¿Cuánto deben pagarte si trabajas el feriado del 25 de diciembre?

Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar los feriados (25 de diciembre y 1 de enero), sin descanso sustitutorio posterior, deben percibir por cada feriado el triple de su remuneración diaria.

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Los trabajadores que acuerden con sus empleadores laborar los días feriados, con descanso posterior, deberán de establecer la forma cómo se compensará posteriormente el feriado trabajado. (Andina)
Los trabajadores que acuerden con sus empleadores laborar los días feriados, con descanso posterior, deberán de establecer la forma cómo se compensará posteriormente el feriado trabajado. (Andina)

Mientras el 25 de diciembre, la mayoría de familias aprovechan el feriado por Navidad para pasarla con sus familias, un buen grupo de personas debe trabajar, para cubrir puestos en servicios de sectores esenciales u otros relacionados al entretenimiento y restaurantes. Las personas del sector privado que acuerden con sus empleadores laborar el feriado 25 de diciembre, sin descanso sustitutorio posterior, deberían percibir el triple de su remuneración diaria.

Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar los feriados del 25 de diciembre del 2021 y 1 de enero del 2022, sin descanso sustitutorio posterior, deben percibir por cada feriado el triple de su remuneración diaria.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) explicó el año pasado que los feriados nacionales del 25 de diciembre y 1 de enero no son laborables, pero tales días son remunerados a los trabajadores. Por ellos, si se trabajan esos días se pueden los siguientes casos:

- Trabajo en días feriados: Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar los feriados (25 de diciembre y 1 de enero), sin descanso sustitutorio posterior, deben percibir por cada feriado el triple de su remuneración diaria correspondientes a: una por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber laborado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.

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El ministro de Economía, Alex Contreras, indicó que se pagarán los 200 soles adicionales para completar los 500 soles del aguinaldo para trabajadores del sector público. (Andina)
El ministro de Economía, Alex Contreras, indicó que se pagarán los 200 soles adicionales para completar los 500 soles del aguinaldo para trabajadores del sector público. (Andina)

- Trabajo en día feriado con descanso posterior: Si se acuerda laborar en día feriado (25 de diciembre y 1 de enero), con descanso sustitutorio posterior, los trabajadores percibirán doble remuneración diaria, una por el feriado y otra por el trabajo realizado.

- Trabajo remoto: En cuanto a las personas que realizan servicios mediante trabajo remoto, desde sus casas, igualmente, no labora los referidos feriados, aunque percibe su respectiva remuneración. En el caso de acordar con su empleador que van a trabajar el día feriado, también tendrán derecho al pago triple de su remuneración diaria, siempre que no exista acuerdo sustitutorio posterior.

- Trabajo en feriado con descanso posterior: En tanto, los trabajadores que acuerden con sus empleadores laborar los días feriados, con descanso posterior, deberán de establecer la forma cómo se compensará posteriormente el feriado trabajado, con otros días laborables en la empresa.

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Lunes no laborable

Cabe señalar que el próximo lunes 26 de diciembre será día no laborable para los trabajadores del sector público, lo que, sumado a la Navidad del domingo 25 permitirá un fin de semana largo.

De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo 033-2022-PCM, publicado con anterioridad en el Diario Oficial El Peruano, las horas dejadas de laborar durante el 26 de diciembre serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca la cabeza de cada entidad pública, según sus necesidades.

En el caso del sector privado, la norma aclara que los centros de trabajo podrán acogerse a este día no laborable, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. Si no hay un acuerdo, decidirá el empleador.

Las entidades y empresas privadas que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del día no laborable.

Aguinaldo de 500 soles

El ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras, indicó el viernes 23 de diciembre que de todas maneras se pagarán los 200 soles adicionales para completar los 500 soles del aguinaldo prometido a los trabajadores públicos, teniendo en cuenta que ya recibieron 300 soles programados inicialmente.

“Se dará este pago adicional de 200 soles y lo que se ha recibido son los 300 soles que estaban inicialmente programados”, dijo Contreras en una entrevista con TV Perú Noticias.

Alex Contreras aclaró que para pagar los 200 soles adicionales es necesario un marco legal, que en principio debería hacerse con la aprobación de una ley en el Parlamento Nacional, pero que también existe la posibilidad de hacerlo con un decreto de urgencia.

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