
Existen diferentes razones por las que una persona renuncia a una empresa antes de la terminación de su contrato, bien sea por un mal ambiente laboral, por inconvenientes familiares o por un tema netamente personal.
En este caso, la ley establece que la empresa en la que trabajó un empleado debe pagarle su respectiva liquidación. Sin embargo, existen algunos casos de personas que no saben cómo calcular lo que su empresa le debería pagar a modo de liquidación.
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Por esta razón, es clave que los trabajadores tengan claro cómo hacer el cálculo de lo que le corresponde por este concepto al momento de terminar su contrato por renuncia.
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De acuerdo con lo indicado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, la liquidación laboral consta del pago de salarios, así como de la seguridad social o prestaciones en las que se incluyen cesantías, intereses a las cesantías, prima de servicio y vacaciones durante el tiempo trabajado.
Cómo calcular su liquidación al renunciar a una empresa
Salario pendiente de pago
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- Aquí se incluyen los días trabajados en el mes en curso y que no han sido debidamente remunerados.
- Cómo se calcula: tomar el salario diario del trabajador y multiplicarlo por los días trabajados en el mes en curso.
Cesantías
- Corresponde a un ahorro forzoso que el empleador debe hacer a favor del empleado, el cual equivale a un mes de salario por cada año trabajado o fracción del mismo.
- Cómo se calcula: tomar el último salario mensual devengado por el trabajador y multiplicarlo por los días trabajados en el último año o fracción del mismo para, finalmente, dividir el resultado entre 360.
Intereses sobre cesantías
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- Anualmente, se genera un interés anual del 12 % sobre el valor acumulado de las cesantías.
- Cómo se calcula: tomar el calor acumulado de las cesantías a corte del último mes trabajado, multiplicarlo por la tasa de interés anual del 12 % y dividirlo entre 360.
Prima de servicios
- Esta remuneración adicional se le gira al trabajador por cada semestre trabajado, el cual equivale a un mes de salario.
- Cómo se calcula: se calcula tomando el último salario mensual ganado y multiplicarlo por los días trabajados en el semestre o fracción del mismo, y, finalmente, dividir el resultado entre 180.
Vacaciones no disfrutadas:
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- Este concepto corresponde a los días vacacionales que el trabajador no ha tomado y que tiene derecho a remunerar.
- Cómo se calcula: tomar el último salario mensual devengado y dividirlo por 30, para luego multiplicar el resultado por los días de vacaciones no disfrutados.

Otra forma más sencilla de hacer el proceso es mediante la calculadora habilitada por el Ministerio del Trabajo, donde tan solo necesitará agregar el salario que devenga.
Así se usa la calculadora:
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- Ingrese al siguiente enlace: https://www.mintrabajo.gov.co/atencion-al-ciudadano/tramites-y-servicios/mi-calculadora
- Señale la fecha de inicio y finalización del periodo a liquidar.
- Indique su salario básico mensual.
- Marque si cuenta o no con auxilio de transporte.
- Seleccione su categoría de riesgos profesionales, esto dependerá de la labor que realice.
- Oprima en ‘Liquidación para empleado’ y la plataforma le arrojará el resultado.

¿Cuánto deben pagarle de liquidación si gana el mínimo?
En caso de que renuncie y haya laborado durante un periodo de un año en una misma empresa, le pagarán $3.749.440 COP como liquidación, que comprende:
- Cesantías: $1.462.000 COP.
- Intereses sobre las cesantías: $175.440 COP.
- Prima de primer semestre: $731.000 COP.
- Prima de segundo semestre: $731.000 COP.
- Vacaciones: $650.000 COP.
En caso de que la empresa no se la pague, deberá notificar a quién era su supervisor o jefe de área para que realice la gestión pertinente y, si no se llega a un acuerdo, tendrá que ir directamente con el Inspector del Trabajo o a una oficina del Ministerio del Trabajo para que le brinden la adecuada asesoría, según lo mencionado por el Ministerio de Justicia; sin embargo, es importante que se acerque con una copia de su contrato laboral.
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