
La Corte de Apelación de Bolonia consideró desproporcionado el despido de Giuseppe Capoluongo, empleado de una empresa italiana desde 2002, que inicialmente se negó a tramitar un pasaporte debido a su miedo a volar. El tribunal estableció que la compañía deberá abonarle USD 58.557,82, además de las cantidades correspondientes al preaviso, los intereses y la actualización.
La resolución revoca el criterio de primera instancia, que había considerado procedente el cese. Para los magistrados de apelación, la solicitud de que el trabajador obtuviera un pasaporte era legítima, pero la sanción aplicada no resultaba proporcional a los hechos ni a los antecedentes de la relación laboral.
PUBLICIDAD
El caso, publicado por AS, se refiere a un empleado que años antes había informado a la compañía de que padecía aerofobia. Según los antecedentes valorados por la justicia, la empresa conocía esa circunstancia y había mantenido durante más de una década una solución que lo eximía de tareas que requirieran desplazamientos aéreos.
Un acuerdo excluyó al empleado de los viajes en avión
El conflicto se remonta a 2011, cuando surgió la posibilidad de destinar a Capoluongo a Estados Unidos. El trabajador comunicó que no podía viajar en avión y presentó un certificado médico que respaldaba esa limitación. Tras la intervención de un representante sindical de Fiom, la empresa aceptó un acuerdo con el empleado.
PUBLICIDAD
A partir de ese entendimiento, Capoluongo quedó excluido de las funciones que exigieran vuelos. La medida se mantuvo durante más de doce años y, en ese período, el trabajador no realizó desplazamientos de ese tipo. Ese antecedente tuvo un peso central en el análisis de la justicia italiana.
La Corte de Apelación concluyó que esa práctica sostenida podía generar en Capoluongo una expectativa razonable de que no sería asignado a destinos a los que solo pudiera llegar por vía aérea. El tribunal no cuestionó que la compañía solicitara documentación para eventuales viajes internacionales, aunque sí valoró el marco laboral creado a partir del acuerdo previo.
PUBLICIDAD
El conflicto reapareció cuando la empresa le pidió al empleado que iniciara los trámites para obtener un pasaporte. Capoluongo se negó en un primer momento porque relacionó el requerimiento con una eventual obligación de volar. La negativa derivó en un proceso disciplinario que concluyó con su despido.

La Justicia avaló pedir el pasaporte, pero no la sanción máxima
Los jueces diferenciaron la legitimidad de la solicitud empresarial de la proporcionalidad de la sanción posterior. La sentencia señala que la empresa podía exigir el trámite del documento y que la negativa inicial podía tener consecuencias disciplinarias. Sin embargo, concluyó que la conducta no tenía la gravedad suficiente para justificar el despido.
PUBLICIDAD
El fallo se apoya en el principio de proporcionalidad. La compañía había aceptado años antes una limitación vinculada con el miedo a volar y había respetado ese criterio durante más de una década. En ese contexto, la Corte entendió que la resistencia inicial del trabajador a tramitar el pasaporte no justificaba la sanción más grave.
La defensa de la compañía alegó que existían antecedentes disciplinarios que permitían valorar el episodio con mayor severidad. Los magistrados determinaron que esos antecedentes no bastaban para respaldar el cese. La resolución reconoce relevancia disciplinaria en la conducta del empleado, aunque considera que los elementos del expediente no justificaban la extinción del vínculo laboral.
PUBLICIDAD
La diferencia con el fallo inicial fue determinante. Mientras el tribunal de primera instancia había considerado legítimo el despido, la apelación revisó el alcance del acuerdo de 2011 y el tiempo durante el cual la empresa lo respetó. Para la Corte de Bolonia, esos antecedentes debían influir al definir la respuesta disciplinaria adecuada.
El trabajador aceptó tramitar el documento antes de ser despedido
Alberto Piccini, representante de Capoluongo junto con Eugenia Tarini, indicó después de la sentencia que el trabajador finalmente accedió al requerimiento. Según la información recogida por AS, manifestó a la compañía: “Si tengo que hacerlo, les doy el pasaporte”.
Pese a esa aceptación, el empleado fue despedido al día siguiente. La Corte tuvo en cuenta ese desenlace al revisar la proporcionalidad de la medida. La sentencia no impide a la empresa solicitar documentación vinculada con su organización laboral, pero subraya que debía ponderar el acuerdo previo y el cambio de posición del trabajador.
PUBLICIDAD
La condena fija una indemnización equivalente a 20 mensualidades, calculada en aproximadamente USD 58.557,82. A esa cifra se añadirán el importe del preaviso, los intereses y la actualización, cuyos montos finales dependerán de la ejecución de la resolución.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
No era uno de los más antiguos: un fósil de 345 millones de años revolucionó tres décadas de certezas evolutivas
Un análisis con rayos X en Francia reveló que un ejemplar escocés conocido como Lizzie, pieza clave para entender el origen de reptiles y mamíferos, pertenecía a un linaje acuático diferente al estimado

Qué dice el comunicado del Vaticano sobre la salud de León XIV tras la operación
Los médicos extirparon parte del pulmón derecho del papa León XIV durante una operación de 90 minutos el martes, después de detectarle una masa cancerosa, informó el Vaticano
El papa León XIV fue operado con éxito de un adenocarcinoma pulmonar
El Vaticano informó que el procedimiento concluyó según lo previsto y que el pontífice de 71 años regresó a su habitación tras la intervención realizada el martes en Roma, horas después

La salud de los papas, un tema delicado para el Vaticano
El pontífice León XIV ingresó en la policlínica Gemelli dos días después de comunicar el hallazgo, una decisión interpretada por observadores como un intento de controlar la información




