
La redefinición de la jornada nocturna en Colombia introduce dos horas adicionales de recargo nocturno para millones de empleados a partir del 25 de diciembre de 2025.
La medida, que hace parte de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Gustavo Petro, aplica tanto a trabajadores con salario mínimo como a quienes superan esa base, provocando ajustes directos en el cálculo de pagos y en los costos laborales para empresas de sectores como comercio, servicios, salud, transporte y vigilancia y otros.
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El principal cambio establece que ahora la jornada nocturna inicia a las 7:00 p. m. y finaliza a las 6:00 a. m. del día siguiente.
Hasta la fecha, el horario nocturno comenzaba a las 9:00 p.m., así que la nueva norma extiende la franja en la que se reconocen recargos por labor de noche.

La reforma laboral modifica de manera sustancial los pagos por turno nocturno y compensa a quienes operan fuera del horario ordinario. Las entidades responsables de la política laboral detallaron los porcentajes de recargo aplicables de acuerdo con el tipo de turno y el día.
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Un ejemplo es un empleado cuyo ingreso corresponde al salario mínimo legal vigente recibe por cada hora ordinaria un pago de 6.470 pesos colombianos.
Ahora bien, las horas trabajadas entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. deben reconocerse con un recargo del 35%. Esa regla eleva el valor de la hora nocturna a 8.735 pesos.
Si el turno nocturno supera el tiempo estipulado para la jornada diaria, cada hora extra nocturna suma un 75% de recargo con respecto al valor base, lo que equivale a 11.323 pesos.
Durante domingos o días festivos, el panorama varía. Las horas laboradas por la noche en estas fechas tienen un recargo del 115%.
El cálculo corresponde a una suma de 7.441 pesos sobre la tarifa ordinaria, haciendo que cada hora nocturna dominical alcance los 13.911 pesos.
El recargo para horas extra nocturnas en domingo sube al 155%, por lo que una hora en ese rango costará 16.499 pesos, precisó Portafolio.
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La ampliación de la categoría de “trabajo nocturno” representa para las empresas un aumento de costos, pues la proporción de tiempo sujeto a recargo se duplica en los primeros dos horarios del turno que antes se pagaban con tarifa diurna.
Las áreas de recursos humanos deben recalcular los pagos para trabajadores que cumplen labores entre la tarde y la madrugada, y prever mayor impacto en los presupuestos laborales.
El Ministerio de Trabajo detalló que los nuevos recargos tienen aplicación universal: toda persona que cumpla funciones en la franja nocturna, sea con salario mínimo o superior, debe recibir la retribución ajustada.
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Quedaron excluidas únicamente personas expresamente exceptuadas del régimen laboral ordinario, como altos directivos.
Según fuentes del sector empresarial consultadas por Portafolio, el cambio requerirá a las compañías revisar sus turnos y modelos de jornada. En sectores con operación continua o donde los costos laborales inciden en las tarifas al público, podría reflejarse en los precios finales.

La Confederación General del Trabajo explicó que la modificación responde a una petición histórica de los sindicatos, que han solicitado reconocimiento integral para las labores desarrolladas fuera del horario diurno.
Dentro del plan de reforma laboral promovido por el gobierno, esta medida busca equilibrar la remuneración y las condiciones de trabajo, indicó el Ministerio de Trabajo a medios nacionales. La institución advirtió sobre la necesidad de informar a cada empleado de los ajustes y garantizar el cumplimiento estricto, bajo supervisión de las autoridades laborales.
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El impacto positivo en los ingresos de los trabajadores se reflejará desde la última semana del año, justo en la temporada de fin de año y fiestas, donde suele aumentar la demanda de labores nocturnas en sectores estratégicos de la economía.
Las empresas tendrán la responsabilidad de actualizar los sistemas de nómina y asegurar la correcta liquidación del tiempo trabajo en cada rango horario.
La Federación Nacional de Comerciantes anticipó consultas por parte de empleadores sobre la aplicación retroactiva y recomendaciones para la transición. El Ministerio de Trabajo aclaró que la entrada en vigencia será efectiva desde el 25 de diciembre y no tendrá efecto para liquidaciones anteriores.
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De acuerdo con los gremios laborales, el seguimiento e implementación serán evaluados durante los primeros meses de 2026 para detectar eventuales ajustes o problemas en la aplicación de las reglas.
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