
Buscando reducir los índices de accidentalidad, en Bogotá, desde el 2018, han sido instaladas 72 cámaras fotomulta que, de acuerdo con la Secretaría de Movilidad ayudan a cubrir al menos 92 puntos.
Este sistema permite leer la placa del vehículo infractor, pero, en la mayoría de los casos, no logra identificar a quien conduce. Sin embargo, el exceso de velocidad, la evasión de semáforos en rojo, el vencimiento del Soat y desplazarse en horarios y calles restringidas, son faltas que pueden ser detectadas con facilidad.
Además, las sanciones para vehículos infractores pueden ir desde los 522.900 pesos y hasta el 1′045.500, dependiendo de la gravedad de la falta. Por lo que, la recomendación siempre será conducir con precaución y respetar las normas de tránsito, sobre todo, en los corredores custodiados por las cámaras salvavidas, cuya ubicación puede ser consultada en el portal web: www.fotodeteccionbogota.com

Sin embargo, y a pesar de ser un sistema en funcionamiento, gran parte de los colombianos, al igual que la investigadora jurídica Andrea Gámez, consideran ilegales las fotomultas. Esto, a raíz de un pronunciamiento de la Corte Constitucional:
“Desde el 2020 esta modalidad de “multas” fue declarada inconstitucional por la Corte Constitucional al considerar que viola el derecho de presunción de inocencia, esto adquiere un sentido lógico cuando entendemos que los carros por si solos no generan infracciones, de manera que debemos preguntarnos: ¿De qué manera una foto de un automóvil que se encuentra en movimiento puede detectar quién es la persona que ha cometido la infracción?”, explicó Gámez en el portal Legalnova.
A lo cual, fotodetección Bogotá responde que, también, la Corte Constitucional “a través de la sentencia C-321 de 2022 estableció que el propietario cuenta con una serie de conductas a su alcance para ‘velar’ porque el vehículo circule dando cumplimiento a esas condiciones, como son: tener al día el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y la revisión técnico – mecánica, y a su vez debe exigir a quién conduzca su vehículo para que se haga responsable por el cumplimiento de las normas de tránsito”.
Ya que, si bien los fotocomparendos pueden ser impugnados por el dueño del vehículo infractor, la Corte determinó que se fallará a favor del ciudadano solo cuando no pueda determinarse la responsabilidad del propietario “al interior de un proceso administrativo contravencional de tránsito, con las garantías propias del derecho fundamental al debido proceso”.
En caso, claro, de que presente pruebas que logren demostrar que “pese a haber obrado con diligencia, el vehículo fue sustraído de su cuidado por la fuerza, mediante fraude o la comisión de un ilícito”.
Conozca los plazos para pagar una multa de tránsito o fotomulta en Bogotá
Con el cambio de año, la Secretaría de Movilidad explicó que los conductores que deseen acceder a un descuento en comparendos de tránsito impuestos en Bogotá, primero, deberán realizar un curso pedagógico dentro de los tiempos establecidos conforme el tipo de sanción.
La entidad precisó que los comparendos pueden ser impuestos a través de dos medidas sancionatorias: en vía o por medio electrónico, dependiendo del tipo, el valor y el plazo para obtener el descuento puede variar.
Comparendos impuestos los medios electrónicos (cámaras de fotodetección):
- Término para obtener el 50% de descuento: dentro de los 11 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo.
- Término para obtener el 25% de descuento: entre 12 y 26 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo.
Comparendos impuestos en vía:
- Término para obtener el 50% de descuento: dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo.
- Término para obtener el 25% de descuento: entre 6 y 20 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo.
El curso puede realizarse en cualquiera de los puntos autorizados por la Secretaría de Movilidad, con previo agendamiento en la Ventanilla Única de Servicios, a la cuál puede ingresar a través del siguiente enlace: vus.circulemosdigital.com.co.
Además, la entidad recomendó que el día de la cita, el infractor se presente 30 minutos antes de la hora, para evitar mayores contratiempos.
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