El posible ingreso del exalcalde de Medellín Daniel Quintero al gobierno de Gustavo Petro como superintendente de Salud ocurre en un momento marcado por escándalos judiciales y sanciones administrativas.
La designación del exfuncionario coincide no solo con la crisis en el sector salud, sino con su citación a juicio por el caso Aguas Vivas, el proceso penal más importante que pesa sobre su gestión al frente de la administración municipal.
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El proceso judicial que involucra a Quintero está relacionado con supuestas irregularidades en la restitución de un lote de propiedad pública, identificado como Aguas Vivas, ubicado en El Poblado.
De acuerdo con las denuncias, entre febrero de 2020 y mayo de 2023, durante su alcaldía, funcionarios bajo su mando habrían modificado la cesión gratuita del predio para convertirla en una compraventa a particulares, lo que permitió el pago de cerca de $40.500 millones a un grupo de empresarios.
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Además, los fiscales acusan a Quintero y a su exsecretario general Fabio Andrés García Trujillo de expedir actos administrativos irregulares para incrementar el avalúo del terreno, cederlo a manos privadas y autorizar desarrollos urbanísticos contrarios al Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín.
El exalcalde, que aspiró sin éxito a la Presidencia tras dejar su cargo, fue imputado por la Fiscalía en 2023. El escrito de acusación presentado meses después implicó a un total de 13 personas.
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Las conductas investigadas incluyen peculado por apropiación, prevaricato por acción e interés indebido en la celebración de contratos, conforme al expediente.
Pese a la presentación de la acusación y la apertura de audiencias a finales del año 2025, el llamado formal a juicio aún no se ha realizado.
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Los abogados defensores de Quintero, Luis Antonio Hernández, Juan Felipe Criollo y Santiago Trespalacios objetaron la consistencia del proceso, señalando supuestas falencias en la labor de la fiscal Yarlecy Mena al estructurar el caso. Estas objeciones concentraron la atención de las últimas audiencias, destinadas a analizar la nulidad de la imputación antes de avanzar en la causa.
La próxima diligencia está programada para el 29 de abril, cuando los defensores presentarán sus argumentos de nulidad. Tras escuchar a las partes, la jueza deberá decidir si acepta o rechaza estos recursos. Si la resolución es negativa para la defensa, la decisión podrá ser apelada y pasaría a revisión del Tribunal Superior de Medellín. Para una fuente citada por el medio, “ese trámite no creo que se resuelva este año”.
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El antecedente disciplinario: inhabilitación por participación política
La Procuraduría General de la Nación ratificó el 21 de noviembre de 2025 la inhabilidad especial de seis meses contra Daniel Quintero, exalcalde de Medellín, por su participación en política durante el ejercicio de su cargo.
Esta confirmación en segunda instancia, que surgió por una declaración pública realizada por Quintero en la campaña presidencial de 2022, implica que ahora será el Consejo de Estado quien revise de manera automática la medida y determine si esta sanción se mantiene vigente.
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El proceso disciplinario que motivó esta sanción se originó cuando la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular consideró que Quintero empleó “expresiones veladas a favor del Pacto Histórico”, en referencia a la frase “el cambio en primera”, manifestada durante la contienda presidencial.
El fallo determinó que este pronunciamiento tenía el objetivo de respaldar una candidatura específica en la primera vuelta electoral, lo que constituye una violación al deber de neutralidad exigido a los funcionarios de elección popular.
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El procurador general Gregorio Eljach fundamentó la decisión al afirmar que, con esta conducta, Quintero impactó “el equilibrio democrático” y “la confianza pública en la neutralidad de la administración”.
La sanción disciplinaria consiste en seis meses de inhabilidad para ejercer cargos públicos y fue impuesta inicialmente por el ente de control en primera instancia.
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La resolución precisa que el proceso disciplinario no culmina con esta confirmación: “Remitir el cartulario disciplinario a la Sala Especial de Revisión del Consejo de Estado (reparto), para que allí se surta el trámite y decisión del recurso de revisión correspondiente.
En consecuencia, la ejecución de la sanción impuesta queda suspendida, hasta tanto la jurisdicción contenciosa administrativa se pronuncie sobre el mecanismo judicial antedicho”, según señala el documento citado por El Tiempo. Hasta que el Consejo de Estado se pronuncie, la sanción no se ejecutará.
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