
La Procuraduría General de la Nación (PGN) instaló una mesa interinstitucional para analizar los impactos jurídicos, contractuales, económicos y sociales derivados del proyecto de decreto del Gobierno colombiano que propone establecer un tope general en pesos para la vivienda de interés social (VIS) y de interés prioritario (VIP). La medida, criticada por expertos y gremios porque haría que estas suban de precio, sustituye la referencia habitual a salarios mínimos y generó inquietud sobre la seguridad jurídica de contratos en curso.
El organismo lideró acciones preventivas para anticipar los riesgos asociados al cambio en la forma de fijar el valor máximo de la VIS y VIP de salarios mínimos a pesos colombianos. La entidad convocó, para el 9 de marzo, a órganos estatales y gremios del sector para profundizar en las consecuencias jurídicas, financieras y contractuales, así como en los posibles efectos sobre la protección de los beneficiarios de vivienda.
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En la primera mesa interinstitucional, participaron el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Superintendencia de Industria y Comercio, Departamento Nacional de Planeación, y representantes del sector constructor, entre ellos Camacol, Asocajas y Asobancaria.

Según la Procuraduría, el objetivo de este espacio es anticipar los riesgos en los instrumentos jurídicos y contratos actuales a partir del análisis del proyecto de decreto.
De igual manera, esta destacó la necesidad de mantener la coherencia normativa y la estabilidad financiera del sector de vivienda. También resaltó “la importancia de salvaguardar los derechos de los hogares beneficiarios de VIS y VIP, al señalar que toda modificación normativa debe contar con suficiente respaldo técnico y legal, así como prever posibles controversias”.
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Impactos jurídicos, económicos y contractuales del decreto VIS
El proyecto de decreto elimina la fijación del valor de la vivienda de interés social y la VIP en salarios mínimos legales mensuales vigentes, para establecerlo en pesos colombianos desde el inicio del proceso inmobiliario. En la actualidad, el precio de estas viviendas se determina según una cantidad de salarios mínimos y se actualiza anualmente con el incremento de ese indicador, generando automáticamente ajustes en los pagos.
Al respecto, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio sostiene que el nuevo modelo permitirá mayor previsibilidad en los contratos y evitará modificaciones recurrentes por el alza del salario mínimo. La Procuraduría General de la Nación advirtió, sin embargo, que la transición requiere un análisis detallado, porque podría afectar la estabilidad de obligaciones vigentes asumidas bajo el esquema anterior.
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Figuras legales como la promesa de compraventa, el encargo fiduciario y la opción de compra son habituales en la compraventa de vivienda podrían verse impactadas por el cambio en la referencia de precios. Según la Procuraduría, el enfoque preventivo implica revisar cómo la transición al nuevo modelo afectará esos compromisos y evitar litigios que puedan perjudicar a los beneficiarios.

Cifras clave y límites de precio para vivienda VIS y VIP
El proyecto mantiene los límites históricos: hasta 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes para VIS y 90 salarios mínimos para VIP. Para el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, el máximo permitido para VIS rural se eleva a 280 salarios mínimos debido a los costos logísticos y condiciones especiales de la región.
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Según el Ministerio de Vivienda y la Contraloría General de la República, en Colombia se comercializan cada año más de 100.000 viviendas de interés social, que representan más de la mitad del mercado habitacional nacional. Con el nuevo esquema, los vendedores estarán obligados a informar el precio total de la vivienda, de manera clara y en pesos, desde el momento en que el comprador manifieste su interés mediante documentos como separación, promesa de compraventa, encargo fiduciario u opción de compra.
Además, el decreto prevé que el precio fijado al momento de la firma será el único exigible durante el contrato, lo que evita ajustes automáticos por aumentos en el salario mínimo. La disposición busca dar mayor claridad tanto a compradores como a vendedores y disminuir la posibilidad de interpretaciones erróneas en la ejecución de los acuerdos.
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Riesgos y preocupaciones para proyectos en ejecución
La Contraloría General de la República señaló dudas sobre el trato que recibirán los contratos y proyectos en curso firmados bajo el esquema de salarios mínimos. La entidad advirtió que numerosos contratos y planes financieros se basan en la referencia antigua, por lo que el cambio podría requerir ajustes contractuales y administrativos complejos.
Hasta el momento, el Gobierno no definió una ruta clara para manejar la transición de los negocios jurídicos vigentes bajo el sistema anterior. En la segunda mesa técnica de seguimiento, el contralor delegado para vivienda, José María Borras, señaló que el valor máximo de las viviendas se mantendrá en los límites establecidos, pero ahora definidos y exigibles en pesos colombianos, no en salarios mínimos.
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Resaltó el funcionario que la falta de directrices claras deja en incertidumbre a los proyectos de vivienda en ejecución, lo que genera preocupación en el sector por el futuro de los que ya firmaron contratos con topes ligados al salario mínimo.
Seguimiento institucional y próximos pasos
La Procuraduría General de la Nación continuará el monitoreo del proceso de discusión y eventual implementación del nuevo esquema normativo, mientras la Contraloría prevé más mesas técnicas para reunir las visiones de todos los actores involucrados. La Superintendencia de Industria y Comercio desempeñará funciones de inspección, vigilancia y control del cumplimiento de lo que disponga el decreto.
En las sesiones de seguimiento, las entidades públicas ratificaron su compromiso con la protección de los derechos de los compradores de VIS y VIP. El propósito es consolidar criterios técnicos y legales compartidos entre gremios, autoridades y organismos de control, para impedir que la transición normativa afecte la seguridad jurídica, la sostenibilidad financiera o la estabilidad contractual de los proyectos habitacionales en Colombia.
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