
El gremio de fondos privados de pensiones en Colombia advirtió sobre las graves repercusiones que podría tener el decreto del Ministerio de Trabajo, que obligaría al traslado inmediato de más de $25 billones en cuentas de ahorro individual a Colpensiones, utilizando una fórmula que, según Asofondos, contraviene la directriz legal vigente y pone en riesgo la sostenibilidad financiera de la reciente reforma pensional.
El proyecto de decreto establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tendrán un plazo de 15 días, contados a partir de la expedición del decreto, para girar a Colpensiones los saldos de ahorro individual de quienes optaron por el traslado en el marco de la reforma. El monto total alcanza los más de $25 billones, lo que representa un volumen económico sin precedentes en la historia reciente del sistema pensional colombiano.
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Asofondos, el gremio que representa a Colfondos, Skandia, Protección y Porvenir, subrayó que la transferencia inmediata de estos recursos es ilegal en tanto el artículo 76 de la Ley 2381 permanece vigente. Esta norma determina que los fondos en cuestión deben “ser ahorrados y trasladados solo a la edad de pensión al fondo de ahorro del Banco de la República”, de acuerdo con lo informado por el gremio.

El presidente de Asofondos, Andrés Velasco, explicó que “dicho decreto busca que las AFP giren a Colpensiones más de 25 billones de pesos, para usarlos de manera contraria a lo que ordena la Ley, lo cual implica que se liberarían recursos del presupuesto general de la nación por un monto equivalente y una afectación del ahorro pensional que se quiso preservar en la reforma pensional de la Ley 2381, agravando aún más la sostenibilidad futura de esa reforma y de las finanzas públicas”.
En reacción a las declaraciones del gremio, el presidente de la República, Gustavo Petro, aseguró en su cuenta de X que “los traslados de cotizantes de fondos privados a Colpensiones se vienen realizando desde antes de este gobierno, son decenas de miles de personas y lo hacen porque en Colpensiones adquieren mejores condiciones de pensión que en el fondo privado, que en realidad no pensiona s la mayoría de las y los cotizantes (sic)”.

A la par, señaló que “la ley que fue retenida por Ibáñez, precisamente buscando que no compitan los dos regímenes, de cuenta individual y de prima media, sino que se complementen en la formación de pilares, pero aún no se puede aplicar (sic)”.
Y advirtió que “la consecuencia en el tiempo de no aplicar la ley aprobada por el Congreso es que los fondos privados quebrarán por sí mismos (sic)”.
En qué va la reforma pensional

La Corte Constitucional enfrenta una nueva demora en la decisión sobre el futuro de la reforma pensional, tras la aceptación del impedimento presentado por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, ponente original del caso, y la reasignación de la ponencia a la magistrada Paola Andrea Meneses.
Esta reconfiguración en el análisis jurídico retrasa aún más una definición que, según El Tiempo, resultará determinante para el avance del proyecto más emblemático de la administración del presidente Gustavo Petro.
La reciente admisión de la limitación de Ibáñez en sus funciones por la Sala Plena implica que los tiempos judiciales se extenderán, ya que la nueva ponencia requiere retomar y revisar parte del expediente elaborado hasta ahora.
Si la decisión de fondo de la Corte concluye que hubo vicios en el trámite legislativo de la reforma, el proyecto deberá regresar a la Cámara de Representantes para un nuevo debate y eventual reenvío al máximo tribunal. De lo contrario, si supera este escrutinio, la reforma entrará en vigor y la Corte concentrará su control en los artículos específicamente demandados.
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