
El Ministerio de Hacienda aclaró que el ajuste al canon de arrendamiento para 2026 no está relacionado con el aumento del salario mínimo, sino que se determinará solo con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) registrado al cierre de 2025, conforme a la Ley 820 de 2003. Según la entidad, el dato definitivo de inflación que servirá como referencia será divulgado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) el 8 de enero de 2026, después de las 6:00 p. m..
Por medio de un comunicado, la entidad que lidera Germán Ávila enfatizó en que “en ningún caso el incremento del canon de arrendamiento de bienes inmuebles está sujeto al aumento del salario mínimo”. La aclaración busca disipar dudas comunes al inicio del año, sobre todo, luego de que el salario mínimo aumentó un 23% para 2026.
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Además, se hizo teniendo en cuenta que la ley establece que “cada 12 meses de ejecución del contrato bajo un mismo precio, el arrendador podrá incrementar el canon hasta una proporción que no sea superior al 100 % del incremento que haya tenido el índice de Precios al Consumidor, IPC, en el año calendario inmediatamente anterio”.

Por ello, el aumento en el canon de arrendamiento no necesariamente se hace en enero, sino cuando el contrato cumple 12 meses. Por ejemplo, si un contrato se inicia en octubre de 2025, el incremento podrá hacerse efectivo hasta septiembre de 2026, aclaró el Ministerio de Hacienda. “El incremento no comenzará en enero, sino una vez finalizado el contrato de arrendamiento vigente”, resaltó la entidad.
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El ajuste se determina de manera exclusiva por el IPC divulgado por el Dane; ni el salario mínimo ni los acuerdos contractuales pueden modificar este límite. La normativa actual dispone que ningún propietario tiene autorización para aumentar el canon más allá del IPC registrado en 2025.
Así subiría el canon de arriendo
Si el IPC de 2025 se confirma próximo al 5,3%, el Ministerio ofreció ejemplos orientativos:
- Un arrendamiento mensual de $1.000.000 se incrementaría en $53.000, alcanzando $1.053.000;
- Uno de $2.000.000 subiría $106.000, llegando a $2.106.000;
- Mientras que el canon de $3.000.000 aumentaría $159.000, situándose en $3.159.000.
Dichas cifras son aproximaciones y pueden variar según el dato oficial que publique el Dane.

Qué se puede esperar del IPC de 2025
Frente a cómo podría ser el IPC para 2025, el Banco de la República informó, por medio de la Encuesta Mensual de Expectativas, que la proyección central de los expertos para la variación del indicador es de 5,19%.
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El mismo interrumpió la tendencia alcista en noviembre pasado y se ubicó en 5,30%. Entre los 39 analistas consultados, algunos ven posible que la inflación cierre en 5%, mientras otros consideran factible que alcance el 5,6%, un nivel no reportado desde 2024.
Para 2026, el Emisor proyecciones menos positivas: la estimación para diciembre pasó de 4,40 % a 4,59 % en la última encuesta. El cambio refleja la incertidumbre derivada de la negociación del salario mínimo entre empresarios y sindicatos, que no logró importantes avances para estabilizar la inflación.

Administración de conjuntos
Y con relación a la administración de conjuntos de propiedad horizontal, el Ministerio de Hacienda especificó que el ajuste de las cuotas de administración no depende del IPC ni del salario mínimo.
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“El valor mensual de las cuotas de administración corresponde acordarlo a los copropietarios en sus asambleas generales u ordinarias”, afirmó la entidad, en cumplimiento de la Ley 675 de 2001. La decisión debe constar en el reglamento interno de la unidad inmobiliaria y se toma en asambleas durante los primeros tres meses del año.
El Ministerio agregó que el costo de los servicios de vigilancia varía según la modalidad de contrato. En estos casos, “en ello participa la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, que mediante resolución determina la tarifa mínima regulada de estos servicios”, precisó la cartera.
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