
El reconocimiento legal de la paternidad de Alejandro Char Chaljub sobre Steven Castellanos Ramos marca el desenlace de un proceso judicial que se prolongó durante más de treinta años. El Tribunal de Bogotá ratificó la decisión que obliga a modificar el registro civil del joven, que a partir de ahora será identificado oficialmente como Steven Char Ramos, garantizando así su derecho a la identidad.
La resolución judicial, emitida por el Juzgado Primero de Familia del Circuito de Bogotá, dispuso la corrección del documento de nacimiento ante la Notaría 40. El fallo determinó que Jorge Eliécer Castellanos Moreno no es el padre biológico de Steven, basándose en pruebas periciales y testimoniales que confirmaron la filiación con el actual alcalde de Barranquilla. De acuerdo con la sentencia, la negativa de Char a someterse a la prueba de ADN en dos ocasiones —en diciembre de 2024 y junio de 2025—, permitió, conforme a la legislación vigente, inferir la paternidad alegada.
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El alcalde de Barranquilla anunció en un comunicado que reconocerá a Steven Castellanos Ramos como su hijo, tras sentencia que le ordena que sea nombrado como Steven Char Ramos.

“A través de memorial de fecha 20 de agosto de 2025, solicité reconocimiento voluntario dirigido a mi abogado y al juzgado en mención. En dicho documento manifesté mi intención de reconocer a Steven como mi hijo, decisión que tomé en conjunto con mi familia”, explicó el mandatario.
Así mismo, indicó que tiene como principal propósito aprovechar el tiempo para recuperar los 33 años que no estuvo al lado de su hijo, además de comprometerse a cumplir con todos los trámites necesarios para efectuar el proceso de reconocimiento.
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“Es importante destacar que solo después de 33 años tuve conocimiento de la existencia de Steven, quien contaba con reconocimiento paterno de otra persona y tras cumplir todos los trámites pertinentes ante los requerimientos de ley, procederé de conformidad a lo que ordena dicha autoridad”.
La cronología del proceso

El proceso judicial se inició cuando Steven Castellanos presentó una demanda con dos objetivos: impugnar la paternidad de Jorge Eliécer Castellanos Moreno, quien figuraba como su progenitor en los documentos oficiales, y solicitar una investigación para determinar la identidad de su padre biológico. En la demanda, Castellanos, representado por su apoderado, argumentó que Alejandro Char era su verdadero padre, a pesar de que el alcalde solo había reconocido públicamente a dos hijos, Alejandro y Mariana Char Nule, fruto de su matrimonio con Katia Nule.
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La sentencia de la jueza Celis también resuelve la situación de Jorge Eliécer Castellanos Moreno, al declarar que no es el padre biológico de Steven. Una prueba de ADN, citada en el fallo, determinó con un 99% de certeza que no existía vínculo biológico entre ambos.

Aunque no se han divulgado todos los detalles del proceso, se ha conocido que Steven Castellanos nació el 17 de junio de 1992 en Bogotá. Según la demanda presentada, Alejandro Char habría concebido a Steven cuando tenía 26 años, junto a Diana Magali Ramos Saavedra, quien en ese momento cursaba estudios de ingeniería civil en la Universidad La Gran Colombia. El documento judicial, citado en la sentencia, describe que la relación entre Char y Ramos Saavedra evolucionó hacia un vínculo sentimental y amoroso, con frecuentes encuentros en las viviendas de ambos, especialmente en el apartamento de Char.
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En el relato incluido en la demanda, Castellanos expone que, hacia finales de 1991, Alejandro Char Chaljub debió salir del país. Posteriormente, en el primer trimestre de 1992, Char comunicó a la madre de Diana Magali Ramos Saavedra su intención de regresar a Bogotá para conversar con ella, aunque para ese momento Ramos Saavedra ya se encontraba embarazada.
Por otra parte, Cambio informó, citando fuentes cercanas al alcalde, que Alejandro Char remitió un memorial al Juzgado de Familia en el que reconocía la paternidad de Steven antes de que se dictara la sentencia, una vez conocido el resultado de la prueba de ADN. Este proceso, según el mismo medio, se manejó bajo estricta reserva y solo las partes involucradas han tenido acceso a la información.
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