
La legislación colombiana establece que los ciudadanos tienen derechos claros frente a los reportes negativos en centrales de riesgo como Datacrédito, incluyendo la obligación de una comunicación previa antes de generar dichos reportes.
Según el artículo 12 de la Ley 1266 de 2008, estas notificaciones deben entregarse con al menos 20 días de anticipación al titular de la información. De no cumplirse este requisito, el afectado puede exigir que su reporte sea eliminado.
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Este periodo de 20 días tiene como objetivo principal darle al usuario la oportunidad de presentar reclamos o realizar ajustes en la información reportada. Al respecto, Camilo Gantiva Hidalgo, abogado especializado en regulación bancaria y financiera, indicó a El Tiempo que “el propósito de este plazo es darle la posibilidad al usuario de presentar reclamos si considera que se deben realizar correcciones a la información reportada”.
Este mecanismo protege a los usuarios para que puedan controvertir cifras, fechas o cualquier detalle inexacto relacionado con sus deudas.

Aunque Gantiva explicó que en los casos donde la deuda es inferior al 15% del salario mínimo mensual legal vigente (unos COP $213.525 proyectados para 2025), el procedimiento de comunicación exige un paso adicional.
“Será necesario realizar dos comunicaciones en días distintos”, explicó el abogado. Además, precisó que “el término de los 20 días comenzará a contar desde el envío de la segunda comunicación”.
Procedimientos en caso de fallas en la notificación
La legislación proporciona herramientas claras en escenarios donde no se cumple con la comunicación obligatoria al deudor. El incumplimiento de este requisito habilita al usuario para reclamar la eliminación inmediata del reporte negativo. La norma es tajante al señalar que los operadores de datos, como Datacrédito, deben retirar el registro si no se notificó correctamente y, de ser necesario, reiniciar todo el proceso con las notificaciones legales correspondientes antes de generar un nuevo reporte.
Esta excepcionalidad del reglamento, explicando que en los casos en que la obligación o cuota ya haya sido extinguida, dará lugar al retiro inmediato del reporte negativo. Sin embargo, también aclaran que si el usuario no ha pagado su deuda, se deberá cumplir nuevamente con la notificación conforme las reglas establecidas por ley antes de incluir el reporte otra vez.

El plazo para eliminar reportes pagados, Dicho medio resalta que no basta con saldar una deuda para que el reporte negativo se elimine automáticamente. Así mismo, Gantiva explicó que “la norma establece que, una vez pagada la deuda, el reporte negativo en las bases de datos del operador se eliminará en un plazo equivalente al doble del tiempo de mora”. Esto significa que, por ejemplo, si alguien estuvo en mora durante seis meses, su reporte negativo podría permanecer durante doce meses más antes de eliminarse.
Condiciones para exigir la eliminación permanente
Aunque en los escenarios donde no se realizó la comunicación previa requerida, la eliminación del reporte debe aplicarse de manera inmediata, tal como lo confirma el artículo 12 de la legislación. Según destacó Gantiva, la eliminación puede ser tanto temporal como definitiva, detallando que si aún no se haya pagado la obligación o cuota, se deberá eliminar el reporte y se deberá cumplir con la comunicación previa al usuario antes de realizar el reporte nuevamente.

Por otro lado, si el usuario logra acreditar que no recibió el aviso previo y además ya saldó su deuda, la eliminación será permanente. Este último escenario representa una protección considerable para el consumidor frente a posibles fallas procesales de los operadores de bases de datos.
Pasos para reclamar un reporte negativo no notificado
Frente a estas situaciones, el proceso para reclamar está claramente definido por la normativa. Según lo explicado, el ciudadano afectado debe presentar su inconformidad por escrito ante la central de riesgo que generó el reporte. Este reclamo debe incluir un detalle de los hechos, documentos de soporte, información de contacto y una identificación completa.
Una vez presentada la solicitud, los operadores están obligados a responder en un plazo de 15 días hábiles, con la posibilidad de extenderse por 8 días adicionales si lo consideran necesario. Gantiva precisó al medio que, en casos donde no se brinde una respuesta explícita dentro de estos términos legales, se asumirá que la petición del usuario ha sido aceptada.
Esta normativa, aunque robusta en su esencia, refuerza la necesidad de conocer y defender los derechos frente a los reportes crediticios. En casos de fallas por parte de las centrales de riesgo, la legislación ofrece suficientes elementos para que los ciudadanos puedan exigir transparencia y un tratamiento justo.
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