El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio presentó el borrador de decreto que fija los nuevos topes del valor de la vivienda de interés social (VIS) y la vivienda de interés prioritario (VIP) para 2026, que tendría una serie de cambios para quienes estén interesados en adquirir casa.
La medida surge de un proceso de diálogo técnico entre el Gobierno nacional y las secretarías de vivienda de Bogotá, Cali, Cartagena y Medellín, en el contexto de la Alianza por la Vivienda y el Hábitat, con el objetivo de proteger a las familias, fortalecer la política de vivienda social y dar mayor certeza a los compradores respecto al valor final de los inmuebles.
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El borrador del decreto establece que el valor máximo de una vivienda VIS será de 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smmlv), lo que, con un salario mínimo de $1.300.000, equivale a $175.500.000. Este tope se aplica como regla general a todos los proyectos VIS del país.

Sin embargo, para el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, especialmente en zonas rurales, el límite asciende a 280 smlmv debido a los altos costos de construcción y las condiciones particulares de la región.
En el caso de la vivienda de interés prioritario (VIP), se mantiene un tope de 90 salarios mínimos, y para proyectos de renovación urbana en ciudades capitales, el límite para VIS se sostiene en 175 salarios mínimos, conforme a la normativa vigente.
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Las ciudades capitales expusieron la necesidad de mantener estos topes diferenciales, fundamentales para responder a los mayores costos de producción urbana y evitar que los hogares de menores ingresos queden excluidos del mercado formal de vivienda.
Uno de los puntos centrales debatidos fue la necesidad de un régimen de transición claro. Este régimen debe brindar certeza a las familias que adquirieron vivienda antes de 2026 y que escriturarán posteriormente, evitando que los compradores vean modificadas las condiciones pactadas a mitad del proceso.

La secretaria distrital del Hábitat de Bogotá, Vanessa Velasco, destacó que la política de vivienda debe garantizar seguridad y confianza, asegurando que quienes ya iniciaron su proceso mantengan las reglas originales hasta la escrituración.
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Durante el encuentro, las ciudades capitales compartieron experiencias y herramientas de gestión, así como sistemas de información desarrollados para el seguimiento de los programas VIS y VIP. Bogotá, por ejemplo, puso a disposición del país modelos y metodologías que han mostrado resultados positivos, especialmente a través del programa Mi Casa Ya, que ha facilitado el acceso a vivienda digna a miles de familias de bajos y medios ingresos.
La secretaria Velasco, asimismo, subrayó la importancia de replicar estas buenas prácticas para fortalecer la política de vivienda social en todo el territorio nacional.
Por su parte, la secretaria de Vivienda de Cali, María del Mar Mozo, resaltó que la articulación entre entidades ha sido clave para presentar inquietudes y recomendaciones técnicas al Ministerio de Vivienda sobre los nuevos topes VIS, aspecto crucial para las ciudades capitales.
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Y es que el decreto introduce un cambio de fondo en la manera de fijar el precio de las viviendas VIS: el valor debe estar pactado en pesos colombianos desde el inicio del proceso, y no en salarios mínimos fluctuantes. Tradicionalmente, era común que los proyectos se ofrecieran en función de una cantidad de salarios mínimos, lo que generaba incertidumbre para las familias, ya que cualquier incremento anual del salario mínimo podía modificar el valor final que debían pagar.

Con la nueva disposición, al firmar un compromiso de compra, como la separación, promesa de compraventa o encargo fiduciario, el precio queda fijo en pesos colombianos y solo podrá ajustarse en caso de eventos extraordinarios certificados por el índice de costos de la construcción (Icce), no por decisión unilateral del vendedor ni por la variación del salario mínimo.
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Según la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), la publicación de precios en salarios mínimos u otras unidades distintas a la moneda legal puede inducir a error o confusión, ya que dificulta la comparación objetiva entre ofertas y no refleja de manera precisa el valor real del inmueble. La Circular n.° 4 de 2024 y el Estatuto del Consumidor establecen que la publicidad y fijación de precios deben realizarse en pesos colombianos, y que el valor informado al momento de manifestar la voluntad de compra es el único que el consumidor está obligado a pagar.
Para el Ministerio de Vivienda, el proyecto de decreto no constituye un control de precios. Busca proteger a las familias compradoras al impedir aumentos automáticos derivados de la variación del salario mínimo, como ocurrió con el incremento del 23% previsto para 2026. Así, la medida limita cualquier ajuste al precio pactado únicamente a factores relacionados con los costos de construcción y siempre que existan pruebas certificadas.
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Para la ciudadanía, las entidades recomiendan que el precio de la vivienda sea informado de forma clara, completa y precisa en pesos colombianos, y advierten que los valores no pueden modificarse solo por el paso del tiempo, ya que esto vulnera los derechos del consumidor y puede constituir una cláusula abusiva. Cualquier cláusula que genere un desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor en los contratos de adhesión será ineficaz de pleno derecho.
El proceso de concertación entre el Ministerio de Vivienda y las ciudades capitales fue valorado como un ejercicio positivo de coordinación interinstitucional y como un mensaje de tranquilidad para las familias que buscan acceder a vivienda social, reafirmando el compromiso de continuar trabajando por una política habitacional transparente, equitativa y sostenible en Colombia.
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