
Un asesinato perpetrado en 2010 derivó, 15 años después, en una condena. Se trata del asesinato de Jorge Eliecer Gómez Bracho, sargento primero activo del Ejército Nacional, perpetrado el 17 de agosto de ese año en Valledupar (Cesar).
Tras varios años sin que la justicia estableciera una condena contra la persona que ordenó el asesinato del exmilitar, la ciudadana Ana Iris Batista Arrieta fue hallada responsable del crimen del entonces sargento, que era su esposo. De acuerdo con el medio local El Pilón, la mujer fue recapturada en 2017 por estos hechos y ocho años después, el proceso penal llegó a la etapa de juicio.
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El 31 de octubre de 2025, el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar que emitió un fallo condenatorio en contra de la mujer como determinadora del asesinato de su pareja sentimental.
Según informó El Heraldo, la investigación, liderada por la Fiscalía 16 seccional, presentó cargos por homicidio agravado, sustentando que el crimen fue motivado por intereses económicos. Pues, para el momento de su muerte, la víctima contaba con un seguro de vida, diversos bienes materiales y una pensión, todos ellos destinados al beneficiario que resultara tras su fallecimiento, y Batista Arrieta esperaba quedarse con esos recursos.
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“Nosotros nunca sospechamos de ella sino hasta cuando las investigaciones de la Fiscalía la implicaron en el homicidio de mi hermano; sí notamos que antes de cumplirse las nueve noches ella estaba ansiosa por realizar las vueltas del seguro, incluso mi esposo (hermano de la víctima) le dijo que no era el momento. Ahora lo único que queremos es justicia”, confesó un familiar del sargento a El Pilón.
En ese sentido, de acuerdo con la juez encargada del caso, la hoy condenada actuó con ánimo de lucro, lo que incrementa la gravedad y la punibilidad del delito.
Durante la audiencia, la togada detalló que las pruebas técnicas y científicas, junto con los testimonios de los peritos forenses, confirmaron que la muerte de la víctima se produjo por arma de fuego. Además, las pruebas halladas en la escena del crimen respaldaron las declaraciones de los criminales que materializaron el crimen. De esta manera también se descartó la hipótesis de un robo.
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“Se reúnen los requisitos para acreditar los hechos sucedidos, la prueba técnica científica y los testimonios de los peritos forenses confirman la muerte con arma de fuego. Los elementos materiales encontrados en la escena confirman las versiones entregadas por los coautores materiales sobre el encasquillamiento del arma, lo que elimina cualquier duda sobre la naturaleza del crimen tratándose de un sicariato, desvirtuando un hurto”, precisó la jueza, citada por El Heraldo.

Aunado a ello, la jueza explicó que los testimonios recogidos durante el proceso fueron contundentes al verificar que Batista Arrieta expuso a la víctima en dos ocasiones, entregó el dinero para la ejecución del homicidio y ocultó la condición de militar de su esposo. Además, el testimonio de una persona indica que se llevaron a cabo varias reuniones para planear el asesinato, así como el pago a las personas que cometieron el delito.
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“Se sustenta en un conjunto de pruebas directas e indicios graves, precisos y concordantes que permiten afirmar más allá de toda duda participó en la planeación, coordinación y financiación del homicidio de su esposo con el propósito de obtener beneficios económicos derivados del seguro de vida, la pensión y los bienes patrimoniales de la víctima, de los cuales finalmente fueron apropiados por una inusual rapidez”, detalló.

En el desarrollo del juicio, la Fiscalía argumentó que la procesada y condenada, durante la fase investigativa, ofreció una versión imprecisa de los hechos y no proporcionó información útil para identificar al agresor, a pesar de haber estado presente en el lugar del crimen. Este comportamiento fue considerado por la juez como un intento de obstaculizar la investigación.
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Por estos hechos, el juzgado decidió condenar a la ciudadana. La audiencia de lectura del fallo condenatorio se llevará a cabo el 10 de diciembre de 2025.
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