
Arturo Zaldívar, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), fijó su postura en contra de la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar en el sistema de justicia mexicano, aseguró que los más afectados son las y los pobres.
Desde que se estableció la discusión al interior de la Corte sobre la implementación de la prisión preventiva de manera oficiosa y si ésta podría implementarse como última medida cautelar, los ánimos políticos se desbordaron desde distintas corrientes, pues ante la posibilidad de cambiar el rigor con que se aplica dicha medida, AMLO salió a defenderla, pero el presidente de la Corte dijo que no.
Durante su participación en la discusión de la Suprema Corte, sostuvo que la prisión preventiva oficiosa en México “tiene a miles de personas en la cárcel. La mayoría de ellos son pobres: los olvidados y marginados que no tienen quien los defienda”.
También señaló que esta medida cautelar afecta de manera particular a las mujeres, cabe destacar que el magistrado visitó en mayo la prisión femenil de Santa Martha Acatitla, al oriente de la Ciudad de México: “vayamos a las prisiones y díganme cuánta gente rica hay y vean cuánta gente pobre hay”.
Finalmente, aseguró que se trata de “una profunda injusticia que padece el pueblo de México todos los días”, con lo que dejó ratificada su postura contra la implementación de esta medida de manera oficiosa, aún cuando esto signifique estar en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), quien defendió este recurso utilizado frecuentemente en el Ministerio Público (MP).
Ante esta participación, Javier Corral, ex gobernador de Chihuahua por el PAN, celebró la postura de Zaldívar, pues le pareció que defiende los derechos humanos de las personas que difícilmente tendría acceso a un sistema de justicia adecuado.
El debate por la prisión preventiva oficiosa es amplio, pues la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) permite esta figura en beneficio de la sociedad, ya que se reconoce la posibilidad de que la víctima o algún testigo corra peligro en caso de que el acusado lleve su proceso en libertad; no obstante, numerosas asociaciones civiles, políticos y defensores de derechos humanos han documentado el abuso de este recurso en el proceso.

“El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso”, se lee en el Artículo 19 de la Constitución.
Por lo que el presidente de la Suprema Corte fijó su postura en favor de la implementación de otras medidas cautelares antes de promover la prisión preventiva; es decir, este recurso no se desaparece, sino que se contemplaría como una última opción durante los procesos judiciales para no atentar contra el legítimo derecho a la vida en libertad que tienen todas y cada una de las personas.
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