención prioritaria —personas mayores de 68 años, personas con discapacidad o enfermedades graves— existe una ruta de indemnización acelerada, gestionable por correo electrónico o WhatsApp.
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La subdirectora de Asistencia y Atención Humanitaria, Karol Ortigoza, destacó que “estamos trabajando de la mano del operador 4/72 para alcanzar la cobertura del 100% del territorio nacional, reafirmando nuestro compromiso de que la ayuda llegue de manera oportuna y segura a la población víctima”. La funcionaria invitó a las víctimas a consultar únicamente los canales oficiales y acercarse a los puntos autorizados para evitar intermediarios y fraudes.
Proceso de inscripción y recursos
Para quienes aún no estén incluidos en el RUV, el trámite es gratuito y se realiza en oficinas del Ministerio Público, puntos de atención de la Unidad o consulados. El tiempo máximo de respuesta para la inscripción es de 60 días hábiles. Si la solicitud es negada, el solicitante puede presentar recursos de reposición o apelación para exigir una revisión de su caso.
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