
La Secretaría de Educación de Bogotá expidió la Resolución 2433 del 27 de octubre de 2025, en la que se define el calendario académico para el año escolar 2026 aplicable a las instituciones oficiales de educación preescolar, básica y media de la ciudad.
La normativa, dirigida a garantizar la organización adecuada del servicio educativo, establece con precisión las fechas de inicio y fin de clases, los periodos de descanso y las semanas dedicadas al desarrollo institucional de directivas y docentes. El calendario busca ofrecer claridad y anticipación a docentes, estudiantes y familias sobre los tiempos de planeación, progreso escolar y receso durante el próximo año.
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De acuerdo con la resolución, las clases para los niños y niñas de los colegios oficiales de la ciudad comenzarán el 26 de enero de 2026. El calendario lectivo se extenderá hasta el 29 de noviembre de ese mismo año, lo que confirma cuarenta semanas de trabajo escolar presencial. Las autoridades educativas han distribuido este periodo en dos semestres:
- El primero irá del 26 de enero al 21 de junio
- El segundo se retomará el 6 de julio y finalizará el 29 de noviembre, garantizando así veinte semanas de actividades académicas por semestre.
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Jornada de vacaciones
Los estudiantes disfrutarán de su receso a mitad de año entre el 22 de junio y el 6 de julio de 2026. A este periodo se suma la semana correspondiente a la celebración de la Semana Santa y la tradicional semana de receso en octubre. Es decir, que las vacaciones se distribuirán de la siguiente manera:
- Del 13 al 25 de enero de 2026: dos semanas
- Del 30 de marzo al 5 de abril de 2026: una semana
- Del 22 de junio al 6 de julio de 2026: dos semanas
- Del 5 al 12 de octubre de 202: una semana
- Del 30 de noviembre de 2026 al 11 de enero de 2027: seis semanas
Por otra parte, antes de iniciar las clases el 26 de enero, las rectorías y direcciones rurales deberán comunicar oficialmente el calendario a estudiantes, familias y docentes, además de presentar los informes correspondientes sobre su planeación y cumplimiento ante el Consejo Directivo, el Consejo Académico y la Asociación de Padres de Familia.
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El funcionamiento académico se complementa con las cinco semanas de desarrollo institucional asignadas a los equipos directivos y docentes. Estas semanas tienen como propósito principal el fortalecimiento del proceso educativo a través de actividades de planeación, formulación, desarrollo, evaluación y ajustes del Proyecto Educativo Institucional, así como la elaboración y revisión del plan de estudios, investigación, actualización pedagógica y formación continua.
Las fechas definidas para estas tareas institucionales comienzan con dos semanas en enero, del 13 al 18 y del 19 al 25, y continúan con una semana en abril (del 30 de marzo al 5 de abril), otra en octubre (del 5 al 11) y una última semana en diciembre (del 30 de noviembre al 6 de diciembre).
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Las vacaciones para directivas docentes y docentes del sector oficial suman siete semanas, repartidas entre dos descansos principales. La primera fase de dos semanas será del 22 de junio al 5 de julio y la segunda, de cinco semanas, abarcará del 7 de diciembre de 2026 al 11 de enero de 2027.

La Secretaría de Educación reiteró que las dos primeras semanas de desarrollo institucional estarán destinadas a coordinar y proyectar actividades de valoración de aprendizajes y a organizar acciones que favorezcan la atención integral a la primera infancia, el cierre de brechas, la convivencia escolar y la construcción de proyectos de vida en los colegios oficiales.
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Estas labores se realizarán conforme a las orientaciones técnicas y pedagógicas del despacho, permitiendo así la adaptación de estrategias a las necesidades reales de la comunidad educativa.
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