
La empresa Comercial y Servicios Larco S.A.S. despidió a un empleado por acoso sexual, un fallo que fue respaldado por la Corte Suprema de Justicia de Colombia.
El trabajador, quien tiene una discapacidad que le otorgaba estabilidad laboral reforzada, fue acusado de enviar un video obsceno a una compañera de trabajo y de ofrecerle dinero a cambio de favores sexuales.
A pesar de su defensa, que argumentaba que el video fue enviado por error, la Corte determinó que el despido fue justificado.
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La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema destacó que la protección laboral no debe ser utilizada como excusa para perpetuar la violencia en el entorno laboral.
En su sentencia, la Corte reiteró que cuando existe una causa justa para el despido, no es necesaria la autorización del Ministerio del Trabajo. Este fallo, contenido en la sentencia SL2358 de agosto de 2024, establece un precedente importante en la definición de acoso sexual en el ámbito laboral.
El trabajador había sufrido un accidente que le dejó una pérdida del 18,25% de su capacidad laboral, lo que le otorgaba una estabilidad laboral reforzada. Sin embargo, la empresa logró demostrar que las acciones del empleado no fueron un incidente aislado, sino parte de un patrón de conducta inapropiada.
La Corte rechazó los argumentos del trabajador, calificando de inadmisible su intento de ampararse en la protección laboral para evitar el despido. Este caso muestra la importancia de abordar el acoso sexual en el lugar de trabajo y refuerza la postura de que la estabilidad laboral no debe proteger a quienes cometen actos de violencia o acoso.

“Entonces, las justas causas de despido sí pueden situarse como parámetros objetivos de ruptura de la relación laboral de una persona con discapacidad, pero, con la salvedad de que, en ciertos casos puntuales, se analice la justa causa invocada y su relación con la discapacidad, para eliminar cualquier trato discriminatorio”, aseguró la Corte.
Para finalizar la Corte señaló que “alegar que valorar tales conductas como una falta grave y justa causa de despido constituye una ‘exageración’ y ‘desproporción’, significa pretender la normalización de comportamientos y prácticas violentas contra la integridad y dignidad de las personas del mundo del trabajo, que son inaceptables, en la medida que desconocen estándares internacionales que propugnan por la eliminación total de la violencia y el acoso. Es claro que el acoso sexual constituye una forma de violencia, en tanto es una manifestación grave de la discriminación, y una transgresión de los derechos humanos”.
La decisión de la Corte Suprema de Justicia marca un hito en la jurisprudencia colombiana, porque establece que la gravedad de las acciones puede justificar el despido, incluso en casos de estabilidad laboral reforzada.
Causas justas de despido en Colombia
Colombia tiene un marco legal específico para los despidos laborales, donde ciertas acciones de los trabajadores pueden justificar su terminación. Según el Código Sustantivo del Trabajo, se consideran causas justificadas para el despido situaciones como la revelación de secretos técnicos o comerciales de la empresa, lo que puede comprometer la confidencialidad y competitividad de la misma.
El engaño al empleador es otra causa que puede llevar a un despido justificado. Esto ocurre cuando un trabajador presenta documentos falsos o información incorrecta para obtener beneficios indebidos, afectando así la confianza en la relación laboral. Además, los actos de violencia o malos tratos hacia el empleador, sus familiares, directivos o compañeros de trabajo también son considerados motivos válidos para la terminación del contrato.

El rendimiento laboral es otro factor crucial. Un bajo rendimiento, cuando el trabajador no logra cumplir con las expectativas a pesar de recibir advertencias y oportunidades para mejorar, puede ser motivo de despido. Este aspecto muestra la importancia de mantener un desempeño adecuado en el entorno laboral.
Además, las enfermedades contagiosas o crónicas que incapaciten al trabajador para realizar sus labores también se contemplan como una causa justa para el despido. Esto se debe a la necesidad de proteger tanto al trabajador afectado como al resto del personal de la empresa.
Finalmente, los actos inmorales o delictivos cometidos en el lugar de trabajo o relacionados con las funciones laborales son considerados una violación grave de las normas de conducta, justificando así la terminación del contrato laboral. Estas disposiciones legales buscan mantener un ambiente de trabajo seguro y confiable para todos los empleados.
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