En un nuevo capítulo del proceso judicial por el escándalo de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), la Procuraduría General de la Nación sorprendió al respaldar la solicitud de libertad por vencimiento de términos presentada por la defensa de la exconsejera Presidencial para las Regiones, Sandra Ortiz.
Durante la audiencia realizada ante un despacho penal de Bogotá, el Ministerio Público intervino para pedir que se reconociera que los plazos legales establecidos para la detención preventiva ya habrían sido superados, al considerar que parte de las actuaciones dentro del proceso no pueden calificarse como maniobras dilatorias atribuibles a la defensa, sino como ejercicios legítimos del derecho a controvertir la acusación.
El pronunciamiento estuvo a cargo del procurador judicial penal en Bogotá, Fernando Tribin, quien expuso un análisis detallado del desarrollo del proceso desde la presentación del escrito de acusación y la posterior etapa preparatoria.

En su intervención, Tribin insistió en que múltiples actuaciones realizadas por la defensa —como solicitudes de pruebas, búsquedas selectivas en bases de datos y recursos judiciales— hacen parte del ejercicio normal del derecho de defensa y no pueden ser interpretadas automáticamente como estrategias para dilatar el proceso.
En uno de los apartes más relevantes de su intervención, el procurador afirmó que dichas actuaciones “son claramente legítimas para el ejercicio de la defensa” y explicó que las suspensiones registradas dentro del proceso obedecen principalmente a la práctica de pruebas solicitadas por la defensa, lo que implica que su impacto en los términos procesales debe analizarse con cuidado y no de forma automática en contra del procesado.
Tribin fue enfático en señalar que no todas las actuaciones de las partes pueden catalogarse como dilatorias.
Según su planteamiento, solo aquellas solicitudes que de manera evidente busquen frenar el avance del proceso podrían tener ese carácter, mientras que las gestiones encaminadas a garantizar el derecho de defensa no deberían descontarse de manera desfavorable para la persona procesada.
En ese sentido, el Ministerio Público sostuvo que el tiempo transcurrido desde el inicio formal de la acusación supera los criterios que, en su interpretación, permitirían conceder la libertad por vencimiento de términos.
De acuerdo con los cálculos expuestos en audiencia, el lapso neto alcanzaría los 309 días, cifra que, incluso después de aplicar las reducciones por suspensiones y actuaciones procesales, estaría por encima del límite de 240 días previsto en el artículo 317 del Código de Procedimiento Penal para este tipo de casos.

La Procuraduría también precisó que entre diciembre de 2025 y marzo de 2026 se desarrollaron múltiples actividades procesales, incluidas audiencias de control, solicitudes de pruebas y trámites judiciales asociados a la obtención de información.
Estas acciones, según el ente de control, fueron en su mayoría solicitadas por la defensa y aprobadas por el despacho judicial, lo que refuerza la idea de que se trató de actividad procesal legítima.
En palabras del procurador Tribin, parte de estas gestiones “son claramente legítimas para el ejercicio de la defensa de la señora Sandra Liliana Ortiz Nova”, insistiendo en que no pueden ser desconocidas a la hora de evaluar el cómputo de los términos.
También aclaró que otras solicitudes como hábeas corpus, revocatorias y recursos adicionales, aunque múltiples, no necesariamente alteran el conteo legal de manera automática.
Esta posición contrasta con la postura de la Fiscalía General de la Nación, que en el mismo escenario judicial ha sostenido que existen elementos suficientes para mantener la detención preventiva de Ortiz, al considerar que las condiciones del proceso y la gravedad de los hechos investigados justifican la continuidad de la medida de aseguramiento mientras avanza el juicio.
El caso contra la exfuncionaria se centra en su presunta participación en una red de tráfico de influencias y lavado de activos relacionada con la Ungrd.
Según la acusación, Ortiz habría participado en la articulación de un esquema destinado a direccionar contratos y gestionar recursos con fines políticos, en el que también habrían intervenido otros funcionarios y congresistas.
Dentro del expediente se mencionan encuentros en los que habrían participado el exsubdirector de la Ungrd, Sneyder Pinilla, y el entonces presidente del Senado, Iván Name, así como el representante Andrés Calle, en los que se habrían discutido presuntos pagos y apoyos políticos a cambio de favorecer decisiones legislativas. Estos señalamientos hacen parte del conjunto de pruebas presentadas por la Fiscalía en la imputación de cargos.
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